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2019, Revista Question
En este trabajo me interesa plantear un debate sobre el concepto de Estado terrorista, que considero particularmente relevante para el campo de estudios sobre formas de represión y violencia política en el pasado reciente argentino. Argumentaré que en este campo adolecemos de una reflexión sobre el concepto de Estado, es decir, de un armazón conceptual que nos permita abordarlos modos en que esas formas de violencia estatal se engarzaron en distintas burocracias e instituciones, legales y clandestinas, en tiempos de la última dictadura argentina (1976-1983). Para ello, voy a retomar un trabajo del cientista social Philip Abrams (1977 [1988]) en el que propone abordar este problema desde dos conceptos interrelacionados: la idea-de-Estado y el sistema-de-Estado. En función del planteo del autor, analizaremos las fertilidades y límites del término “terrorismo de Estado”, así como daremos cuenta del proceso histórico mediante el cual fue creado por el activismo de derechos para impugnar la represión dictatorial.
Sociohistórica
En 1983, cuando la última dictadura militar argentina estaba terminando, Eduardo Luis Duhalde acuñó el concepto “Estado terrorista” para caracterizar al nuevo modelo represivo creado la dictadura. Este concepto (y su término emparentado “terrorismo de Estado”) trascendió los años y las fronteras: hoy es un vocablo central en las disputas por el sentido del pasado reciente. Estas disputas han opacado el debate sobre la utilidad del término como herramienta teórico-metodológica. A más de 30 años de su creación, ¿qué potencialidades y límites tiene el concepto para caracterizar las formas de la violencia estatal en la última dictadura militar? Este artículo busca responder esta pregunta reseñando los principales elementos del debate actual sobre las formas de periodizar y caracterizar la violencia estatal en la segunda mitad del siglo XX. Luego, se reseñan las principales críticas formuladas al concepto “Estado terrorista” y, atendiendo a ellas, se propone una relectura del término.
Revista História: Debates e Tendências, 2019
Nos proponemos reflexionar acerca del uso por parte de diferentes actores de una de las categorías de análisis socio-histórico que ha marcado las formas de pensar al Estado nacional de la última dictadura militar en la Argentina: Estado terrorista. Se ha señalado, críticamente, que quienes abordan la cuestión estatal en términos históricos no reflexionan lo suficiente acerca de las implicancias teóricas de esta categoría como, por ejemplo, en su impacto en el diseño e implementación de los dispositivos represivos. En este sentido, en los últimos años se ha discutido sobre la legitimidad y utilidad de la noción de Estado terrorista para comprender las formas específicas que adoptó el ejercicio de la violencia por parte del último gobierno militar. Mientras que algunos trabajos la retomaron considerándola productiva, otros se apropiaron de conceptualizaciones como la de genocidio o poder concentracionario para examinar esta singular experiencia histórica. Asimismo, otros análisis han contrapuesto el conocimiento surgido del movimiento social de aquel originado en los ámbitos científicos, mostrando una preocupación por el uso de estas nociones a las que se considera "contaminadas" por lo político. De conjunto, apuntamos en este texto a examinar distintos elementos que explican cómo se llega a esta teorización sobre el Estado, y en tal sentido, deseamos contribuir al debate sobre el uso de categorías teóricas específicas para el análisis histórico, delimitando y situando su contexto de creación.
Terrorismo de estado, 2020
Análisis sobre la frase: “Los terroristas de Estado, se aprovechan de la existencia de zonas -en algunos estados/países- que escapan al control de las autoridades, para organizarse, entrenarse y preparar los ataques que llevaran adelante.”
Revista História: Debates e Tendências
Nos proponemos reflexionar acerca del uso por parte de diferentes actores de una de las categorías del análisis socio-histórico que ha marcado las formas de pensar al Estado nacional en los años de la última dictadura militar en la Argentina: la de Estado terrorista. Se ha señalado, críticamente, que quienes abordan la cuestión estatal en términos históricos reflexionan poco sobre las implicancias teóricas de esta categoría a la hora de pensar, por ejemplo, el diseño e implementación de los dispositivos represivos. En este sentido en los últimos años se ha trabajado sobre la legitimidad y utilidad de la noción de Estado terrorista para entender las formas específicas que adoptó el ejercicio de la violencia por parte del último gobierno militar. Mientras que algunos la retomaron considerándola productiva, otras investigaciones se apropiaron de conceptualizaciones como la de genocidio o poder concentracionario para abordar la comprensión de esta experiencia histórica singular. Asimism...
