ANEXO I RECOMENDACIONES Recordar a los Sres. Magistrados, Funcionarios y agentes internos: la vigencia de las de las acordadas N° 144/14, 156/19, 226/15, 50/17 y 190/19 que establecen el uso obligatorio del Sistema de Gestión de Expedientes Digital y la firma digital. Tener presente que a efectos de evitar la concurrencia personal de los abogados a las dependencias judiciales, deberán dentro del Sistema SIGED: 1. Cargar debidamente los datos de las partes que intervienen en el expediente; 2) Cargar debidamente los datos de los abogados que intervienen en los procesos incluyendo a los que aún no se encuentren registrados (Vincular), a los fines de habilitarles: a) el acceso al expediente digital y, b) la posibilidad de "subir documentos externos" con o sin firma digital; 3) Completar los campos obligatorios (*) requeridos por el sistema con datos claros y precisos, lo que permitirá posteriormente su rápida ubicación; 4) A los fines de disponer la visibilidad de los documentos: a) Los "externos" (escaneados) deberán estar en estado definitivo y; b) Los documentos "internos" en estado firmados digitalmente y publicados a despacho; 5) Publicar a despacho las providencias, resoluciones y sentencias, todo ello a efectos que las partes puedan consultar on-line los expedientes; 6) Instar a los Señores Magistrados, Funcionarios y agentes, al uso de la herramienta "compartir documentos" del SIGED para comunicaciones entre dependencias judiciales y administrativas; 7) Respetar la vigencia de la Acordada 25/13 "Reglamento de Uso del Correo Electrónico Institucional" que establece la obligatoriedad del Correo Zimbra, reiterando lo dispuesto en el artículo 4 que dispone la necesidad de designar un responsable de gestión de las cuentas de correo institucionales de cada dependencia.