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Dentro de los derechos que tienen su origen en la existencia misma de la persona, y que derivan y se fundan en el reconocimiento de la dignidad de la persona humana por su sola condición de tal (los denominados derechos personalísimos) encontramos al Derecho a la Intimidad. Este derecho ha sido caracterizado como el derecho personalísimo que permite sustraer a la persona, de la publicidad u otras turbaciones a la vida privada, el cual está limitado por las necesidades sociales y los intereses públicos. 1 Es un derecho existencial que protege la reserva espiritual de la vida privada del hombre, asegurando su libre desenvolvimiento en lo personal, en sus expresiones y en sus afectos. 2 Se ha dicho que el derecho a la privacidad e intimidad, posee una relación directa con la libertad individual, y protege jurídicamente un ámbito de autonomía individual constituido por los sentimientos, hábitos y costumbres, las relaciones familiares, la situación económica, las creencias religiosas, la salud mental y física, etc. 2. Fundamento y origen Desde una mirada filosófica, la intimidad constituye una condición esencial de la Persona, que le permite vivir dentro de sí misma, y desde allí, proyectarse al mundo exterior. La Persona Humana es el único ser de la naturaleza capaz de darse cuenta de su propia existencia, de su inmanencia y de su trascendencia. Toda obra humana ha comenzado en el interior y en la intimidad del Hombre, y desde allí ha florecido para dar paso a las grandes creaciones y manifestaciones culturales. Ello demuestra que la intimidad del Hombre es una clara manifestación de su libertad espiritual y de su humanidad.
En Aragón Reyes, Manuel y Aguado Renedo, César (dirs.): Derechos fundamentales y su protección. Thomson Reuters. Pamplona, 2011, pp. 178-184. ISBN: 978-84-470-3536-6, 2011
1. Delimitación del estudio: la intimidad como derecho y como bien 1.1. la distinción entre intimidad y otras figuras cercanas 1.2. la intimidad como derecho y como bien jurídico protegido 2. Una aproximación al concepto de inlimidad 2.1. La intimidad como derecho de la personalidad 2.2. Defensa de una noción estricta de intimidad 2.3. La intimidad corporal 2.4. ¿Qué datos son íntimos? 2.5. Inexistencia de una intimidad profesional 3. Los titulares 3.1. Las personas físicas 3.2. Las personas jurldicas 3.3. En especial, la protección del derecho a la intimidad de trabajadores y personas sometidas a relaciones de especial sujeción 3.3.1. La intimidad en el ámbito laboral 3.3.2. Los reclusos 3.3.3. Los militares 4. Criterios para establecer si se ha producido una injerencia en el derecho a la intimidad 4.1. Principio general 4.2. Su desigual posición respecto de las libertades de expresión e información 4.3. Intimidad v Estado de derecho 4.4. El consentimiento excluye la eventual lesión del derecho a la intimidad 4.5. lntimidad y secreto profesional
En la actualidad nadie pone en tela de juicio la preeminencia del derecho a la intimidad, ante una modernidad imparable, que invade las esferas más intrincadas de la vida cotidiana del ser humano, sin una tutela adecuada en los ordenamientos vigentes en nuestro país, se pone de relieve que no existe una real construcción del referido derecho, ante una escasa jurisprudencia, que no acaba por determinar los alcances y conceptualización del mismo y la confusión que parece mediar entre intimidad y privacidad en su contenido. Dentro del entramado complejo que su tutela refleja, el tema de los alcances y contenido, no es de poca relevancia, dada su salvaguarda implícita que ha sido reconocida por la Corte, arribamos a la indefectible conclusión, de que ni siquiera ha sido mencionado de manera expresa como derecho fundamental y, vista la diferenciación de los ámbitos que tradicionalmente han diversificado a las personas, y en los que la intimidad guarda un espacio de particular importancia, el presente trabajo pretende determinar cuál es el contenido protegido por el derecho a la intimidad y derivado de ello establecer las diferencias entre el derecho fundamental otros derechos no comprendidos en él y sus mecanismos de tutela para poder acceder a una adecuada salvaguarda del mismo.
Universidad Complutense de Madrid, Madrid, 1992
Estudio del régimen jurídico del derecho a la intimidad en el ordenamiento español y en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. Tesis doctoral.
