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2004
En 1976 se produce la incorporacion expresa al ambito del Derecho del Trabajo de la actividad laboral de los internos en Establecimientos Penitenciarios, actividad a la que se reconoce legalmente una naturaleza especial. Desde entonces, tres han sido las normas reglamentarias a traves de las cuales se ha intentado configurar, con mayor o menor exito, el marco juridico de la misma, dos de ellas pertenecientes al ordenamiento juridico penitenciario -en concreto, los Reglamentos Penitenciarios de 1981 y 1996-, y solo una, la vigente a dia de hoy -el Real Decreto 782/2001, de 6 de julio-, propia del ordenamiento juridico laboral. En esta tesis no se ha intentado realizar tan solo un analisis juridico del Real Decreto 782/2001, sino que ello se ha tratado de hacer desde la idea de que la pena privativa de libertad debe ejecutarse en condiciones en las que efectivamente se garantice el respeto a la dignidad y al libre desarrollo de la personalidad del interno, lo que requiere del esfuerzo...
Palummo, Javier, coord., Mangarelli, Cristina, Podestá, Gianina, El trabajo dentro de las cárceles y la inserción laboral de las personas liberadas del sistema penitenciario. Situación legal y reglamentaria, OIT, Ministerio del Interior, Montevideo, 2011, pp. 123. ISBN: 978-9974-8340-0-2. Este informe analiza y formula recomendaciones sobre la situación legal y reglamentaria del trabajo dentro de las cárceles y las políticas de asistencia sociolaboral de las personas liberadas del sistema penitenciario. Fue abordado desde una perspectiva de derechos humanos y del derecho internacional laboral tal como lo traducen los Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). En tal sentido, se analiza en particular la situación legal a la luz de dos convenios fundamentales ratificados por Uruguay –el convenio sobre el trabajo forzoso, del año 1930 (núm. 29), y el convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, de 1957 (núm. 105)–, con una mirada de género transversal al análisis y que integra los aportes de los distintos actores involucrados. Se presenta el acopio de toda la información relevada en la visita a cuatro centros penitenciarios: Centro Nacional de Rehabilitación, CNR (3 de marzo de 2011); Cárcel Departamental de Paysandú (14 de marzo de 2011); Cárcel de Piedra de los Indios, Colonia (15 de marzo de 2011); y Centro Penitenciario Santiago Vázquez (18 de marzo de 2011). También se incluye la entrevista al Director del Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados (9 de marzo de 2011). La información fue presentada y discutida con el Ministerio del Interior, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Banco de Previsión Social (BPS), OIT y otras entidades con las que se estimó pertinente discutirla. Con los resultados del debate referido, los aportes generados por los expertos, consultores, asesores y autoridades consultadas, y las profundizaciones a los abordajes iniciales o primarios que se han realizado, se ha elaborado el presente informe. El estudio que se presenta a continuación no tiene precedentes en Uruguay, por lo que este trabajo se debe considerar una primera aproximación –con importantes limitaciones temporales y presupuestarias– a la temática de las tareas laborales desarrolladas actualmente por las personas privadas de libertad.
Delito y sociedad: revista de ciencias sociales, 2015
Una serie de investigaciones sobre el rol de agente penitenciario han puntualizado que el sentimiento de integrar un grupo ocupacional desvalorizado constituye parte de la experiencia del trabajo en prisiones. Esto aparece asociado a imágenes difundidas que construyen al trabajo penitenciario como una ocupación contaminada. A su vez, esta conexión entre trabajo y contaminación fue trabajada por estudios realizados desde la sociología ocupacional interesados por la construcción de identidad en ocupaciones degradadas, entendidas a partir del concepto de “trabajo sucio”. El presente artículo explora algunas consecuencias de conectar ambos campos, entendiendo al trabajo penitenciario como "trabajo sucio", para avanzar en la comprensión del modo en que los agentes penitenciarios de la ciudad de Santa Fe construyen identidades ocupacionales. En esta dirección, el objetivo del presente artículo consiste en describir, a partir de la perspectiva de los propios agentes, las imágenes que construyen a su trabajo como un “trabajo sucio”, y reconstruir cómo administran esos aspectos a través de justificaciones y normas ocupacionales.
