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Grup d'educació principal objetivos materiales recursos temas documentos contacto mapa > principal > documentos > historia de los DH > orígenes hasta el islam Historia de los derechos humanos Los derechos humanos: desde los orígenes hasta el nacimiento del Islam El deseo de un mundo más justo, más libre y más solidario seguramente ha sido una aspiración común desde que existe el ser humano. Por lo tanto, en un sentido amplio podemos decir que los derechos humanos no son un invento moderno, a pesar de que su denominación y contenidos actuales sí sean históricamente recientes. Las primeras noticias documentadas que podemos considerar como precursoras de esta magna aventura corresponden al tercer milenio antes de Cristo, en Egipto. En el Libro de los Muertos, un difunto, ante el tribunal de Osiris, con el objetivo de asegurarse la vida eterna, alega que "no he hecho daño a la hija del pobre". En el siglo XVII a.C., en Mesopotamia, encontramos otro hito: el Código de Hammurabi. Es el primero que regula la conocida Ley del Talión, estableciendo el principio de proporcionalidad de la venganza, es decir, la relación entre la agresión y la respuesta. Un principio que ahora nos parece bárbaro, pero que entonces era una forma eficaz de contención a la venganza sin límite. El código de Hammurabi no distingue entre derecho civil y derecho penal, simplemente es una sucesión de leyes que enumeran los posibles casos y lo que se debe obrar en consecuencia. Sí que distingue entre hombres libres y esclavos, y según la condición establece la pena: "Si un hombre ha reventado el ojo de un hombre libre, se le reventará un ojo." "Si ha reventado el ojo de un esclavo de un hombre libre, pagará la mitad del precio del esclavo." Más tarde, la cultura griega supuso un avance substancial, estableciendo el nacimiento de la democracia y un nuevo concepto de la dignidad humana, basado en el hombre libre, el ciudadano.
DD.HH., 1987
Una de las construcciones filosóficas más importantes en la historia de la hu-manidad han sido los derechos humanos, los cuales ponen en una verdadera relevancia al ser humano. La pretensión es valorarse como iguales. La lucha no ha sido fácil, pues ha costado guerras para reiterar tal principio. La corriente filosófica, conocida como iusnaturalismo, dio cabida a los derechos humanos. Supone en primer lugar el reconocimiento de la dignidad del ser humano frente a las actividades del Estado. Esta concepción marca ya un parámetro de referencia sumamente importante puesto que nos permite advertir una etapa donde estos derechos son un límite a la actividad estatal a favor de los individuos. Esta cualidad es esencial para identificar los momentos que constituyen la historia de los derechos humanos, ya que, habrá otro momento en el que la reivindicación de estos derechos sea, además, hacia una "responsabilidad so-cial", concepto que ha ido ganando cada vez más importancia en los últimos años. El planteamiento es que, no obstante la libertad de acción e iniciativa que debe caracterizar a las instituciones en nuestro mundo democrático y de libre comercio, no podemos enfocarnos solamente en defender nuestros intereses corporativos propios dentro del marco legal vigente abandonando a su suerte las consecuencias. Es necesaria, también, la exigencia de estándares de calidad en las empre-sas internacionales así como la exigencia de la regularización de ellas, bajo el concepto de responsabilidad social, para prevenir la polarización social y la pobreza, la exigencia de instrumentos y acuerdos internacionales que eviten la acumulación de la riqueza en unas cuantas manos para garantizar el progreso global sostenible y equitativo. Una de las clasificaciones de los derechos humanos, con fines de explica-ción académica es la siguiente:
“Interpretación evolutiva de los derechos humanos”, pp. 325-332. En, Mario Álvarez Ledesma y Roberto Cippitani (coords.), Diccionario Analítico de Derechos Humanos e Integración Jurídica. Roma‐Perugia‐México: ISEG (Istituto per gli Studi Economici e Giuridici), 2013. ISBN 978‐88‐95448‐41‐1. Disponible en: http://www.academia.edu/9196380/Diccionario_anali_tico_de_derechos_humanos_e_integracio_n_Juri_dica
3.1.1. Presupuestos político-ideológicos y socio-económicos. 3.1.2. Las fuentes del Derecho mercantil. La codificación como nueva técnica legislativa. «Laberinto, es vocablo Griego, que significa una cosa, ó carcel, de tantas calles, y vueltas, que el que en él entra se pierde, sin acertar á salir por donde entró, como lo fue aquel famoso de Creta y otros que se refiere Plinio. Comercio es el trato de la mercancía, según Atraca; y por ser intrincado, habiendo de tratar de él en esta Obra, la intitulo de este nombre de Laberinto de Comercio terrestre, ú de Tierra, y Canal, ú de Mar, y empiezo por los Mercaderes que le ejercitan» Juan de Hevia Bolaños, Laberinto del comercio terrestre y naval Lima, 1617
