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REGLAMENTO PARA ESCUELAS DE TIEMPO COMPLETO
Reservados todos los derechos. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopias, grabación magnética o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación, sin el previo permiso escrito de los autores. © 2010 con permiso de ERGON C/ Arboleda, 1. 28220 Majadahonda (Madrid) ISBN: 978-84-693-6799-5 Depósito Legal: M-43659-2010 Impreso en España Cuando se cite alguna parte o la totalidad de esta obra, se especifi cará: Autor del capítulo. Título del mismo. En: GUÍAS OPERATIVAS PARA CEIC / CEI-III. Controversias actuales en la evaluación de la investigación biosanitaria. Inés Galende Domínguez. Coordinadora. Fundación AstraZeneca. Madrid, 2010. Págs.:
Resumen: En la presente practica se intentó demostrar el efecto que tiene un reforzador sobre un sujeto experimental infrahumano, en este caso una rata noruegicus albinicus, de tres meses de edad, macho, ingenua experimentalmente, procedente del bioterio de la Fes Zaragoza. A la cual, se le buscó condicionar el comportamiento de palanqueo, asociado con luz y reforzadores positivos (alimento), dentro de la caja de Skinner. Lamentablemente el corto tiempo del que se dispuso para la realización de la práctica, no permitió que se lograra llegar a alguna razón fija de acercamientos a palanca y comedero, por lo que se opto por la medición, de tres diferentes tipos de registro, de acercamiento a comedero, palanca y por ultimo acercamiento a palanca por intervalos de tiempo (7 minutos), en las diferentes sesiones previstas para llevar a cabo esta práctica de condicionamiento operante.
1 de 98 LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de agosto de 1932 TEXTO VIGENTE Última reforma publicada DOF 20-08-2008 Al margen un sello que dice: Poder Ejecutivo Federal.-Estados Unidos Mexicanos.-México.-Secretaría de Gobernación. El C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, se ha servido dirigirme la siguiente ley: PASCUAL ORTIZ RUBIO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:
RESUMEN Este artículo es el resultado de una investigación sobre rendimientos y consumos de mano de obra en actividades de construcción de proyectos de vivienda de interés social en mampostería estructural. Durante seis meses se realizaron observaciones y se tomaron datos suficientes para ser analizados estadísticamente. Como resultado, se inició la conformación de una base de datos sobre consumos de mano de obra, que incluye los factores que inciden sobre dicho consumo. Como aplicación práctica de la investigación, se desarrolló un software con el cual es posible predecir el consumo de mano de obra en las actividades estudiadas, a partir de la calificación de los factores de afectación. ABSTRACT This paper is the result of a project research about construction man-hour in building activities for houses built by means of structural masonry system. During six months many observations were carried out, getting enough information in order to be statisfically analyzed. As a result, a data base about construction activities man-hours took form, including several factors which affect them. With the obtained outcome, a comparison with the building firm man-hours cost was established. Likewise, as a research practical application, a software was developed, which calculates the construction man-hours for each one of the studied construction activities, by qualifying the influential factor (independent variables) in man-hours.
Condicionamiento Operante , 2019
Un breve estudio sobre el condicionamiento Operante.
