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2014
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Cicero's concept of natural law (lex naturae o lex naturalis) has been usually interpreted as a direct expression of Stoic philosophy. von Arnim has included Cicero's well known characterization of natural law (De re publica III xxii 33 and De legibus I vi18-19) in his collection of the Stoic fragments as the only passages explicitely related to natural law, even if Cicero never mentions the Stoics nor alludes to Stoic sources in them. Since then the belief in the Stoic filiation of Cicero's theory has become predominant. The circular argument at the basis of this hypothesis has not been remarked by most of the scholars. Further, there is usually a certain confusion in the different analysis that tend to make no difference between natural law (lex naturalis, lex naturae, ius naturae, ius naturales) and laws according to nature (leges secundum naturam). The paper clarifies this distinction that Cicero has carefully maintained and that differenciates the classic conception of law from the modern of natural law and later analyzes the relationship of natural law with mind (nous) and shows the Platonic origin of Cicero's theory and points to the differences with the Stoa.
Anuario Filosófico
Cicero's main philosophical interest is in practical philosophy. This interest stemmed from his legal career and from his political activity. As a result of his philosophy, Greek moral philosophy was received in Latin culture. Cicero is, in his life and his works, the refusal of the moral, anthropological and political nihilism. His ideas, very present in the moral and political philosophy of the Middle Ages, continué being a key for contemporary world views.
Minerva: Revista de filología clásica, 2001
RESEÑAS 359 tante de la poesía anterior, arcaica o clásica en sus discursos. Tanto Ésquines, como Demóstenes o Licurgo, por citar algunos, muestran esos conocimientos al recoger citas más o menos textuales (se cita de memoria) de Homero, Hesíodo, Solón, Sófocles. Eurípides, etc., amén de las entreveradas por Isócrates asiduamente en sus discursos. Otra sugerencia sería la de cuidar algunas transcripciones, ya se trate de prosódicas, como Ápsines, mejor que Apsines (p. 130), Mícines por Micines (pp. 312, 313), Ésquines por Esquines (pp. 343, 349), lo mismo que Léptines, ya que todos ellos tienen la misma sufijación, pero sin garantías completas de que la t sea breve, aunque las variantes diversas recogidas en la nota adjunta (p. 312, n. 95) puedan complicar la acentuación de Micines; Trasilo por Trásilo a juzgar por el nombre recogido en Contra Diogitón 5, 7, Timóteo por Timoteo (pp. 213, 330, etc.), como en otros lugares se escribe Lisíteo y Mantíteo, concebible por estar asentada dicha acentuación entre los antropónimos; Itea frente a Itea (p. 319), y, mal que nos pese, tendremos que mantener el acento de misántropo, pero no así el nombre del caballo de Belerofontes al que convendrá Ilamar Pégaso (p. 345). En el campo de las transcripciones morfológicas conviene reseñar el término -navarco -transcrito por un pseudogalicismo -navarca" (p. 40), frente a la correcta de "trierarco" (pp. 53, 57, 223) y -taxiarco" (pp. 133, 143). Usa el galicismo (p. 194, 195) por el más adecuado lisíaco. En el mismo sentido debería usarse "eleusinios-, del griego éXEucrivtog, mejor que "eleusinos", por más que Virgilio utilice eleusina mater. En la página 249 transcribe Xp ŭ-roug por Citros, cuando lo adecuado hubiera sido Quitros, lo mismo que sería preferible decir Tirinte por Tirinto (p. 345). En cambio se mantiene en la línea correcta cuando escribe Belerofontes (ib.) y Cecrópides (p. 350) al nombrar a las hijas de Cécrope, ya que Cecrópidas serviría para nombrar a los hijos. Como cosa curiosa cabría decir que en la página 253, n. 12 remite a XXXI, n. 9, con lo que no se corresponde, que en p. 334, frag. 259, lo que va entre comillas debería ir en cursiva como todas las traducciones y que la doble página 308 está invertida. Una observación ŭ ltima a propósito de éTTLITXokal (p. 338, frag. 271). Quizá la idea de -gradación" no sea la más adecuada, ya que se trata más de una concatenación al imbricarse un elemento final en la frase siguiente. Además asi parece indicarlo el texto latino de Rutilio, posible traducción de un texto de Lisias. No obstante las sugerencias, simples sugerencias, el libro es un logro importante en el campo filológico que viene a Ilenar honrosamente el vacío que teníamos del Corpus Lysiacum y a indicar que el autor es un filólogo muy preparado, muy documentado, que ha sabido coger con honor el relevo de la vieja y espléndida guardia de Filologia Griega. El volumen tercero de Lisias ha tardado en Ilegar, pero merecía la pena esperar a que saliera como ha salido.
2004
Starting by the analysis of S Isidoro’s thought, main intellectual source in legal knowledge during all the first centuries of Middle Ages, this work tries to examine the concept of Natural Law employed by Gratianus in his main compilatory work (the Decretum). We intend to remark the three senses of a word, the triple notion of Natural Law, a Natural Law that in XII century is in half-way between the augustinist voluntarism and the racionalist revolution, an aristothelic revolution that is coming.