Las ideas y los conceptos relativos a los Derechos Humanos corresponden al mundo de la posguerra del siglo XX y no por ello significa que históricamente carece de precedentes. En los sistemas matriarcal y patriarcal antiguos, no es posible hablar de la existencia de derechos del hombre ni se puede afirmar que el individuo tuviera potestades o facultades de las cuales pudiera gozar dentro de la comunidad a que pertenecía y que constituyesen una esfera de acción o actividad propia frente al poder público. Estos regímenes permitía a la autoridad de la madre o del padre disfrutar de un respeto absoluto por parte de quienes se encontraban bajo su tutela, e incluso ejercían un poder directo sobre la vida o muerte de los individuos. Entre los años 800 y 200 a.C. en China, pensadores como Confusio y Laot-Tsé, la capacidad de reflexión sobre las injusticias ocupo un lugar importante, dando pie a la búsqueda de la igualdad entre los hombres, argumentando que la democracia era la forma idónea de gobierno. También se promovieron el derecho legítimo del gobernado para defenderse contra los tratos injustos del gobernante, lo cual nos da una idea de los derechos del hombre como jurídicamente se conciben en la actualidad. En el siglo V a.C. en Roma , se expidió la ley de las Doce Tablas, la cual contenía derechos referentes a las sucesiones y a la familia, entre otros aspectos; fue dictada durante la época republicana y consagró algunos principios que significaron una especie de seguridad jurídica de los gobernados frente al poder público, así como una garantía competencial sobre todo tratándose de decisiones que implicasen la pérdida de la vida, de la libertad y de los derechos del ciudadano. Cabe destacar que aunque el ciudadano romano tenía el estatus lebertatis, compuesto de derechos civiles y políticos , no tenían derechos públicos oponibles al Estado que les permitiera defenderse de las violaciones que cometieran en su contra las autoridades estatales. El Estoicismo se desarrolló desde dos siglos antes de nuestra era y tuvo influencia hasta bien entrados los tiempos del Imperio Romano, con el estoicismo surge por primera ocasión en la cultura occidental una idea dignificadora del hombre, al entender que todo el género humano está hermandado por la razón; esto; esto es, que los hombres como seres racionales somos hermanos, independientemente del origen, la raza o las creencias de cada grupo o sociedad; surge también la idea de la Ley Natural, al concebir que el orden de la naturaleza es eterno e inmutable, por ello el proceso natural, en armonía con la razón, refleja el carácter divino del universo; ideas que trascenderían de manera significativa al Derecho Romano y al pensamiento político medieval. Es evidente la preponderancia y trascendencia filosófica, ética y política de esta concepción, como abierto rechazo entonces imperante, sobre las bases de la mayor desigualdad como fue la esclavitud. La idea estoica de la fraternidad humana, se verá posteriormente reafirmada con el Cristianismo, con el cual la concepción de la igualdad de los hombres es un precedente muy notable de los Derechos Humanos. El mensaje de Cristo se dirige a todos los hombres, cuya dignidad radica en haber sido "creados por Dios a su imagen y semejanza". Elemento esencial en la gestación del pensamiento occidental, el cristianismo jugará hasta nuestros días un papel decisivo en la vivencia real y en los fundamentación teórica de los derechos humanos. Las ideas cristianas, paralelamente con la organización de la Iglesia, fueron un factor fundamental en la nueva forma de integración y evolución de la sociedad occidental y
Una de las construcciones ilosóicas más importantes en la historia de la hu-manidad han sido los derechos humanos, los cuales ponen en una verdadera relevancia al ser humano. La pretensión es valorarse como iguales. La lucha no ha sido fácil, pues ha costado guerras para reiterar tal principio. La corriente ilosóica, conocida como iusnaturalismo, dio cabida a los derechos humanos. Supone en primer lugar el reconocimiento de la dignidad del ser humano frente a las actividades del Estado. Esta concepción marca ya un parámetro de referencia sumamente importante puesto que nos permite advertir una etapa donde estos derechos son un límite a la actividad estatal a favor de los individuos. Esta cualidad es esencial para identiicar los momentos que constituyen la historia de los derechos humanos, ya que, habrá otro momento en el que la reivindicación de estos derechos sea, además, hacia una " responsabilidad social " , concepto que ha ido ganando cada vez más importancia en los últimos años. El planteamiento es que, no obstante la libertad de acción e iniciativa que debe caracterizar a las instituciones en nuestro mundo democrático y de libre comercio, no podemos enfocarnos solamente en defender nuestros intereses corporativos propios dentro del marco legal vigente abandonando a su suerte las consecuencias. Es necesaria, también, la exigencia de estándares de calidad en las empre-sas internacionales así como la exigencia de la regularización de ellas, bajo el concepto de responsabilidad social, para prevenir la polarización social y la pobreza, la exigencia de instrumentos y acuerdos internacionales que eviten la acumulación de la riqueza en unas cuantas manos para garantizar el progreso global sostenible y equitativo. Una de las clasiicaciones de los derechos humanos, con ines de explica-ción académica es la siguiente:
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Género y Ciencias sociales. Arqueología y cartografías de fronteras, 2015
HISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS EN GUATEMALA, 2024
Historia, voces y memoria, 2018