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Me propongo mostrar cómo la tragedia de Edipo que puede leerse en Sófoclesdejaré de lado el problema del fondo mítico a ella-es representativa y en cierta manera instauradora de un determinado tipo de relación entre poder y saber, entre poder político y conocimiento, relación de la que nuestra civilización aún no se ha liberado. Creo que hay realmente un complejo de Edipo en nuestra civilización. Pero este complejo nada tiene que ver con nuestro inconsciente y nuestro deseo, y tampoco con las relaciones entre uno y otro.
La verdad y las formas jurídicas" _______________________________ -2 -
Latin American Journal of Humanities and Educational Divergences, 2024
Dentro del arco de problematizaciones filosóficas en torno a la verdad, aquí se toman en cuenta aquellas perspectivas que piensan en ella como una instancia que detenta un rol central en la conformación de nuestras subjetividades. Desde estas miradas, dirigir un análisis crítico hacia las dinámicas que asume la producción de verdad en nuestra actualidad –sus lógicas, sus formulaciones y sus efectos– implica en buena medida apuntar el ejercicio de la reflexión hacia nosotros mismos. Dicha reflexión hace a un lado las conexiones entre la verdad y “lo real” para concentrarse en las vinculaciones entre aquella y el poder; de allí que su carácter sea eminentemente político. A partir de estas consideraciones, el presente artículo recupera algunos elementos del pensamiento de Michel Foucault con el objetivo de caracterizar los supuestos e implicancias que involucra el despliegue de una “política de la verdad”.
Marcial Pons, 2008
En el presente libro, Germán Sucar se propone avanzar sobre el tópico sosteniendo que todo intento serio de respuesta exige una indagación acerca de las diferentes teorías sobre la naturaleza del derecho, así como de la distinción de ciertos niveles de análisis. De esta suerte, se examinan críticamente distintas concepciones del derecho en sus diversas variantes, y se defiende una versión del positivismo que contesta las más importantes objeciones que le han sido dirigidas y que permite explicar adecuadamente las numerosas cuestiones involucradas en la elucidación de la verdad jurídica. En el contexto de esta discusión se abordan con precisión y originalidad temas de la mayor actualidad para la teoría del derecho, como la naturaleza y alcance de las tesis que definen el positivismo jurídico, su eventual compromiso con el antirrealismo, la interpretación del derecho, las dificultades que generan su identificación y aplicación, la indeterminación y la derrotabilidad de las normas y su impacto en la determinación de los valores de verdad de los enunciados jurídicos, así como el juego de las nociones de aplicabilidad y pertenencia en el marco de la reconstrucción sistemática del material normativo. Uno de los méritos principales de esta obra es el haber logrado articular esa vasta multiplicidad de cuestiones en una exposición sistemática. Este libro, lúcido y de exposición clara, contribuirá con toda certeza a una mejor intelección de las perplejidades que suscita la complejidad de la práctica y la teoría jurídica actual. ÍNDICE (Resumen): Ontología, semántica y verdad. Naturaleza del derecho y verdad jurídica. Defensa del modelo positivista-normativista. Indeterminación del derecho y verdad de los enunciados jurídicos.
Intersticios Sociales, 2016
La verdad y el derecho guardan una vinculación muy estrecha, especialmente en la solución de conflictos llevada a cabo a través del proceso judicial. El juez cuando resuelve la controversia jurídica que ha conocido, tiene como base el conocimiento sobre la verdad de las proposiciones referidas a los hechos controvertidos, y adicionalmente, el conocimiento dogmático del derecho. En el primer caso, se presenta una serie de problemas a los cuales se enfrenta el juzgador, los cuales derivan del propio derecho o de la imposibilidad respecto de la reconstrucción de los hechos controvertidos tal y como acontecieron en el pasado. El control sobre esos dos obstáculos será determinante para que decisión judicial alcance un alto estándar de calidad epistemológica y jurídica, que repercuta positivamente en la generación del bien común.
La verdad y las formas jurídicas" _______________________________ -2 -
Resumen Usualmente se ha considerado que el trabajo de Foucault está atravesando por dos méto-dos principalmente: la arqueología y la genealogía. Dos métodos diferentes e incluso excluyentes entre sí, siendo el primero reemplazado por el segundo. Sin embargo, este trabajo propone que se puede interpretar la metodología foucaultiana, no desde dos métodos diferentes, sino desde un único método que incluye a los dos mencionados como ejes fundamentales e imbricados necesariamente, de tal forma que no se pueden separar. Abstract Habitually Foucault's thought has been considered to be developed through two different and opposed methods: genealogy and archeology. It is said the first of them replaces de the second one. On the contrary, this paper states that Foucault´s methodology can be interpreted as one single method that includes genealogy and archeology, being two fundamental overlapped axes that cannot be separated.
La verdad y las formas jurídicas" _______________________________ Michel Foucault "La verdad y las formas jurídicas" _______________________________ interior mismo de ésta y que, a cada instante, es fundado y vuelto a fund Hemos de dirigirnos pues -5 -Esta es pues la visión general del tema que me propongo desarrollar jurídicas y, por consiguiente, su evolución en el campo del derecho pena en de un determinado número de formas de verdad. Trataré de demostra cómo ciertas formas de verdad pueden ser definidas a partir de la práctica pe lo que llamamos indagación (enquête) -indagación tal como es y la pract filósofos del siglo XV al XVIII, y los científicos, fuesen geógrafos, botánicos economistas-es una forma muy característica de la verdad en nuestras socie Ahora bien, ¿dónde enc Michel Foucault "La verdad y las formas jurídicas" _______________________________ Hablando de la poesía, siempre en La Gaya Ciencia, Nietzsche afirm quienes buscan el origen de la poesía, su Ursp zar ciertas propiedades rítmicas o musicales del lenguaje para hablar, pa sus palabras, para establecer cierta relación de poder sobre los demás por me palabras: también la poesía fue inventada o fabricada.
Isegoría, nº 35, 2006
El trabajo se propone alcanzar tres objetivos: 1) Aclarar la disputada cuestión de la “naturaleza” de las presunciones en el Derecho; para ello se muestra la distancia que media entre el sintagma “es presumible” y el sintagma “se presumirá (o debe presumirse)” como forma de aislar adecuadamente la noción de “normas de presunción”. 2) Aclarada esta noción, mostrar la necesidad de introducir en su análisis la distinción entre reglas y principios; lo que permite distinguir, a su vez, entre normas de presunción-regla (presunciones-regla) y normas de presunción- principio (presunciones-principio). 3) Tratar de disolver en términos teóricos las llamadas “presunciones iuris et de iure”, para ello se distingue entre “normas de presunción” (que obligan a presumir) y “normas basadas en una presunción” (que no obligan a presumir).
Diseño de colección: tholön kunst Diseño de cubierta: Eugenia Lardiés * A lo largo del curso, con frecuencia se utiliza el término "jurisdicción" en su sentido etimológico: juris-dictionem, en latín, "decir lo que es justo". Tomado de este modo, Foucault establece un juego entre "jurisdicción", decir lo justo, y "veridicción", decir lo verdadero. [Nota de E. C.]
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