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DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. Este Código establece las obligaciones, y deberes de los miembros del Colegio de Ingenieros, y norma su conducta tanto en sus relaciones entre sí, como con las autoridades del Colegio de Ingenieros de Guatemala, las autoridades de gobierno, las universidades, la sociedad, sus empleadores o mandantes, sus empleados, así como con todas las personas o empresas y demás participantes en las actividades técnicas, docentes y profesionales, como con las regidas por otro código de ética similar. Para los efectos de este código se entiende como profesionales de la Ingeniería a todos los p rofesionales universitarios inscritos en el Colegio de Ingenieros de Guatemala.
Sociedad Mexicana de Psicología Código ético del psicólogo. -4a ed. -México : Trillas, 2007 (reimp. 2009). 118 p. ; 23 cm. Bibliografía: p. 50 Incluye índices ISBH 978-968-24-7890-1 1. Psicólogos. 2. Ética profesional. I. 1551 La presentación y disposición en conjunto de CÓDIGO ÉTICO DEL PSICÓLOGO son propiedad del editor. tlinguna pane de esta obra puede ser reproducida o trasmitida, mediante ningún sistema o método, electrónico o mecánico (incluyendo el fotocopiado, la grabación o cualquier sistema de recuperación y almacenamiento de información), sin consentimiento por escrito del editor Derechos reservados ©XL, 2007, Editorial Trillas, 5. A. de C. V División Administrativa Av. Rio
El título de una Ley depende en general de la materia que ella comprenda. En nuestro caso, " atendiendo a la agrupación natural de las profesiones dentro del dominio de la ciencia y de la técnica y a la tradición justificadamente establecida en nuestro país, el título de la Ley debería abarcar todas las profesiones relacionadas directamente con las ciencias físicas y matemáticas.
Artículo 1.-El presente Código de Ética tiene por objeto, establecer los principios y deberes éticos que rigen el desempeño del personal de COFIDE, en mérito a los servicios que éste presta, el cual interviene directa e indirectamente en contribuir al logro de la misión de COFIDE. Artículo 2.-Para el presente Código de Ética se establecen las siguientes definiciones: a) FUNCIÓN DEL TRABAJADOR DE COFIDE.-Se entiende por Función del trabajador de COFIDE toda actividad temporal o permanente, realizada por una persona al servicio de la Corporación , en cualquiera de sus niveles jerárquicos. b) TRABAJADOR DE COFIDE.-Cualquier funcionario o empleado, independientemente de la modalidad o plazo de contratación, que ha sido seleccionado, designado o electo para desempeñar actividades o funciones en nombre de la Corporación , en todos sus niveles jerárquicos. c) COMPROMISO.-Todo trabajador de COFIDE se compromete a tomar conocimiento del presente Código y asumir el compromiso para su debido cumplimiento. Artículo 3.-El presente Código es de aplicación a todos los trabajadores de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. -COFIDE.
En esta sección se indica la recopilación de los temas que aparecen en el código de ética para el licenciado en informática administrativa.
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ING. IND. MÉTODOS, ESTÁNDARES Y DISEÑO DEL TRABAJO, 2009
CODIGO DE ETICA DE LA FUNCION PUBLICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, 1999