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2013
A partir del fracaso histórico de la prisión como modelo de rehabilitación de quienes han cometido lo que suelen denominarse «delitos» y por ello denominados «delincuentes» y de las críticas que la prisión, como institución, ha recibido y recibe tanto por su crueldad como por su ineficacia para contener las transgresiones a las leyes, 2 se han intentado paliar los efectos negativos del encierro mediante el uso de medidas y penas alternativas. Aunque las prisiones, por razones de seguridad y justicia, se consideran imprescindibles, especialmente como respuesta penal ante hechos considerados graves, la introducción de alternativas al encierro de los ofensores, de reparación a personas damnificadas por los delitos, de procesos de Mediación Penal entre ofensores y víctimas y aplicaciones de principios de Justicia Restaurativa, ha dado ejemplos de que la respuesta al delito, al menos en ciertos casos restringidos, puede ser diferente del encarcelamiento sistemático. Sin embargo, tanto la...
2018
En este trabajo se analiza la mediación penitenciaria como una de las alternativas de resolución de conflictos en un centro penitenciario. Tras una exposición contextual de la justicia restaurativa, se realiza una investigación con todo el contenido actual acerca de la mediación penitenciaria, repasando tanto su historia desde sus inicios en 2005 hasta el procedimiento que se sigue actualmente, pasando por una breve reseña del conflicto y los principales objetivos de la mediación. Además, se añaden estudios tanto cuantitativos como cualitativos a fin de demostrar los argumentos propuestos en el trabajo.
Revista de Derecho Penal y Criminología, 2021
La participación de la víctima en la fase de ejecución del proceso penal en nuestro ordenamiento es un hecho novedoso que, más allá de la reparación civil, arranca del Estatuto de la víctima en año 2015, el cual introduce la Justicia Restaurativa en ese momento procesal. Este instrumento puede ser una importante alternativa o complemento a la Justicia tradicional en aras de lograr una mejor satisfacción de los intereses de la victima. Siendo este el objetivo, se viene desarrollando desde el año 2019 una experiencia en el CIS “Máximo Carrera” de Valladolid en la cual se trabaja con liberados condicionales, penados clasificados en tercer grado y condenados a la pena de trabajos en beneficio de la comunidad, con el objetivo de elaborar un protocolo de actuación extensible a otros centros. The participation of the victim in the execution phase of the criminal process in our legal order is a novel fact that, beyond civil reparation, starts from the Statute of the victim in 2015, and intr...
¿Cuánto castigo necesita un ser humano para ser disuadido de sus fechorías?" -Nils Christie 1 Introducción La justicia restaurativa es un proceso en el que las partes implicadas en un delito, determinan de manera colectiva las formas en que habrán de manejar sus consecuencias e implicaciones. 2 Representa una respuesta evolucionada al crimen, que respeta la dignidad y la equidad de cada persona, construyendo comprensión y promoviendo la armonía social, a través de un proceso de sanación de las víctimas, los ofensores y la comunidad. Dicha respuesta se basa en virtudes como: sensibilidad, apertura, confianza, esperanza y sanación. 3 La justicia restaurativa es una teoría de justicia que busca poner énfasis en la reparación del daño causado por una conducta delictiva, 4 busca superar la lógica del "castigo", o la justicia basada "en el dolor" 5 , proponiendo que las partes pueden llegar a una solución dependiendo de la gravedad del delito. 6 Contempla al delito de un modo distinto al de la justicia retributiva, enaltecida en el sistema actual de
Revista Icade. Revista de las Facultades de Derecho y Ciencias Económicas y Empresariales, 2016
Resumen Este artículo pretende ofrecer una reflexión sobre los postulados de la justicia restaurativa, como paradigma innovador en el ámbito de la justicia penal. Se abordan cuestiones actuales de relevancia jurídico-penal, se exponen sus principios y se explican las posibilidades que los procesos restaurativos otorgan a personas infractoras, víctimas y la propia comunidad para la resolución pacífica y creativa de conflictos de índole penal.
2018
El siguiente Trabajo Fin de Máster se basa en la aplicación de herramientas digitales a la restauración de los bienes culturales, con el objeto de obtener una imagen virtual del aspecto final de la obra, donde evaluemos de antemano el resultado de la restauración antes de la intervención física. La limpieza es un proceso irreversible, por lo que hemos considerado que esta imagen previa del resultado final es de gran utilidad para una correcta selección de los procedimientos y de los materiales. Asimismo, la posibilidad de visualizar los resultados de una limpieza en casos de objetos de culto en pequeñas comunidades o en casos de piezas de gran devoción puede ser una herramienta valiosa para concienciar a los feligreses de los cambios que va a sufrir su imagen una vez intervenida. Primeramente se ha realizado un estudio bibliográfico sobre las diferentes técnicas de restauración virtual utilizadas en nuestros días para, posteriormente, aplicar estas técnicas en a una pintura de cabal...
