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2001, Helmut G. Walther. Patristica et Mediaevalia 22
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I Ya casi pertenece a lo más trillado de la moderna historiografia de las ideas políticas de la Edad Media, especialmente en el campo anglosajón, atribuir a la recepción de la filosofia aristotélica la función de un viraje decisivo. Walter Ullmann, a lo largo de decenios, en sus estudios e investigaciones sobre la historia de las ideas políticas procuró contraponer el principio que llamó "ascending theme" a la legitimación teocrática del gobierno por él conceptualizada como "descending theme". Habría sido precisamente la fi.losofia aristotélica la qu~ habría vinculadp la teoría ascendente, es decir, la concepción según la cual el poder del Estado proviene de abajo, con la concepción del particular como individuo, promoviendo, por consiguiente, el desarrollo del súbdito a ciudadano. Para Ullm.ann, la conceptualización del individuo alcanzada en la Edad Media tardía a partir del espíritu de la filosofia del Estagirita constituyó "una de las realizaciones más importantes del espúitu humano" y, con la creación de la "scientia política", se obtuvo el "renacimiento del hombre como ser político". Una nueva clase de literatura surgió del hecho de que ahora esta ciencia política ya no pretendía presentarse como superadora de la naturaleza humana pecadora, sino que, como ciencia humana, pretendía también imitar a la naturaleza.Al mismo tiempo, con la tesis aristotélica del horno como animal rationale et politicum se llevó a cabo el ataque espiritual hasta ese momento más vigoroso contra los conceptos del poder público, hasta entonces intangibles e incuestionables 1 • Finalmente, las críticas tesis de IBlmann en su exposición en la UniversidadJ ohn Hopki.ns de Baltimore, sobre la relación entre individuo y sociedad en la Edad
Resumen: Uno de los pasajes más complejos de la Ethica Nicomachea hace referencia al derecho natural. En las pocas líneas que le dedica Aristóteles al problema, sustenta una concepción que parece contradecir toda una lectura concerniente al derecho natural, centrada en su carácter inmutable. Este artículo intenta reconstruir la argumentación aristotélica que se encuentra en las éticas y en la Retórica, tratando de mostrar que, más allá de una aparente contradicción, es posible encontrar una tesis coherente y satisfactoria acerca del derecho natural a partir de lo que sucede "la mayoría de las veces" (hõs epì tò polú ), lo que tornaría comprensible su mutabilidad. Palabras clave: justo por naturaleza, justo por convención, hõs epì tò polú, bien común Abstract: One of the most complex passages in the Ethica Nicomachea deals with natural right. In the few lines dedicated by Aristotle to this issue he maintains a conception that seems to contradict the understanding of natural right focused on its perpetual nature. This paper will try to reconstruct the aristotelian argumentation in his ethics and in the Rhetoric in order to try to demonstrate that beyond an apparent contradiction it is possible to find a coherent and satisfactory thesis about natural right from what happens "for the most part" (hõs epì tò polú ), which would turn understandable its variability. Key words: justice by nature, justice by law, hõs epì tò polú, common good 1 EN V 10, 1134b18-1135a5. Diánoia, volumen LIV, número 63 (noviembre 2009): pp. 133-155.
Praxis Filosófica, 2020
¿En qué consiste la aplicación más justa de la ley, en aplicarla al pie de la letra en todos los casos o permitir al juez cierto margen para interpretarla? A lo largo de este texto presentaremos cómo no han sido pocos los partidarios de un “literalismo” a la hora de aplicar la ley, y para ello explicaremos lo sucedido durante la Revolución Francesa. Basados en la opinión de Rousseau, los ilustrados franceses creían que el legislador, en tanto que creador de la ley, era el que mejor conocía el espíritu de la misma, luego la interpretación de la ley por parte del jurista era arbitraria. Dicho de otra manera: la labor del juez se entendía nada más como la inferencia de una conclusión a partir de ciertas premisas (la ley y el caso). Aristóteles, sin embargo, ya había previsto este problema. Dado lo anterior, el propósito de este escrito es (1) explicar qué ha llevado a querer aplicar la ley al pie de la letra, (2) cuáles son sus riesgos y (3) la solución que Aristóteles propone a este asunto, en donde hablaremos sobre la prudencia y el juez como «ley dotada de vida».
En el presente trabajo estudiaremos las reflexiones planteadas por Aristóteles respecto a la justicia, empezando por su comprensión como virtud. Para ello, escaparemos momentáneamente del libro V y daremos lectura de los libros I y II a fin de captar someramente el significado de virtud (areté) y su división. Dicho esto, retornaremos al libro V y observaremos en qué radica la perfección de la justicia como virtud, asimismo, analizaremos sus manifestaciones particulares: distributiva, correctiva y como reciprocidad. Luego mostraremos las relaciones entre la justicia y otros conceptos, tales como la equidad y la amistad. Y finalmente incluiremos en el último acápite una reflexión a modo de conclusión.
