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2017, Revista de Derecho Público Iberoamericano
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Muestra que la Constitución se pude entender en sentido profundo, como el régimen aristotélico o en sentido elemental. Basado en esto, discute sobre la naturaleza de la sociedad política con las diversas perspectivas que hay sobre la misma: nominalista-individualista, utilitarista, kantiana, marxista, la de H. L. A. Hart, la de Rhonheimer. Concluye, basado en estas investigaciones, que la Constitución en sentido elemental es una verdadera ley, que debe imponerse sobre la voluntad de las mayorías, hasta el momento en que sea reformada formalmente.
Cuando entró en vigor la Constitución que tenemos actualmente (Constitución de 1978) puso de manifiesto el problema de su valor normativo propio. La tradición de nuestro Derecho Constitucional lleva a negar a la Constitución valor normativo específico fuera del ámbito de la organización y las relaciones de los poderes superiores; toda la parte material de la Constitución contiene indicaciones que sólo se convertirían en normas jurídicas verdaderas si el legislador las recogiera. Las leyes han dejado de ser el único camino de positivación potestativo del supuesto "programa" constitucional que ellas mismas serán nulas si contradicen lo recogido en la Constitución. Para poder entender todo este nuevo valor normativo tendremos que remontarnos a algunas cuestiones de principio.
La reelección no es un tema reciente en la historia de Colombia, por lo cual desde el siglo XIX este ha sido un fenómeno que se ha presentado en varias ocasiones.
Resumen Este artículo estudia la naturaleza de la Constitución y concluye que es una ley en el sentido de la Filosofía clásica, que sujeta al pueblo en su totalidad; y que no es esencialmente un pacto, aunque pueda tener ele-mentos pactistas. También concluye que la Constitución no es el acto por el que se funda o articula la República ni tampoco puede establecerse si no existe una juridicidad preconstitucional. Investiga, además, cuál sea la naturaleza de esa juridicidad y adhiere a la visión clásica, desechando las visiones lockeanas (tanto liberal como utilitarista), kantiana y marxista. Abstract This paper deals with the nature of the Constitution. It concludes that the Constitution is Law in the sense in which this word " Law " was understood in classical philosophy. It is a Law to which the people as a whole is subject. Its nature is not in essence that of a pact even if it may have some contractual elements. The paper also concludes that the Constitution is not the founding event of a republic. The Constitution presupposes a pre-constitutional juridicity. The paper examines, moreover, what the nature of such juridicity is and adheres to the classical view, rejecting the Lockean views (both liberal and utilitarian), the Kantian view and the Marxist view.
La Constitución a examen. Un estudio académico 25 años después (eds. G. Peces-Barba y M.A. Ramiro). Madrid: Marcial Pons, 2004, 2004
El Congreso Constituyente Democrático, invocando a Dios Todopoderoso, obedeciendo el mandato del pueblo peruano y recordando el sacrificio de todas las generaciones que nos han precedido en nuestra Patria, ha resuelto dar la siguiente Constitución: TITULO I DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD CAPITULO I DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA Artículo 1.-Defensa de la persona humana La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de julio de 2015.
Revista Jurídica Piélagus, 2017
Enero a junio de 2017 / Neiva (Huila) Colombia RESUMEN Existe generalmente una brecha entre la norma constitucional y la práctica social. En Colombia, esta brecha presenta particularidades aun cuando tenga elementos comunes con otros países latinoamericanos: vive un conflicto armado interno desde mediados de los sesenta, pero igual que otros países del área, carece de instituciones fuertes, coexiste una tradición civilista y democrática formal con una proclividad en la práctica hacia la violación de normas, reglas y derechos. A comienzos de los noventa cristalizaron varios factores internos y externos que dieron lugar a una nueva constitución (1991) con la misión de cimentar un proceso de paz. Este trabajo está enmarcado en la discusión desde la ciencia política y la sociología sobre la capacidad performativa de la norma, basada en el concepto de rule of law y su relación con el de debilidad institucional (Barros 2003; Levitsky y Murillo 2009). Se describen los factores internacionales que contextualizaron el cambio constitucional colombiano y los aspectos domésticos que dieron lugar a dicho cambio. Se exponen los procesos de exacerbación de la violencia de los últimos cinco gobiernos (antes del presente) como un patrón de dependencia que contrarrestó la capacidad performativa de la nueva constitución. Por último se discute la relación entre derecho y prácticas sociales en medio del conflicto y cómo ello ha influido sobre la democracia.
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Cuestiones Constitucionales Revista Mexicana de Derecho Constitucional, 1999
Sebastián Soto y Constanza Hube (eds.), Conceptos fundamentales para el debate constitucional, 2021
Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho, 2001
Imaginación o Barbarie. Boletín mensual de la Red Iberoamericana de Investigación en Imaginarios y Representaciones (RIIR), Boletín núm.7, 5 de septiembre 2017
Revista Chilena De Derecho, 1993
Revista de Derecho Público, 2016
Revista de Derecho Político, 2008
Boletín Mexicano de Derecho Comparado, 1995