Academia.edu no longer supports Internet Explorer.
To browse Academia.edu and the wider internet faster and more securely, please take a few seconds to upgrade your browser.
…
144 pages
1 file
Patrimonio cultural tangible e intangible indígena -Cultura -Turismo rural sostenible -Brechas en los productos turísticos terminados.
El gentilicio tolteca deriva del náhuatl toltécatl, que en principio designaba a los nativos de los lugares llamados Tollan, pero que durante el periodo de predominio de los mexica, se convirtió en sinónimo de artesano o artista. Esto surgió de la relación mitológica que se estableció entre Xicotitlan y Tollan. Sus dominios se extendieron hasta el territorio del actual estado de Zacatecas y hacia el sureste por la península de Yucatán.
México es una nación con gran riqueza cultural, pues ocupa en este rubro el octavo lugar a nivel mundial; sin embargo, durante décadas los pueblos y comunidades indígenas no figuraron en la agenda nacional como tema de interés ni mucho menos como asunto prioritario en el diseño de políticas públicas y acciones afirmativas encaminadas a mejorar las condiciones de marginalidad, pobreza y discriminación en las que históricamente se han visto inmersos.
Caja de herramientas para identificar el racismo en México II, 2020
Capítulos: “¡Ojo!, que la vista engaña: Representaciones de la mujer indígena en México” y “¡“Reflexiones sobre el racismo en la educación superior”. Eugenia Iturriaga Acevedo y Jaime López Reyes (Coordinadores).
Argumentos , 2016
El presente artículo trata de la manera en que se han incorporado los derechos de los pueblos indígenas en las constituciones de México. Comienza explicando la importancia de tener claro de lo que se habla cuando se usa el término Constitución Política, lo mismo que de la postura desde donde se hace. Enseguida presenta una tipología clásica de constituciones para contar con herramientas para el análisis, mismo que se ocupa de tres constituciones de México: dos históricas del siglo XIX y una del siglo XX vigente, y sus respectivas reformas. De las del siglo XIX se explica cómo a pesar de que la población indígena era numéricamente mayor en esa época sus derechos no fueron reconocidos, y cuando se les mencionó fue para que el gobierno mexicano los combatiera. De la del siglo XX destaca cómo en un principio se reconocieron sólo los derechos agrarios de las comunidades y hasta finales del siglo se reformaron para reconocer algunos derechos mínimos. Se concluye postulando que falta un buen trecho de camino para que los derechos de los pueblos indígenas sean una realidad. Y esto será posible con la lucha de todos los mexicanos.
Loading Preview
Sorry, preview is currently unavailable. You can download the paper by clicking the button above.
Neblinas: Atlas de Conflictos Territoriales de Pueblos Indígenas en México, 2024
Politica Y Cultura, 1999
Constitución y derechos indígenas, 2002
Revista Peruana de Medicina Experimental y Salud Pública, 2010