Tópicos, Revista de Filosofía, 2017
Resumen: El presente artículo realiza un estudio del concepto aristotélico de ciudadano y qué es lo que le caracteriza para que pueda ser considerado tal. A la vez, y para esta consideración del ciudadano, se hace hincapié en la importancia de la distinción aristotélica entre gobernante y gobernado, y de la pertenencia del ciudadano a distintos regímenes. La atención proporcionada por Aristóteles a las virtudes que hacen de un hombre un buen hombre, y que hacen a un ciudadano un buen ciudadano, y la relación entre ambas figuras es también un aspecto central del artículo. Una de las conclusiones será la importancia de la virtud de la prudencia para la vida en la polis y en concreto para el gobernante.: The present article studies the Aristotelian concept of citizen and what characterizes him so that it can be considered as such. At the same time, and for this consideration of the citizen, emphasis is placed on the importance of the Aristotelian distinction between the ruler and the r...
CLASE. ARISTOTELES, 2020
Clase de la materia Filosofia del Derecho dictada para estudiantes del primer año de la carrera de abogacía.
Mercurio Peruano, 2017
Este trabajo es una parte de la tesis que se realizó para alcanzar el grado de magister en el programa sobre "Realidad, conocimiento, acción" cursado en la Universidad de Navarra. Fue defendida en el año 2014. La tesis completa se encuentra publicada en Dadun (Depósito
Estudios Públicos
* Traducción al castellano de María Teresa Miranda, quien agradece a Alberto Ide la preparación del borrador inicial.
Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho. N°. 36, 2013
En este trabajo utilizo la literatura como fuente de reflexión filosófica. En efecto, partiendo de la obra Las avispas de aristóFanes realizo un análisis filosófico de la importancia que tiene la moralidad de los jueces en la aplicación del derecho a casos concretos. Sostengo que la ética de la virtud puede ser una corriente que complemente las versiones deontologistas y consecuencia- listas que durante mucho tiempo han dominado la ética judicial. Asimismo, cuestiono la validez teórica del positivismo metodológico para dar cuenta adecuadamente del tipo de conexión fuerte que existe entre moralidad y derecho. Expongo el modo en que la frónesis o prudencia interviene en la aplicación del derecho a casos particulares.
Es posible formamos una idea del pensamiento estético de Aristóteles, estudiando los escasos textos en que menciona la belleza y encuadrándolos en el conjunto de su sistema. Desliza opiniones sobre lo bello en la Metafísica, en la Etica y en el tratado Sobre la Poesía. Establece, con bastante precisión, conceptos sobre qué es lo estético. Por de pronto, es diferente del bien, contrariamente a lo que opinaba Platón. "Pues que el bien y la belleza son diferentes (porque el primero lleva consigo siempre la conducta como objeto, mientras que la belleza se halla también en las cosas inmóviles). Aquellos que dicen que las ciencias matemáticas nada dicen sobre la belleza o el bien, sufren error. Porque estas -ciencias afirman y prueban muchas cosas sobre ellos; y si no los mencionan expresamente, sino que prueban atributos que son sus resultados o definiciones, no es cierto afirmar que nada nos dicen sobre ellos. Leis principales formas de la belleza son el orden, la simetría y la precisión, cosa que las ciencias matemáticas demuestran en grado especial. Y, puesto que éstos (el orden y la precisión) son claramente causa de muchas cosas, es evidente que esas ciencias deben considerar esta especie de principio causal (es decir, la belleza) también como causa en algún sentido"^. El bien como tal estimula a la acción; aunque se basa en la esencia metafísica de las cosas, es sólo bien en cuanto se relaciona con una voluntad. El bien se refiere a la practicidad, como algo que se ofrece en concepto de fin'*. La belleza, en cambio, puede existir también en lo inmóvil, aparte de toda avidez y deseo. Se nota, por de pronto, que el filósofo griego es contrario a todas aquellas definiciones, tan comunes en núes-1 b. 2 Etica Nicomaquea, I, 1, 1094; I, 8, 1098. 1445 Actas del Primer Congreso Nacional de Filosofía, Mendoza, Argentina, marzo-abril 1949, tomo 3 artística pueda afirmarse nunca lo mero particular, lo abstracto individual, lo finito en su limitación, y cuando parece que esto sucede, y esto sucede .en cierto sentido algunas veces. la representación o no es artística o no está lograda artísticamente". Breviario de Estética, traducido del italiano por José Sánchez Itoca, Buenos Aires, 1942, pág. 133. 3 Metafísica, XII, 7, 1072. * Poética, VI. 5 Para la distinción entre virtudes dianoéticas y éticas, véase Etica Nicomaquea, I, 13, 1102.
Vollubilis. Revista de pensamiento, 2006
El autor utiliza como pretexto la conocida historia del homicida campesino que era vecino de Descartes en Holanda y la defensa que el reputado filósofo realizó ante las autoridades para destacar la ética aristotélica presente en el pensamiento cartesiano, así como subrayar la importancia de la clemencia a la hora de impartir justicia. Palabras clave: Areté, Justicia, diferencia, anamnesis, humanismo.
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Ianua Classicorum. Temas y formas del Mundo Clásico. vol. II, 2014
Migración y ciudadanía: Perspectivas antiguas sobre un tema actual, 2024
Curso de Extensión Universitaria: La izquierda hermenéutica. Homenaje a Gianni Vattimo (UNED), 2016