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LEYORGÁNICANo.1896 3ONAY 2018 "POR MEDIO DE lA CUAL SE EXCEPTÚA Al MINISTERIO DEL TRABAJO, Al INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO (INPEC), Al CONGRESO DE lA REPÚBLICA-CÁMARA DE REPRESENTANTES Y SENADO DE lA REPÚBLICA, A lA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVil (UAEAC) y Al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA lA PROSPERIDAD SOCIAL (DPS), DE lO DISPUESTO EN El ARTíCULO 92 DE lA lEY 617 DE 2000" El CONGRESO DE COLOMBIA DECRETA:
Nosotros los Representantes del Estado del Ecuador, reunidos en Congreso, con el objeto de establecer la forma de Gobierno más conforme a la voluntad y necesidad los pueblos que representamos, hemos acordado la siguiente CONSTITUCIÓN DEL ESTADO DEL ECUADOR Título I. Del Estado del Ecuador Sección I. De las relaciones políticas del Estado del Ecuador Artículo 1.-Los Departamentos del Azuay, Guayas y Quito quedan reunidos entre sí formando un solo cuerpo independiente con el nombre de Estado del Ecuador.
2018
Recopilación y edición de la legislación española, publicada en la Gaceta de Madrid, correspondientes a los años 1892-1896. La relevancia de la publicación del presente volumen radica en la modificación que tuvo lugar en 1896 de la ley de reclutamiento y reemplazo del ejército de 11 de julio de 1885
TITULO 3.º -De los Venezolanos. TITULO 4.º -De los deberes de los Venezolanos. TITULO 5.º -De los derechos políticos los Venezolanos. TITULO 6.º -De las elecciones en jeneral. TITULO 7.º -De las asambleas parroquiales. TITULO 8.º -De las Asambleas, o Colejios Electorales. TITULO 9.º -Disposiciones comunes á las asambleas parroquiales y colegios electorales. TITULO 10. -Del Poder Legislativo. TITULO 11. -De La Cámara de Representantes. TITULO 12. -De la Cámara del Senado. TITULO 13. -De las funciones económicas y disposiciones comunes a ambas Cámaras. TITULO 14. -De las atribuciones del Congreso. TITULO 15. -De la formacion de las leyes y de su promulgacion. TITULO 16. -Del Poder Ejecutivo. TITULO 17. -Del Consejo de Gobierno. TITULO 18. -De los Secretarios del despacho. TITULO 19. -Del poder judicial. TITULO 20. -De la Suprema Corte de Justicia. TITULO 21. -De las Cortes Superiores de Justicia. TITULO 22. -Disposiciones jenerales en el órden judicial. TITULO 23. -De la administracion interior de las provincias. TITULO 24. -De los gobernadores de provincia y jefes de canton. TITULO 25. -De la fuerza armada. TITULO 26. -Disposiciones jenerales, TITULO 27. -Del juramento de los empleados. TITULO 28. -De la observancia, interpretacion, y reforma de la Constitucion. DECLARACION DEL CONGRESO CONSTITUYENTE CONSTITUCION DEL ESTADO DE VENEZUELA FORMADA POR LOS DIPUTADOS DE LA PROVINCIAS DE CUMANA,BARCELONA, MARGARITA, CARACAS, CARABOBO, CORO, MARACAYBO, MERIDA, BARINAS,APURE Y GUAYANA.
Lunes 30 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Sexta Sección) 95 SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO REGLAS de Operación del Programa Hábitat, para el ejercicio fiscal 2014.
L~NCr. -1 71t, 6 ENE 2016 "POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICAN EL CÓDIGO CIVIL, LA LEY 84 DE · 1989, EL CÓDIGO PENAL, EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" EL CONGRESO DE COLOMBIA DECRETA: ARTíCULO 1°. Objeto. Los animales como seres sintientes no son cosas, recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos, por lo cual en la presente ley se tipifican como punibles algunas conductas relacionadas con el maltrato a los animales, yse establece un procedimiento sancionatorio de carácter policivo y judicial. ARTíCULO 2°. Modifíquese el artículo 655 del Códígo Civil, así: Artículo 655. Muebles. Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose ellas a sí mismas como los animales (que por eso se llaman semovientes), sea que sólo se muevan por una fuerza externa, como las cosas inanimadas. Exceptúense las que siendo muebles por naturaleza se reputan inmUebles por su destino, según el artículo 658. Parágrafo. Reconózcase la calidad de seres sintientes a los animales. ARTíCULO 3°. Principios.
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EL PROBLEMA DEL ARTICULO 30 DE LA LEY 20.600, COMO MECANISMO PARA ASEGURAR EL DERECHO FUNDAMENTAL DE VIVIR EN UN MEDIO AMBIENTE LIBRE DE CONTAMINACION Y LOS PRINCIPIOS PRECAUTORIOS Y PREVENCION DEL DERECHO AMBIENTAL, 2018
ORÍGENES DEL PLAN DE ESTUDIOS DE 1967, 2022
Legislación Laboral en colombia, 2018
El Día, El Correo de la Mañana, El Debate, La Libertad, 1924