EGA Revista de expresión gráfica arquitectónica, 2019
El texto describe la recreación virtual 3D de la ciudad islámica de Saraqustä (actual Zaragoza). Para su realización se han tomado como referencia los vestigios existentes, las hipótesis de diversos autores especializados y los modelos contemporáneos de otras ciudades. Las fases de trabajo incluyen un delineado completo en planta, un modelado 3D con la ayuda de herramientas paramétricas y un trabajo final de ambientación y renderizado. Entre los elementos a destacar se encuentran el trazado de la muralla islámica, el palacio de la Aljafería, la mezquita aljama, otras mezquitas menores y alminares y algunos edificios civiles. El trabajo establece una posible metodología para abordar la reconstrucción de ciudades históricas cuando existe una escasa documentación gráfica, y debe recurrirse a modelos comparativos e hipótesis científicamente fundamentadas.
2006
Lección Inaugural Curso Académico 2006-2007 | Lliçó Inaugural Curs Acadèmic 2006-200
justicia restaurativa en el peri
La justícia restaurativa (o reparadora) apareix com el paradigma de canvi en l’àmbit judicial. Tot i que engloba tot un seguit de pràctiques i estratègies, és en essència una filosofia, una forma d’entendre la justícia més humanista, que atén a les necessitats de tots els implicats en un conflicte, intentant reparar el dany ocasionat i fugint de l’aplicació sistemàtica del càstig. Les pràctiques restauratives estan re-emergent en els darrers anys, en les societats occidentals en àmbits educatius i comunitaris, però encara són una excepció en l’àmbit penal, on queden supeditades al procés judicial ordinari.
¿Por qué pareciera que el evangelio ya no es para estos tiempos? ¿Por qué no cesa la búsqueda espiritual? ¿Estamos predicando un evangelio integral?
Ribla, 2021
En este artículo exploramos la relevancia de la concepción paulina de la graciacomo expresión de la justicia divina en la comprensión y restauración delas víctimas de trata. Consideramos un caso testigo (el de “Marita” Verón enArgentina) para ver diversos componentes que hacen a la trata de personas.Luego analizamos los sistemas de esclavitud como trasfondo para comprenderlos textos paulinos al respecto, y finalmente abordamos hermenéuticamentealgunas perícopas de las cartas de Pablo a los Gálatas y a los Romanoscomo espacio de dignificación de las víctimas y reclamo de justicia y libertad.
YachaQ Revista de Derecho, 2021
En nuestro país, la población tiene desconfianza de la administración de justicia porque la considera excesivamente formalista, lenta e ineficaz para solucionar losproblemas que son sometidos a su conocimiento, razón por la cual es indispensable encontrar nuevas formas de administrar justicia que apoyen de manera cierta y significativa a la convivencia pacífica y paz social, entregando al ciudadano una solución rápida al conflicto con una reparación real frente a un acto lesivo de relevancia jurídico penal.
https://www.multijuridica.com, 2021
Propósito de este trabajo. Defender la libertad e integridad personal, quizás sea el propósito de este ensayo, o pretender bosquejar una necesaria conciencia procesal sobre la condena cautelar, ese es el fin. La sociedad ha concebido, el Estado de Derecho y el proceso penal como la vía idónea para solucionar conflictos, para evitar la violencia, garantizar la vigencia de los derechos y la cohesión social. La prisión preventiva ejecutada irracionalmente, sin conciencia ética y académica, inevitablemente se transforma en un arma poderosa para el control social bajo la excusa de proteger, así el poder punitivo se ejerce en protección de la sociedad de forma convenientemente selectiva. Es imperativo, devolver la importancia al juicio y a la sentencia definitiva, este ensayo invita a pensar de forma disruptiva sobre la irracionalidad de la prisión procesal, porque, cuando un ciudadano es privado de su libertad de forma arbitraria el poder punitivo del Estado pierde legitimidad y autoridad, como consecuencia de haber renunciado a su deber de superioridad ética. Introducción La importante incidencia cautelar de privación de libertad, no es un propósito del proceso penal, es una excepcional y extrema decisión, no es un micro juicio final, al contrario, es un procedimiento especial, subordinado a la existencia del proceso principal, tampoco es una homologación de mero trámite baladí de las detenciones policiales. La pretensión de prisión cautelar del Ministerio Público debe obligatoriamente vencer tres barreras la presunción de inocencia, el derecho de ser juzgado en libertad y la demostración de que es absolutamente necesaria su procedencia. Para evitar la arbitrariedad en el ejercicio del poder irracional sobre el ciudadano debe exigirse un nivel significativo de probabilidad de ocurrencia de los hechos directos, así como de los hechos base que justifican la pretensión de encarcelamiento. En este sentido, es ineludible que se demande un estándar de prueba que constituya el umbral de suficiencia para considerar probado un hecho. El carácter cautelar es provisional y subsidiario al procedimiento principal; no es una sentencia definitiva que modifica una situación jurídica, ni crea o extingue derechos, pero si los afecta y daña de forma casi irreversible; porque un solo día de prisión es irrecuperable,
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