Este artículo propone una crítica del concepto de State Sponsor of Terrorism, término que a partir de la práctica de la política exterior de los Estados Unidos se ha convertido en uno de los principales discursos para legitimar la guerra en el siglo XXI. Esta noción fue esgrimida concretamente tras el 11-S contra Afganistán e Irak y sirvió para compeler a través de la amenaza del uso de la fuerza el accionar de muchos otros Estados en los años posteriores. Bajo el marco analítico de los estudios críticos sobre seguridad y terrorismo, intentaremos mostrar las falacias que evidencia la aplicación de este concepto a un caso histórico concreto –Afganistán en el 2001-, para luego proceder a una crítica del concepto como tal, en base a sus contradicciones internas y contenido normativo.
Eguzkilore Cuaderno Del Instituto Vasco De Criminologia, 2001
responsabilidad penal de los menores, en relación con los delitos de terrorismo. Así, se explican los objetivos de esta reforma: agravar las penas por conductas de terrorismo urbano, tipificar de manera específica los desórdenes y altercados en los Plenos municipales para apoyar a los terroristas, incrementar la pena de inhabilitación para los terroristas condenados, tipificar nuevamente la apología, tipificar las conductas de humillación a las víctimas de actos terroristas, o incrementar el plazo de internamiento en régimen cerrado. Laburpena: 2000ko azaroaren 16an aprobatutako lege organikoaren proiektua aztertzen da, 1995eko azaroaren 23 datako lege organikoa, kode penala, eraldatzen duena eta baita adingabekoen erantzukizun penala erregulatzen duen 5/2000 lege organikoa terrorismoari bideratua. Eraldaketa honen helburuak azaltzen dira terrorismo jokaerak zigor gogorragoz zigortzea, terroristentzat ezgaikuntza zigorrak gogortzea, apologia tipifikatzea, terrorismoaren biktimak direnen aurkako irainak tipifikatzea, edo eta barnerapen zigorren epeak luzatzea. Résumé: On analyse le Projet de Loi, approuvé le 16 novembre 2000, de modification de la Loi 10/1995, du 23 novembre, du Code pénal, et de la Loi Organique 5/2000, de du 12 janvier, sur la responsabilité pénale des mineurs, par rapport aux infractions de terrorisme. Ainsi, on explique les objectifs de cette réforme: aggraver les peines par des conduites de terrorisme urbain, légiférer de manière spécifique les désordres et les démêlés dans les Séances plénières municipales pour soutenir aux terroristes, d'augmenter la peine de déclaration d'inhabilité pour les terroristes condamnés, légiférer l'apologie et les conduites d'humiliation aux victimes d'actes terroristes, ou d'augmenter le délai d'internement en régime fermé.
2019
En el escrito se presenta una serie de reflexiones teoricas con el objetivo de problematizar el concepto “Estado”. Estas reflexiones se nutren de un conjunto de sugerencias hallado en textos de diferentes disciplinas que comparten la preocupacion por el modo en que historicamente se ha tratado el problema del “Estado” en las ciencias sociales. Partiendo de problematizar las concepciones que cosifican y antropomorfizan lo estatal, se presentan dos lineas de reflexion sobre la categoria “Estado”; a saber, el “Estado” como creencia y el Estado como forma cultural. Se finaliza con una sintesis critica de lo expuesto.
A Licencia CC-NC-ND absTRacT During the 1970s, for the first time in the political history of Southern Cone, a supranational integration between the various dictatorships in the region was established. Those dictatorships intensified state repressive action, by operating a counterrevolutionary war machinery of state, with a clear desire to liquidate the opposition that reached its objective through the disappearance of people and the spread of terror. A result of this process was the massive violation of human rights with no national or ideological boundaries. In the social sciences, the conceptualization of state terrorism was used before its conceptual precision allowed uniform criteria. This article contributes with a conceptual theoretical reflection to advance the understanding of the specific mechanisms of emergence, expansion and transnationalization of state terrorism. It is exemplified by the specific study of Operación Cóndor, which demonstrates the integration of the dictatorships of Argentina, Bolivia, Brazil, Chile, Paraguay and Uruguay.