Resumen Cicerón, poniendo a dialogar la filosofía y el derecho, hace una lectura de la Justicia, en cuanto virtud hacia donde todas las virtudes se dirigen, como el ejercicio de lo correcto, como el fin hacia donde los actos de todos los hombres, pero sobre todo de los gobernantes, deben estar orientados. De aquí que sea condición necesaria para la construcción de los estados, mediante la correcta administración de lo público. Abstract Cicero, putting philosophy and law to talk, makes a reading about justice in so far as a virtue toward all the virtues are directed, as the exercise of the right things, as to where all the acts of men, especially the government should be
2003
Tiene una particular relevancia el estudio de la ley natural, que siendo resultado de la impresión de la ley eterna, es luz para la inteligencia y es inclinación para la voluntad, mediante la cual el hombre es capaz de dirigirse de modo consciente y libre hacia su fin último, por medio de una razón formada, iluminada y atenta. 1 La armonía de la síntesis presentada por santo Tomás, que además de integrar lo mejor de la tradición clásica y medieval, es un claro esfuerzo por adecuarse a la realidad, ha encontrado su ruptura a partir de la profunda crisis del nominalismo occamista.
Díkaion, 2013
the doctrine of natural law in the philosophical and iusphilosophical thinking of st. thomas aquinas is examined in this article. the author is aware of the difficulty entailed in doing so, given above all the abundance and divergence of interpretations of the aquinas doctrine. the most important of these will be taken into account and the thesis of st. thomas aquinas will be compared, in particular, to those of the nominalist philosophers in an effort to sort out the most appropriate meaning or significance of both doctrines of natural law, based on their similarities and dissimilarities. thus, the endeavor made in this article adds to the various attempts to interpret the classical doctrine of natural law, and chiefly that of st. thomas aquinas, as revealed in his writings.
Revista Espanola De Filosofia Medieval, 2002
nuevo lusnaturalismo, que con rafces en el pensamiento cliisico grecorromano, se fundamenta en la nueva dimension antropologica que proporciona el Cristianismo. A partir del posicionarniento crftico del Apostol ante la ley mosaica, se analiza esa idea de una ley no escrita que fluye de la naturaleza humana, estii presente en los corazones de todos los hombres, y acrua al servicio de la gracia y la verdadera justicia, representada por el Evangelio. Una ley natural que constituye ademiis prueba inequfvoca de la existencia de una etica y de una teologfa naturales basadas en la razon.
El republicanismo de CICERÓN se sustenta sobre tres pilares: sobre el carácter retórico o probable del saber político; sobre la histórica constitución mixta, cuyo valor ha sido confirmado por la experiencia romana; y sobre la universal ley natural de origen estoico. En este artículo se defiende que lo más original del republicanismo ciceroniano se halla en la armonización lograda, median-te las armas retóricas, entre el histórico patriotismo romano y el normativo cosmopolitismo, entre la constitución mixta y la ley natural. Palabras clave: Cicerón, retórica, republicanismo, Constitución, ley natural. ABSTRACT. CICERO'S republicanism is supported on three fundamental mainstays: on rethoric or probable condition of political knowledge; on historical mixed constitution, whose value has been confirmed by Roman experience; and on universal natural law of stoic origin. In this paper it is defended that the more original idea of CICERO'S republicanism is in the harmonization, by rhetorical arguments, between historical Roman patriotism and normative cosmopolitism, between mixed constitution and natural law.
Apuntes generales sobre EL CONCEPTO DE 'HUMANITAS' EN CICERÓN, para la asignatura de Filosofía de la Cultura.
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Praxis Filosófica, 2016
Espiritu Cuadernos Del Instituto Filosofico De Balmesiana, 2009
Soto-Bruna, Mª Jesús / Zorroza, Mª Idoya / Corso, Laura (eds.): Concepciones de la ley natural: Medioevo latino y escolástica española e iberoamericana, Eunsa, Colección de Pensamiento medieval y renacentista, Pamplona,, 2013
Revista de estudios histórico-jurídicos, 2010
Ciencia Tomista, 2023
Gerokomos, 2013
Luis Alberto de Boni. Patristica et Mediaevalia 22, 2001
Revista de estudios histórico-jurídicos, 2013
Ley natural y niveles antropológicos, 2007
XIII Simposio Nacional de Estudios Clásicos (La Plata, 19 al 23 de septiembre de 1994), 1994
El Barroco Iberoamericano y la Modernidadactas del VI Simposio internacional del Instituto de Pensamiento Iberoamericano. Salamanca, 12-14 de septiembre de 2012, I.Murillo coord., Universidad Pontificia de Salamanca, , 2013
Boletín mexicano de derecho comparado / Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM
Humanismo y pervivencia del mundo clásico : homenaje al profesor Antonio Fontán / coord. por José María Maestre Maestre, Luis Charlo Brea, Joaquín Pascual Barea, Vol. 4, 2002 (Pervivencia del mundo clásico), ISBN 84-8483-157-4, págs. 2019-2036