2020
En España, el sistema penitenciario ha experimentado, paralelamente a la evolución de la sociedad española, un cambio considerable de orientación y concepto, y con ello el sistema sanitario penitenciario. Como componente de los equipos sanitarios de prisiones, destacar la Enfermería Penitenciaria. Pese a su impacto en la salud pública, su papel es ampliamente desconocido y escasamente reconocido por la sociedad. <br /
Este trabajo de tipo descriptivo, permitirá al lector conocer cuáles son las bases del funcionalismo sociológico y la evolución que tuvo después de incorporarse la Teoría General de Sistemas, para que posteriormente influyeran en el Derecho penal, dando origen dentro de esta rama del Derecho, al pensamiento penal funcionalista-sistémico. Finalmente esbozaremos brevemente la tesis de JAKOBS.
Para hablar de ACCIÓN PENAL es necesario primero hacer referencia a aspectos fundamentales como el Proceso que es instrumento fundamental para la realización de la justicia y que se presenta como garantía para todos los sujetos procesales que intervinieron en el conflicto penal planteado como consecuencia del hecho punible. También es importante conocer que en la República Bolivariana de Venezuela desde que se adoptó el sistema penal acusatorio se debe garantizar el derecho al Debido Proceso que no es otra cosa que el respeto de los derechos que todos las personas tenemos ante la presencia de un proceso como lo son: derecho a la defensa y a la asistencia jurídica, a la presunción de inocencia, a ser oído en cualquier clase de proceso, a ser juzgadas por jueces naturales, a no ser obligadas a declarar contra si misma o parientes en cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad ni a ser obligado a declararse culpable, entre otros.
Revista de la Facultad de Medicina, 2017
Introducción. Aunque el sector justicia es un importante campo de actuación de la terapia ocupacional, son pocos los trabajos que documentan los alcances y las experiencias profesionales en Colombia.Objetivo. Aportar información para comprender el desarrollo de la terapia ocupacional colombiana en el ámbito penitenciario.Materiales y métodos. Investigación cualitativa con revisión sistemática de literatura y aplicación de encuestas a siete expertos.Resultados. Priman acciones de formación e inclusión productiva y social, fortalecimiento del autocuidado y tiempo libre con población reclusa, siendo los talleres para formación en oficios la estrategia más utilizada. Son frecuentes los modelos de la ocupación humana y canadiense del desempeño ocupacional. La academia, las problemáticas sociales y el desarrollo legislativo figuran como referentes que marcan el transcurrir profesional en el sector. Se deben fortalecer las acciones con familia y redes y cambiar la percepción de debilidad e...
La sua barba non è poi così blu… è la frase con cui l'ultima moglie e protagonista della fiaba più cupa e noir di Perrault sopprime le sue difese siglando un patto recondito con il suo aguzzino. È una negazione a guardare al di là dell'esteriorità, […] la ricchezza ostentata […], le buone maniere messe in campo per conquistarla […]di ciò che rende Barbablù inabile ad amare al punto da aver già ammazzato altre donne prima di lei […]. La donna decide di sposarlo perché "era una persona ammodo e molto perbene" (p. 15).
2011
Aviso legal Los contenidos de esta investigación están sujetos a una licencia de Reconocimiento-NoComrcial-SinObraDerivada 2.5 España de Creative Commons, cuyo texto completo se encuentra disponible en: http://creativecommons.org/licenses/by-ncnd/2.5/es/legalcode.ca. De esta manera, se permite copia, distribución y comunicación pública siempre que se cite al autor del texto y la fuente (Generalitat de Catalunya. Departamento de Justicia. Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada), tal y como consta en la citación recomendada incluida en cada artículo. No se pueden realizar usos comerciales ni obras derivadas.
VIII Jornadas de Sociología de la UNLP (La Plata, 2014), 2014
Una aproximación a las transformaciones en la cultura organizacional en un instituto de formación de las fuerzas de seguridad.
