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2000, ponencia inédita presentada en una conferencia el
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... Juan Carlos Bayón (Universidad Autónoma de Madrid) I. Coto vedado y constitucionalismo En la filosofía moral y política contemporánea la idea de derechos básicos o fundamentalessuele definirse a partir de la concurrencia de dos rasgos. ...
Hechos y Derechos, 2022
Este ensayo busca conceptualizar a los derechos humanos desde una perspectiva iuspositivista no formalista, con el objetivo de comprenderlos a mayor profundidad. En vista de que los derechos humanos configuran un discurso, se problematiza su función dogmática frente a la necesidad de cuestionar incluso al orden constitucional en un orden democrático.
Andamios, 2012
análisis ahora "clásico" de los significados múltiples del término, en Sartori (1969 y 2007). Una reflexión importante sobre las más recientes transformaciones de la demo cracia la ofrece Rosanvallon (2008).
Comentario sobre vías para reformar la Constitución chilena.
Como adelanto de una investigación en curso, se plantea en abstracto algunas tensiones entre democracia y capitalismo y se sostiene que estas tensiones se trasladan al ámbito de los procesos de reforma institucional adelantados por las organizaciones internacionales en las dos últimas décadas, luego se describe la forma en que estas tensiones se manifiestan en la agenda del BID para América Latina y se proponen algunas lineas de investigación que orienten futuras disertaciones sobre el rol de la justicia en estos procesos y su impacto en la democratización.
La presente obra examina el estatus jurídico y moral de los derechos sociales en las sociedades contemporáneas. La autora sostiene que estos derechos deben ser tomados en serio, y protegidos de manera robusta por las instituciones jurídicas, como precondiciones de la democracia. A la pregunta sobre si la protección constitucional robusta de los derechos sociales está justificada en una democracia, ordinariamente se sostiene que hay que elegir entre la supremacía de los tribunales o la superioridad de la asamblea legislativa; pero si se adopta la primera posición habrá que cargar con una disminución en la legitimidad del sistema político por permitir que sean los jueces quienes aseguren los derechos sociales en última instancia, y si se adopta la segunda, el coste consistirá en una mengua en la justicia de las decisiones adoptadas por una mayoría que eventualmente fracasará en la protección de los derechos sociales de todos. La autora considera que este planteamiento en forma de dilema es incorrecto: estar de acuerdo con la importancia de las consideraciones democráticas no implica el rechazo de la protección robusta de los derechos sociales constitucionales. En el libro se argumenta que es viable reconciliar ambas posiciones y aprovechar las fortalezas de cada una para justificar los derechos sociales constitucionales desde la legitimidad democrática. Por ello, incluso para quienes, tomándose en serio los desacuerdos sobre las cuestiones de justicia social, consideran que ellas deberían ser decididas por el órgano legislativo, habría razones para asegurar constitucionalmente los derechos sociales y garantizarlos a través de un mecanismo robusto de control de constitucionalidad.
en Cristiane Aquino de Souza (ed.), Democracia, igualdade e liberdade: Perspectivas Jurídicas e Filosóficas, Río de Janeiro, Lumen Juris, 2015, pp. 7-29 (lección inaugural de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso, dictada el 16 de abril de 2013; en el texto son nuevos únicamente el primero y el último apartado; los tres apartados centrales recogen, con leves modificaciones, los epígrafes 2-4 de A. Ruiz Miguel, Democracia y relativismo, México, Fontamara, 2011.
Anuario de derecho constitucional latinoamericano-Fundación Konrad Adenauer, 2017
RESUMEN Este artículo analiza tres concepciones de los derechos fundamentales y presenta la evolución del dogma de la autonomía de la voluntad o autodeterminación. Además, estudia la teoría de la Drittwirkung der Grundrechte (eficacia de los derechos fundamentales frente a terceros) como instrumento conceptual para comprender cómo las constituciones políticas, a través de los derechos fundamentales, influyen en la esfera económico-privada, específicamente, aquellas en las relaciones producidas en el ámbito contractual. ZUSAMMENFASSUNG Der Beitrag analysiert drei unterschiedliche Grundrechtskonzeptionen und geht auf die Entwicklung des Grundsatzes der Vertragsfreiheit oder Selbstbestimmung ein. Er befasst sich weiterhin mit der Theorie der Drittwirkung der Grundrechte als konzeptionellem Instrument, um zu verstehen, wie Verfassungen über die Grundrechte Einfluss auf die privatwirtschaftliche Sphäre nehmen, insbesondere im Vertragsrecht. SUMMARY This article analyzes three conceptions of fundamental rights, and presents the evolution of the dogma of the autonomy of will or self-determination. In addition, it studies the theory of Drittwirkung der Grundrechte (effectiveness of fundamental rights vis-à-vis third parties) as a conceptual instrument for understanding how political constitutions, through fundamental rights, influence the economic-private sphere, specifically those produced in the contractual sphere.
Es un libro para ampliar los conocimientos en lo relacionado al derecho.
2019
Propongo referir, a partir de las ideas de Sarmiento, vertidas tanto en Argirópolis (1961) como en sus Comentarios a la Constitución de la Confederación Argentina (2004), la actualidad de la problemática arrastrada con la violenta colonización, primero, la neocolonización no menos violenta, después, y la necesidad de conciliarse con esa alteridad, pretendidamente exterminada, amputada, negada, excluida, periférica hasta nuestros días, pero siempre latente y genuinamente americana. Sarmiento nos es un nombre familiar, que se encuentra a lo largo de nuestra historia. Es una figura controvertida, con sus seguidores y sus detractores. Prócer para nuestra historiografía oficial, llegado a nuestro conocimiento a través de la escuela como el gran maestro, periodista, escritor, funcionario, organizador de la constitución de nuestro país, presidente, inmortalizado como héroe con himno propio, canonizado como el "hombre ilustrado" portador de las ideas de progreso y civilidad europeas,
Criterio Jurídico Garantista, 2010
Las expresiones Derechos Humanos, Estado de Derecho y Constitución, tienen la particularidad de ser usadas por teóricos y prácticos para significar cosas distintas, ignorando en no pocas ocasiones, de manera deliberada, el vínculo que cada una tiene con la modernidad, lo cual hace que se desfigure su sentido y el carácter emancipatorio que las une. En este artículo, se busca, a partir de tomar la caracterización que en tal sentido han efectuado importantes teóricos, ponerde presente el valor de las distinciones lexicográficas para desde allí poder construir un punto de referencia que sirva de partida a una discusión de mayor aliento en la construcción de una línea de investigación donde se explore a profundidad la historia de los Derechos Humanos y su filosofía
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GOBERNANZA, JUECES Y DEMOCRACIA, 2022
Revista de derecho (Valdivia), 2014
La lucha de las izquierdas y su común adversario, 2021
Saber, Ciencia y Libertad, 2010
Iuris Tantum Revista Boliviana De Derecho, 2013
Boletín Mexicano de Derecho Comparado, 1995
Revista Del Centro De Estudios Constitucionales, 1991