Academia.edu no longer supports Internet Explorer.
To browse Academia.edu and the wider internet faster and more securely, please take a few seconds to upgrade your browser.
2002
…
54 pages
1 file
Estudio histórico de la evolución de la consideración de la antijuridicidad como presupuesto de la responsabilidad civil en el derecho argentino.
Revista De Responsabilidad Civil Y Seguros Publicacion Mensual De Doctrina Jurisprudencia Y Legislacion, 2009
No es tarea sencilla escribir algunas líneas sobre la antijuridicidad o ilicitud como presupuesto de la responsabilidad civil, sobre todo teniendo en cuenta que sobre el tema han escrito grandes maestros como Bueres, López Mesa , De Lorenzo y ya específicamente sobre la antijuridicidad en el nuevo Código, Sebastián Picasso 1 .
El autor puntualiza, a partir de la doctrina y la jurisprudencia, el tratamiento que ha recibido en sede nacional la aplicación de la noción de antijuridicidad como condición de la conducta dañosa, lo que habilita imputación de responsabilidad civil cuando la conducta incurrida es expresamente repelida por el ordenamiento jurídico. Palabras clave: Antijuricidad / Conducta dañosa / Injusticia del daño / Juicio de responsabilidad civil
Derecho & Sociedad (40), 2013
En el presente artículo, se puede observar el trabajo de un litigante que busca reflexionar sobre su practica diaria. El autor busca poner al descubierto una costumbre generalizada como la de agregar el criterio de antijuridicidad en el juicio de resarcibilidad, mediante un análisis comparativo de los sistemas civiles que inspiraron la normativa peruana, el autor demuestra la no esencialidad de la antijuridicidad, que busca generar una ampliación del campo de acción de la responsabilidad civil.
Con la colaboración de Carolina A. Pasarin I) Proemio. Algunos autores argentinos han postulado en los últimos años la desaparición de la antijuridicidad como presupuesto o requisito de la reparación del daño. Se basan para sostener ello-casi en exclusividad-en algunas obras europeas, que no constituyen una opinión mayoritaria, yen muchos casos-se trata de aportes ciertamente antiguos y sin fundamentos de peso que avalen seriamente la idea. Por nuestra parte creemos que dicha postura resulta inaplicable a nuestro país por existir normativa que lo impide y, además, conceptualmente cae en múltiples y graves errores, razones ambas por las que debe ser descartada 2. Nos parece que la declamada desaparición de la antijuridicidad parte de un enfoque parcializado y de la repetición de ideas ajenas y foráneas, sin la debida consideración de las implicancias prácticas de su aplicación y de nuestra normativa vigente. Para demostrar ello, nos dedicaremos aquí a analizar cuál es a nuestro juicio el territorio de la antijuridicidad en la "Provincia de la responsabilidad civil" 3. Como nosotros creemos que la antijuridicidad tiene un territorio propio que abarca por completo a la responsabilidad civil y trasciende sus fronteras, analizaremos seguidamente nuestra posición y la de quienes sostienen la contraria. II) Responsabilidad civil y deber jurídico. La responsabilidad civil constituye una obligación de segundo orden; ello implica que se configura sólo ante el incumplimiento de un deber jurídico u obligación primaria preexistente a cargo de un sujeto que luego, si dicho incumplimiento ha sido la causa adecuada del daño, es responsabilizado por él. De ello cabe inferir que sin obligación preexistente o deber jurídico incumplido nunca puede configurarse un supuesto de obligación resarcitoria 4. A un sujeto que no se le puede reprochar el incumplimiento de ninguna obligación contractual o deber jurídico preexistente que se hallaba a su cargo, no puede imputársele responsabilidad alguna, precisamente, porque la responsabilidad no surge de la nada, ni cae del cielo, sino que ella es fruto necesario de un proceso de imputación, que requiere que se cumplan
XXVI Jornadas Nacionales de Derecho Civil (La Plata, septiembre 2017), 2017