Revista Delito y Sociedad Nº 43 , 2017
Este trabajo pretende describir las actividades laborales que las personas desarrollan durante su detención en cárceles federales, analizando sus efectos para la precaria persistencia de un orden interno negociado. El trabajo carcelario, lejos de una práctica social autónoma, puede ser considerado una arista estratégica del régimen penitenciario, que junto a otras prácticas relevantes permiten comprender la constitución de un orden interno en la prisión, sumamente precario y negociado coactivamente. Por eso, este artículo pretende también aportar a la explicación de las finalidades perseguidas mediante el trabajo carcelario, de acuerdo a las representaciones de presos y agentes penitenciarios en las cárceles federales de Argentina. A partir de las alteraciones cuantitativas y cualitativas observadas en los últimos años, se propone explorar también los efectos que el trabajo carcelario puede estar provocando en la gestión del orden intramuros.
Anuario de Derechos Humanos
El artículo describe la regulación establecida en el Código del Trabajo en materia de remuneraciones y su protección, y la contrasta con la contenida en el Decreto 943, que establece un estatuto laboral y de formación para el trabajo penitenciario aplicable a los trabajadores que desarrollan sus funciones privados de libertad, bajo un vínculo de subordinación y dependencia con su empleador. Con ello se busca graficar la situación de desigualdad normativa en que se encuentran los trabajadores privados de libertad en relación con sus pares en el exterior, con la consecuente vulneración del derecho de igualdad ante la ley, a la luz de las normas constitucionales y del derecho internacional de los derechos humanos.
2013
LISTA DE SIGLAS 1P: 1=antes; P=Pareja (Equipamiento de la vivienda antes de ingresar a la penitenciaria) 2V: 2=después;V=Venta (Equipamiento de la vivienda conseguido con la venta de los productos) CE: Cuestión epistemológica CM: Cuestión metodológica CO: Cuestión ontológica
2017
A mi PRINCESA. Espero algún día ser motivo de tu ORGULLO CAPITULO IV Postura personal ¿Permite la constitución la aplicación del trabajo como actividad obligatoria en la ejecución de la pena privativa de la libertad? CAPITULO V Acuerdos, tratados internacionales y derecho comparado. 1.-Acuerdos, tratados internacionales. 2.-Derecho Comparado. Conclusiones. Bibliografía.
Revista De Literatura Medieval, 1990
La temprana iglesia cristiana dejó una abundancia de himnos, poemas religiosos, sermones y escritos litúrgicos y bíblicos que muestran la riqueza de la espiritualidad medieval. En estas obras los escritores en lengua vernácula encontraron palabras útiles, frases prescritas, temas e imágenes visuales. Las obras literarias de la España medieval reflejan esta espiritualidad y merecen ser vistas a la luz de los distintos temas que han adaptado. Uno de los asuntos eclesiásticos de mayor importancia en el siglo xm es la penitencia, y este ensayo tiene como propósito principal su estudio en las obras de Gonzalo de Berceo. También, intentará dar idea de la riqueza de los documentos penitenciales en la España Medieval.
2020
El libro presente convoca la idea de entender al sujeto penitenciario como un tipo específico de construcción devenida de los entornos penitenciarios y carcelarios, propia de lo que Goffman denominaría “institución total”, un producto de esta, donde; surge un sujeto que ya no solo es el “criminal”, “delincuente”, “culpable”, “condenado” o “sindicado”, es un sujeto que en su interrelación con el otro construye su identidad, donde se entrelazan la “identidad social delincuencial” (Botero, 2018), con las dinámicas de prisionalización (Clemmer, 1940) y la cultura carcelaria (Goffman, 1961). En esta lógica, este sujeto afronta tanto sus propias construcciones como sujeto ligado a la delincuencia; como los diversos elementos culturales y sociales que devienen en el entorno carcelario al que ingresó. Considerando entonces que de esto surge un nuevo tipo de sujeto donde confluyen tanto lo construido por sí mismo, como lo devenido del entorno. Ante esto nos plantearía Foucault (19...
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