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Era obvio que para avanzar en la exploración minera hubo necesidad de dar un marco legal a los trabajos que Peirano venía ejecutando en la zona. Para ello había que asentar el registro del descubrimiento ante la oficina de minas de Catamarca y de esta manera contar con el amparo que sobre el sector explorado ofrecía el entonces vigente Código de Minería. Como este Código impedía que el Estado, léase Provincia de Catamarca y Universidad, sea propietario de yacimientos, fue necesario recurrir a terceros de confianza para que hicieran los pedimentos a su nombre. Es así que ya en 1941 hizo que se registraran en la oficina correspondiente varias solicitudes de cateo en la zona. Como éstos tenían plazo y no se registraron minas ni tampoco trabajos mayores, hubieron de caducar pasado el tiempo previsto en el Código. Fue el ínterin en el cual Peirano siguió estudiando la región para definir su geología. De allí surgió el trabajo que, como se dijo, dio lugar a la caracterización del área vol...
2019
La importancia del artículo no sólo radica en ser uno de los pocos estudios específicos recomendables que abordan la temática de los contratos mineros, sino que también fue elaborado por uno de los principales exponentes de la materia en nuestro país. En el presente artículo el doctor Enrique Lastres analiza críticamente las instituciones contractuales vigentes del Derecho de Minería, contextualizadas dentro del panorama histórico de la legislación sobre los contratos mineros en el Perú. I. Antecedentes en la propia partida de nacimiento de la legislación minera colonial, encontramos referencias claras y concretas a las operaciones de compra venta o ena-jenación de minas. estas referencias no dejan duda del derecho del propietario o concesionario de ellas de poder enajenarlas a terceros; sin embargo, la finalidad de las normas que se dictaron al respecto era más bien regular situaciones especiales para proteger la continuidad del laboreo minero. así tenemos que en las Ordenanzas del virrey Fran-cisco de toledo de Febrero de 1574, se dispuso la prohibición de enajenar minas adquiridas como demasías, cuando el adjudicatario de ellas no las hubiese trabajado o labrado, para proteger a los colindantes que tuvieran sus terrenos en trabajo (Ordenanza vi); se creó un procedimiento para la venta de minas de difuntos (Ordenanza vii); se prohibió vender por deudas los ingenios o estable-cimientos metalúrgicos, dejando a los acreedores el derecho a hacerse cobro con los excedentes de la operación de ellos (Ordenanza vii); se prohibió vender las minas e ingenios cuando el minero hubiese contraido obligaciones antes de adquirir estos bienes (Ordenanza viii); y, finalmente, se prohibió rescindir la compra venta de minas por lesión (Ordenanza X). en las Ordenanzas de Minería dictadas para el virreinato de Méjico en 1771 y aplicadas al virrei-nato del Perú en 1776 encontramos la introducción de instituciones nuevas, tales como las llamadas minas en compañía, antecesoras de las actuales sociedades legales mineras (título Xi), los contratos de maquila y compra de metales (título Xiv), el crédito bajo la modalidad del contrato llamado de avío (título Xv), así como la creación de un fondo para el banco de avíos de minas, lejano antecesor del Banco Minero del Perú, entidad liquidada a fines del siglo pasado. el primer Código de Minería republicano, vigente a partir del año 1901, definió la propiedad minera con los mismos atributos de la propiedad común estableciendo como única causal de su caducidad la falta de pago del canon territorial. en este contexto se explican las referencias del Código a los contratos de arrendamiento sobre propiedades mineras (artículo 171º) y de hipoteca (artículo 164º), instituciones que se regulaban por los contratos nominados del derecho común y que eran recogidos por el Código sólo con el propósito de establecer alguna característica especial de la contratación minera. el Código no incorporó la figura de la transferencia de minas, seguramente en el entendido que, tratán-dose de bienes regulados por el derecho Común, no era necesario establecer alguna salvaguarda a esos contratos. el Código reguló igualmente las compañías mineras reconociendo su sometimiento a las leyes comunes y sólo legislando para hacer más dinámicos los aportes o contribuciones a que se vieran obligados los socios.
2019
Los sitios arqueologicos que se encuentran en contextos mineros suelen ser monitoreados en forma anual, tal es el caso de los que se localizan dentro del emprendimiento minero Veladero de la empresa MAGSA, donde anualmente, con el objeto de brindar proteccion son monitoreados 36 sitios arqueologicos, los cuales se localizan en las inmediaciones del camino minero que va desde Tudcum hasta Veladero en un recorrido de 148 Km. Seis de los sitios monitoreados poseen bloques de petroglifos que en su totalidad suman poco mas de cuatrocientos, los cuales estanemplazados en la quebrada del rio Conconta y su afluente el arroyo Fiero, principalmente en el paraje conocido como Penasquito, departamento de Iglesia, provincia de San Juan. A los efectos de monitorear efectivamente el arte rupestre se propuso a la empresa realizar un relevamiento detallado de cada unidad a traves de una ficha individual creada “ad hoc” donde se pueda disponer de la informacion de linea base acerca de las rocas grab...
El catastro: funcionalidad, perspectivas y relación con el Registro de la Propiedad en la República Dominicana, 2023
El inventario de inmuebles del que dispone el catastro sirve de base para que el Estado disponga políticas públicas de desarrollo en los ámbitos económicos y sociales, tomando en cuenta los aspectos físicos, jurídicos y económicos de los inmuebles del país. Este almacenamiento de datos relativos a los inmuebles que conforman el territorio nacional servirá de apoyo a la Administración para implementar planes que deberán tomar en cuenta el desarrollo sostenible de cara a los nuevos retos que conlleva el cuidado del medioambiente.
Alcance de la protección de la fe pública registral en el sistema registral inmobiliario dominicano, 2022
Se analiza el alcance de la fe pública registral uno de los principios informadores del sistema registral inmobiliario dominicano.
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Revista Andalucía Educativa. "Monográfico proyecto artistas en el aula.", 2022
El Registro de la Propiedad en la República Dominicana, 2022
Revista de Trabajo y Seguridad Social. CEF
Arqueología Iberoamericana , 2017
II Jornadas sobre las Prácticas Docentes en la Universidad Pública (La Plata, 2018), 2018
Anuario iberoamericano de derecho minero fundamentos jurídicos del sector minero en iberoamérica, 2020