X. Apuntes de un estudiante: Derecho a la intimidad , 2020
Este compilado de temas sobre el derecho de las personas tiene como finalidad ayudar a todo aquel que desee comenzar en el estudio del Derecho.
Derecho a la intimidad, protección de datos personales y el trabajo social comunitario, 2021
de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia y contra los derechos humanos, basados en valores de respeto a la intimidad, diversidad y pluralidad” (Zafra, 2020, p. 02). Asimismo, el Instituto Nacional de Estadística (INE) considera que en el año 2018 se ha producido 738 infracciones, cifra mayor que el año anterior 2017 sobre el derecho a intimidad y a la propia imagen. (INE-Instituto Nacional de Estadística, 2018) y el 28% de las informaciones publicadas en medios impresos y digitales no respetaron el derecho al honor y a la intimidad de los menores ubicándole entre regular, mal y muy mal (Orús, 2018).
Revista Boliviana de Derecho, 2021
RESUMEN: El derecho a la intimidad se configura como un muro de contención frente a las injerencias del Estado en el ámbito privado de las personas. A lo largo de este trabajo trataremos de exponer los fundamentos filosófico-liberales que nos han llevado hasta lo que hoy es concebido como "derecho a la intimidad".
2017
En la presente publicación se abordan una serie de temas sobre el derecho a la intimidad que han sido y siguen siendo, por su importancia, debatidos tanto en la doctrina como en la jurisprudencia nacional como internacional. De este modo, se ha analizado, entre otros, el concepto del derecho a la intimidad, sus alcances, así como su reconocimiento en la constitución y los tratados y convenios internacionales tanto del ámbito europeo como americano. También se ha analizado la importancia del test de proporcionalidad para evitar que en el marco de una investigación penal las intervenciones corporales sean inconstitucionales o afecten el núcleo esencial del derecho a la intimidad.This publication addresses a series of topics on the right to privacy that have been and continue to be important in debate, both in national and international jurisprudence. In this way, it has been analyzed, among others, the concept of the right to privacy, its scope, as well as its recognition in the const...
Erg@omnes, 2013
El proyecto Limitaciones del derecho a la intimidad de los particulares y de las persona públicas por el ejercicio del derecho a la información de la ciudadanía, adelantado por
La hipótesis que subyace a las lineas que siguen es simple y nada novedosa: Ciudad e intimidad son conceptos mutuamente irreductibles pero radicalmente inseparables; allí donde no hay política, no puede haber en sentido estricto intimidad; y allí donde la intimidad está amenazada, estas amenazas expresan una crisis del espacio civil. Sin embargo, esta distinción-solidaridad entre Ciudad e intimidad no puede confundirse con -nm superponerse a-la distinción "clásica" de lo público y lo privado: cuando sucede esta confusión (como a menudo en algunas filosofias contemporáneas), lo politico tiende a identificarse con los abusos totalitarios del poder (y, por tanto y como es peor, se hace dificil diferenciar entre Estados totalitarios y Estados de Derecho) y la "defensa de la intimidad" queda subsumida en una equívoca y perversa pretensión de imperio de lo privado sobre lo público (que tiende a hurtamos la distinción entre el "Antiguo régimen" y el Estado moderno). Quisiera, en consecuencia, mostrar algunas de las aporías que se derivan de esta confusión en el pensamiento de algunos autores contemporáneos y elaborar un modelo (de raiz lingilística) de relación entre poder e intimidad que pudiera permitir soslayar algunas de ellas 1.
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Revista Aranzadi de Derecho del Deporte, nº 43, pp. 71-103., 2014
En Miradas impúdicas, catálogo para la exposición Miradas impúdicas, Centre Cultural dela Fundació La Caixa, Barcelona, abril-junio 2000, Fundació La Caixa, Barcelona, 2000, pp. 22-31.
Acta bioethica, 2013
Inteligencia artificial y derecho, 2022
Actas del IV Congreso Internacional de la S.I.T.A., San Pablo, Córdoba, 1999
Misión Jurídica, 2019
Thēmis Revista De Derecho, 2014
Revista de Derecho Político, 2005
Antropologías transeúntes, 2000
Apuntes al Derecho desde investigación , 2020
Revista Telematica De Filosofia Del Derecho, 2007