Academia.eduAcademia.edu

El principio de precaución

2020, Principios fundamentales del Derecho público. Desafíos actuales.

Abstract

Resumen: El principio de precaución es uno de los aportes recientes del Derecho euro-peo, dirigido a dar repuesta jurídica a situaciones de incertidumbre científica que supon-gan un riesgo para la salud o el medio ambiente. Este capítulo traza su origen y recepción tanto en el plano internacional como a nivel de Derecho comunitario, para posteriormente abordar su sentido y significado. Se hace referencia a la aplicación del principio en sede administrativa, incluyendo la reflexión sobre la necesidad de adoptar una decisión en si-tuaciones de riesgo, los presupuestos y metodología que han de concretarla, sus efectos y límites. Finalmente se aborda el alcance de la revisión judicial, centrándose en aspectos discrecionales, y su relación con otros principios, especialmente el de proporcionalidad. Palabras claves: Precaución, riesgos, medio ambiente, salud, proporcionalidad. Abstract: The precautionary principle is one of the recent contributions of the Europe-an law aimed at providing a legal response to situations of scientific uncertainty that pose a risk to health or environment. This chapter traces its origin and reception both at international and European Community level, and then addresses its meaning and significance. Reference is made to the application of the principle in administrative situations, including reflection on the need to take a decision in situations of risk, the premises and methodology to be used, effects and limits. Finally, the scope of judicial review is addressed , focusing on discretionary powers, and its relationship with other principles, especially the principle of proportionality. I. INTRODUCCIÓN El Tratado de las Comunidades Europeas (art. 174.2) exige que la política ambien-tal se base en "los principios de cautela y acción preventiva". Este principio, postulado casi universal de la política y el Derecho ambiental, debemos entenderlo en el contexto de la sociedad post-industrial moderna. La nueva sociedad ha sido caracterizada como la "sociedad del riesgo" 1 , en la que nos encontramos sometidos a un marco cada vez más complejo de incertidumbres y de peligros para la salud y el entorno medioambiental. En este contexto, es evidente que muchos de los riesgos que afectan a la sociedad son perfectamente cuantificables y cualificables, pues existe certidumbre respecto a su  Profesor de Derecho administrativo, Universidad de Navarra. Pamplona, España. Abogado (Venezue-la) y Licenciado en Derecho (España). Máster en Estudios Jurídicos (Universidad de Navarra). Certifi-cado Docente Doctorado en Derecho administrativo. Correo electrónico: [email protected] 1 Sobre esto es canónico el trabajo de Beck, U., La sociedad del riesgo. Hacia una nueva modernidad, Paidós, Barcelona, 2006, pp. 75 y ss.