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El presente ensayo representa un análisis histórico, sociológico y jurídico de los meses finales y posteriores a la Segunda Guerra Mundial. En específico, en los que las potencias aliadas acordaron el establecimiento de un Tribunal Militar Internacional (TMI) para los juzgar a los criminales de guerra alemanes. Se analizan las decisiones políticas fundamentales de los dirigentes, concediéndoles como causal las distintas realidades sociales, políticas y económicas de cada nación, y las repercusiones de su interacción en el plano internacional. INTRODUCCIÓN Los Juicios de Núremberg se consideran la piedra angular del respeto a los Derechos Humanos. Representaron el primer juicio a nivel internacional llevado a cabo bajo un acuerdo multilateral entre las potencias vencedoras para juzgar altos mandos, dirigentes, funcionarios y colaboradores del régimen nacional socialista de Adolf Hitler por sus crímenes y abusos en contra de la humanidad en nombre del Tercer Reich. Por otro lado, también es la primera vez que al país vencido se le hace un juicio justo, en lugar de humillarlo a través de represalias económicas, políticas y/o territoriales. Se acordó el respeto a los derechos legales de los acusados así como no condenarlos a ejecuciones sumarias arbitrarias. En efecto, se establece la obligatoriedad de una ley universal que aplique para todos y fortalezca el concepto de Justicia, que a partir de entonces no le perteneció solamente a los países más fuertes o desarrollados; esto, debido a la necesidad social y política de la supremacía del derecho internacional sobre las leyes nacionales de un Estado. En efecto, representa la primera vez que las convenciones, los tratados, los pactos, las conferencias y los demás instrumentos del derecho internacional se aplican de manera concreta en juicio. De esta manera, se cristalizó el derecho penal internacional a través de una aplicación concisa y multilateral de instrumentos internacionales legales, más una recaudación paulatina de leyes inalienables y esenciales (derechos humanos). Así, estos dos elementos formarán el cuerpo legal base del derecho penal internacional actual.
(Nota.-El texto entrecomillado es la trascripción literal de las páginas 18 a 27 de la obra del profesor Argentino: " Introducción al Análisis del Derecho ". Carlos Santiago Nino. Ed. Ariel Derecho. 1.983) " En la ciudad de Nuremberg, a los 25 días de noviembre de 1.945, se reúne el Supremo Tribunal de las Fuerzas Aliadas para dictar sentencia en el proceso a los detenidos aquí presentes, por la presunta comisión de crímenes contra la humanidad, y crímenes de guerra. Habiendo escuchado los argumentos de la acusación y de la defensa de los procesados y habiendo recibido la prueba de cargo y descargo ofrecidas, los señores jueces del tribunal se expiden en los términos siguientes: 1.-El Señor Juez Sempronio dijo: Distinguidos colegas: Estamos aquí reunidos para juzgar a un conjunto de hombres que han participado activamente en generar el que fue, sin duda alguna, el fenómeno social y político más aberrante de la historia de la humanidad. Tenemos testimonios de otros hechos históricos, lejanos y no tan lejanos (como las " purgas " en uno de los regímenes representados en este tribunal), en que ciertos hombres proyectaron destrucción, muerte y sufrimiento sobre extensos grupos humanos. Pero difícilmente podrá citarse un antecedente comparable a los hechos que estos hombres sentados hoy en el banquillo han contribuido a desencadenar. Han sido decenas de millones de seres humanos los que se han visto afectados directa o indirectamente por las acciones criminales de estos otros individuos. Infundidos de un mesianismo vesánico, movidos por una fanática creencia en la superioridad de una cierta raza y en ele destino de dominación mundial de un determinado pueblo y de su líder, estos individuos han infligido a sus congéneres daños y sufrimientos que ni siquiera fueron imaginados por los escritores que ejercitaron su fantasía para dar una vívida pintura del " castigo eterno ". Estos hombres crearon un verdadero infierno en la extensa región del mundo donde sus armas se impusieron. Baste recordar uno de los múltiples hechos que fueron probados en este largo proceso: el del pedido por parte de un laboratorio de investigación científica de un número de cadáveres de lactantes para realizar un experimento que contribuiría al avance de la nueva ciencia aria, y la consiguiente satisfacción del pedido por parte de algunos de los procesados, exterminando a niños de madres judías internadas en uno de los campos de concentración. Estos son los hechos que tenemos que juzgar hoy, decidiendo si corresponde o no, tal como lo pide la acusación, la aplicación de una pena a los procesados por los crímenes que se han probado ante este tribunal. La defensa de algunos de los procesados no niega los hechos sobre los que versa la acusación, sino que impugna la calificación jurídica que los haría punibles. En síntesis, la defensa propone la tesis de que estos individuos han cometido actos que cualquiera que sea su valor o disvalor moral, han sido perfectamente legítimos de acuerdo con el orden jurídico del tiempo y lugar en que fueron realizados. Los procesados, según esta tesis, eran funcionarios estatales que obraban de plena conformidad con normas jurídicas vigentes, dictadas por órganos legítimos del Estado nacionalsocialista. No sólo estaban autorizados a hacer lo que hicieron, sino que, en algunos casos, estaban legalmente obligados a hacerlo. La defensa nos recuerda un principio elemental de justicia, que la civilización que nosotros representamos ha aceptado desde hace largo tiempo y que el propio régimen nazi desconoció: ese principio, formulado usualmente con la expresión latina nullum crimen, nullum poena sine lege praevia, prohíbe imponer una pena por un acto que no estaba prohibido por el derecho que era válido en el momento de cometerse el acto.
Reflexiones acerca de las posibilidades de lectura de los textos "sagrados": ¿es preciso someterlos a una lectura religiosa, o se los puede abordar de otros modos? Hago aquí un ejercicio práctico al respecto.
ACTIVIDAD DESARROLLO CAMPO, COMPETENCIA Y A. ESPERADO Activación Física Tiempo aprox.: 5-10 minutos.
2022
Un acercamiento lúdico al pensamiento nietzscheano y al cuerpo que, al fin, nos fue devuelto. Un retorno que convierte a la vida en el eje vertebrado de la existencia y de la filosofía. Volver de lo eterno para asumir la muerte, el tiempo. Y hacerlo mediante una escritura en la que ningún "abstract" tiene cabida.
La Operación Neptuno fue el nombre en clave que recibió la operación naval llevada a cabo por las fuerzas aliadas el Día D, como complemento de la Operación Overlord, o lo que es lo mismo, el nombre en clave de las operaciones navales durante el Día D. La Operación Overlord ha sido la más grande y compleja operación militar realizada en el mundo.
6 Es, como tantas veces, un nombre parlante. Relacionado con strépho, «volver, (hacer) dar vueltas», significa algo así com o «revoltoso, inquieto» (cf. v. 450), en probable alusión a las vueltas que da en la cama y en su cabeza en busca de una solución a sus problemas. También podría hacer referencia a su actuación final, cuando pone patas arriba la escuela socrática. 1 7 Sin duda se trata de Pasias, mencionado en el v. 22; lo demuestra la referencia contenida en el v. 1223. 8 Es posible que se trate de Aminias, nombrado en el v. 31, pero cuando aparece en escena este acreedor no se menciona la cuantía de la deuda que Estrepsiades tiene con él, por lo que la identificación no es segura.
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Primer premio en el certamen de cuento auspiciado por el Ateneo Puertorriqueño , 1998