El presente estudio tiene por objeto analizar el elemento antijuridicidad como recaudo para la procedencia de la denominada "acción preventiva" de la responsabilidad civil, limitada a la etapa de lo que puede denominarse como "pre-daño" art. 1710 inc. a del Código Civil y Comercial de la Nación (en adelante CCC) categorizada como "situación de amenaza o peligro de daño" 1 en supuestos de actividades riesgosas o con intervención de cosas riesgosas. En tal supuesto, es evidente que: i) no es recaudo que el daño este efectivamente configurado, sino que basta una posibilidad o peligro, el concepto de daño utilizado en el ámbito preventivo es el de daño en sentido amplio o daño lesión 2 ; ii) tampoco es exigible la concurrencia de ningún factor de atribución (art. 1711 del CCC); iii) la norma requiere una presumida relación de causalidad entre este potencial daño y la conducta del autor, esto es la existencia de una vinculación razonable que haga previsible la producción de un daño (art. 1711) y iv) la configuración de una acción u omisión antijurídica (art. 1711). Este último presupuesto no está definido en la norma. Al buscar el concepto genérico de antijuridicidad para la función resarcitoria, el art. 1717 nos dice que es antijurídica cualquier acción u omisión que causa un daño injustificado. Ante ello, y ceñidos al supuesto analizado -actividad o cosa riesgosa-en esta etapa de "predaño" o sin daño ¿Qué extensión corresponde otorgarle a la antijuridicidad? Presentando la problemática de esta manera, la inferencia inmediata es que la acción preventiva "sin daño" o "pre-daño" implica responsabilidad civil preventiva "sin la antijuridicidad", definida en el art. 1717. Esto involucra otro interrogante para las actividades 1 En la ponencia presentada en estas Jornadas por Leonardo MARCELLINO indica que: "La evitación del daño (inc. a y b art. 1710 del C.C.C.N.): es el deber preventivo exigible cuando temporalmente aún no se ha producido o acaecido el menoscabo, momento "pre-daño", y por tanto la exigencia consiste en la adopción de las medidas razonablemente necesarias a los fines de lograr que el mismo no se materialice" 2 La regla de no dañar, derivada del alterum non laedere, es un principio con rango constitucional: la protección jurisdiccional de los derechos y garantías no se ciñe a lesiones efectivas sino que comprende las amenazas de lesión (ZAVALA DE GONZALEZ, Matilde. Resarcimiento de daños. Presupuestos y funciones del derecho de daños. t. 4, Hammurabi.
Algunos autores argentinos han postulado en los últimos años la desaparición de la antijuridicidad como presupuesto o requisito de la reparación del daño.
IX 1 Mezger, Edmund, Tratado de derecho penal, México, Ed. Cárdenas, 1997, t. I, específicamente lo referente a la antijuridicidad. 2 Welzel, Hans, El nuevo sistema del derecho penal, trad. Cerezo Mir, Barcelona, Ariel, 1964, pp. 47 y ss. 4 RAFAEL MÁRQUEZ PIÑERO 6 Idem. 7 Roxin, Claus, Política criminal y sistema de derecho penal, trad. Muñoz Conde, Barcelona, Bosch, 1972, passim. Este libro, una pequeña monografía, 12 RAFAEL MÁRQUEZ PIÑERO 19 Ibidem, pp. 6 y ss. 20 Jakobs, Günther, Sociedad, norma y persona en una teoría de un derecho penal funcional, trad. Cancio Meliá y Feijóo Sánchez, Madrid, Civitas, 1996, pp. 17 y ss. 21 Finger, A., Rechtsgut und rechtlich geschützes interesse, G. S., vol. 40 pp. 153 y ss. TEORÍA DE LA ANTIJURICIDAD 13 22 Jakobs, Günther, op. cit., nota 20, pp. 15 y 16. 23 Ibidem, p. 18. 24 Ibidem, pp. 22-24. TEORÍA DE LA ANTIJURICIDAD 19 penales que lo garantizan. Y esclarece: "la clasificación en civiles y en penales es una clasificación de sanciones, no de normas, o al menos no de preceptos. 20 RAFAEL MÁRQUEZ PIÑERO 36 Liszt, Franz von, Tratado de derecho penal, trad. Jiménez de Asúa y Quintiliano Saldaña, Madrid, Reus, 1920, t. II, pp. 323 y ss.
Anuario De Derecho Penal Y Ciencias Penales, 1991
Revista de derecho (Valdivia), 2009
Loading Preview
Sorry, preview is currently unavailable. You can download the paper by clicking the button above.
Revista de Derecho Privado Universidad Externado de Colombia, 2008
Derecho civil. Derecho de obligaciones., 2020
D. Papayannis, E. Pereira (eds.), Filosofía del Derecho Privado, Madrid: Marcial Pons, pp. 271-296, 2018
Revista Digital de Derecho Administrativo
Antijuridicidad, prevención y Responsabilidad Civil por insuficiente conservación de los rastros del ilícito, 2019
Revista Científica General José María Córdova, 2022
XXVI Jornadas Nacionales de Derecho Civil (La Plata, septiembre 2017), 2017
Revistas ICDP, 2011
Libertas Revista de la Fundación Internacional de Ciencias Penales Nº 6, 2017 (julio) ISSN: 2254-6278, 2017
Estudios de Derecho Civil V, 2010