se ha encontrado bajo constante escrutinio durante la última década debido a crecientes inquietudes que desde diferentes sectores se han realizado, particularmente la academia, órganos de la sociedad civil y Estados. Ese escrutinio ha llevado a las partes interesadas a iniciar procesos de reforma con el propósito de mejorarlo. Uno de los actores claves del sistema es el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), el cual no ha sido ajeno a ese proceso de reformas. El CIADI tiene su origen en un Tratado, es decir, el Convenio de Washington. Este Convenio no fue modificado porque, entre otras razones, renegociar las condiciones de un Tratado no es tarea baladí ni fácil y ante las circunstancias, no habría sido ni deseable conveniente hacerlo. Por ello, la Secretaría del CIADI consciente de las crecientes y legítimas inquietudes respecto del sistema, comenzó a plantear una segunda reforma a las Reglas de Arbitraje y así lo comunicó a los Estados contratantes en octubre de 2016. Este ejercicio se había hecho anteriormente en el año 2006. También se reformó otros instrumentos del CIADI como el Reglamento del Mecanismo Complementario, Reglas de Mediación, Reglas de Comprobación de Hechos. En este caso, me referiré únicamente a las relacionadas con el arbitraje. La metodología consistió en la preparación de un borrador de propuesta de reforma distribuido en los tres idiomas oficiales del CIADI (a saber, inglés, español y francés), acompañado de una explicación de cómo estas reformas modificarían la práctica y una invitación a enviar comentarios por escrito al borrador. Esta metodología consistió en los
ensayo de los limites operacionales de motores a reacion
Modelado de la biodegradación en biorreactores de lodos de hidrocarburos totales del petróleo intemperizados en suelos y sedimentos (Biodegradation modeling of sludge bioreactors of total petroleum hydrocarbons weathering in soil and sediments)
La reedición de Operación Príncipe es en reconocimiento a Raúl Pelegrín, Cecilia Magni, Roberto Nordenflicht, y todos los combatientes protagonistas de la acción operativa que representó la conciencia, independencia y fortaleza del FPMR en el escenario político de negociaciones ínter burguesas para el tránsito de dictadura a gobiernos civiles continuistas, desde un contenido rebelde y en condiciones tan adversas, poniendo muy en alto la moral y principios del Frente ante el pueblo, simientes sobre los cuales el rodriguismo construyó su nuevo proyecto político…
Codificación 17, publicada en el Registro Oficial Suplemento 167 de 16-Dic-2005 Contiene hasta la reforma del 26-Sep-2012 ACTUALIZADO A MAYO 2013 LA COMISION DE LEGISLACION Y CODIFICACION Resuelve: EXPEDIR LA SIGUIENTE CODIFICACION DEL CODIGO DEL TRABAJO TITULO I DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO Capítulo I De su naturaleza y especies Parágrafo 1ro. Definiciones y reglas generales Art. 8.-Contrato individual.-Contrato individual de trabajo es el convenio en virtud del cual una persona se compromete para con otra u otras a prestar sus servicios lícitos y personales, bajo su dependencia, por una remuneración fijada por el convenio, la ley, el contrato colectivo o la costumbre. Estos contratos están exentos de todo impuesto o tasa. Art. 22.-Condiciones del contrato tácito.-En los contratos que se consideren tácitamente celebrados, se tendrán por condiciones las determinadas en las leyes, los pactos colectivos y los usos y costumbres del lugar, en la industria o trabajo de que se trate. En general, se aplicarán a estos contratos las mismas normas que rigen los expresos y producirán los mismos efectos. Art. 23.-Sujeción a los contratos colectivos.-De existir contratos colectivos, los individuales no podrán realizarse sino en la forma y condiciones fijadas en aquellos. Art. 23.1.-El Ministerio del ramo podrá regular aquellas relaciones de trabajo especiales que no estén reguladas en esté Código, de acuerdo a la Constitución de la República. Nota: Artículo agregado por Ley No. 00, publicada en Registro Oficial Suplemento 351 de 29 de Diciembre del 2010. pero el trabajador sí podrá hacer valer los derechos emanados de tales contratos. En general, todo motivo de nulidad que afecte a un contrato de trabajo sólo podrá ser alegado por el trabajador. Art. 41.-Responsabilidad solidaria de empleadores.-Cuando el trabajo se realice para dos o más empleadores interesados en la misma empresa, como condueños, socios o copartícipes, ellos serán solidariamente responsables de toda obligación para con el trabajador. Nota: Inciso segundo derogado por Decreto Legislativo No. 8, publicado en Registro Oficial Suplemento 330 de 6 de Mayo del 2008. Capítulo IV De las obligaciones del empleador y del trabajador Art. 42.-Obligaciones del empleador.-Son obligaciones del empleador:
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