Educación en Mendoza (1973–1983). Lucha, represión, dictadura y microrresistencias, 2023
Las autoras elaboran un marco sobre los alcances del accionar represivo previo y en dictadura. Destacan que previo a la dictadura funcionaron el Comando Anticomunista de Mendoza (CAM) y el Comando Moralizador Pío XII, a cargo del jefe de la Policía Provincial, vicecomodoro Julio César Santuccione. Este último impulsó acciones represivas de carácter sexo-genérico con secuestro a mujeres en situación de prostitución, y el segundo de articulación de violencia institucional y paraestatal con los asesinatos a jóvenes de sectores populares, vinculados a negocios clandestinos como quiniela clandestina, drogas o prostitución. Destacan que tanto las medidas coercitivas lícitas como las ilícitas fueron parte de una misma trama represiva previa al golpe de Estado. Realizan una pormenorizada descripción de la participación de cada fuerza, sus áreas, dependencias, señalando la subdivisión en siete subáreas operacionales para el desarrollo de las acciones de la "lucha contrasubversiva". El capítulo menciona las locaciones del terror y registra víctimas y las circunstancias de secuestro, asesinato, detención y destino posterior. La trama explica la cifra de personas desaparecidas de y en Mendoza que asciende a más de 275 hombres y mujeres y cientos de personas secuestradas y/o exiliadas. A su vez constan los tres casos con resolución judicial de restitución de identidad de nietos/as.
Una reflexión sobre el contraterrorismo y el mal llamado "terrorismo de Estado" a partir de las memorias del conde Witte, ministro del zar Nicolás II a comienzos del siglo XIX
Diálogos de saberes: investigaciones y …, 2010
El concepto de terrorismo de Estado: una propuesta de Lege Ferenda ... Terrorism of State, Antiterrorism, Terrorism, Human Rights. ... ¿Qué significa el terrorismo de Estado y por qué de su utilización en el ámbito socio-político?, ¿Qué relación existe entre esta clase de ...
Historia Contemporánea, 2012
Resumen Abandonando el «prejuicio» que consiste en pensar que la construcción del Estado fue la razón de ser de la historia rusa, este articulo expone el campo semántico (siglos XIV-XX) de Gosudarstvo («patrimonio del Zar»,«Imperio», etc.), el concepto ruso ...
Reseña de “El Terrorismo de Estado en la Argentina” - Apuntes sobre su historia y sus consecuencias, Buenos Aires, Instituto Espacio para la Memoria (IEM), 2010.
2010
Until now, the discussion to get a reconciled respected and easily applied definition of terrorism is not pacific. As the concept is raised it is very functional to the parcialiced interpretive. The shades that this concept acquires are very dissimilar, that that variety of interpretations is fomented, with more reason, if the actions are violent and this threaten or attack in a real or supposedly way certain interests of countries are considered as powers; in this case, the emotional grade about terrorism increases, for this reason, the antiterrorist answer has an emotional value amount, and whit this, the infringing persecution of fundamental rights to individuals on which there is an ill-will, individual that has been considered terrorists that allows them rights under the consideration almost unanimous of the humanity, of necessity protection of the whole society.
Estado de Excepción y terrorismo de Estado, 2020
Este libro recoge, en gran medida, los resultados del I Encuentro Internacional de Estudios sobre Estados de Excepción y Terrorismo de Estado (Santiago de Compostela, 13-14 noviembre 2018).
Aldo Isuani Personal Page, 2008
Al examinar algunos de los autores clásicos del campo de la teoría política, encontramos tres conceptos principales de Estado. El primer concepto de la teoría del contrato social y de la teoría de Max Weber, ofrece dos variantes de Estado como una asociación. En ambas el Estado coincide con la sociedad y difiere de la institución de gobierno. El Estado, así, surge como resultado de un acuerdo hecho por individuos (contrato social) o por un grupo que se impone sobre otros grupos sociales (Weber). El segundo concepto fue representando por Hegel, que propuso el Estado como una dimensión abstracta abarcando otras dimensiones de la sociedad. Aquí la díada Estado-sociedad civil adquiere significado. Finalmente, el Estado tiene ha sido también conceptualizado como un aparato separado de la sociedad, operando a través de sus instituciones gubernamentales, administrativas y coercitivas. Esta es el abordaje de los pensadores marxistas clásicos. La mayoría de los autores clásicos usaron una de esas nociones de manera consistente. Sin embargo, algunos de ellos y otros tendieron a mezclar nociones diferentes. De esta manera, nos enfrentamos con un rompecabezas semántico cuando aparece el término Estado. El objetivo de este artículo es volver explícitos los diferentes modos por lo cuales el Estado puede ser conceptualizado. Como muchos otros conceptos centrales de las ciencias sociales, el concepto de Estado continúa en gran parte, intuitivo. Algunos autores intentan volver su significado explícito cuando usan el término e, es claro, las definiciones varían muchísimo. Otros autores, la mayoría simplemente usan el término. Las cosas se vuelven todavía más complicadas cuando este acuerdo tan intuitivo es combinado con otros conceptos igualmente intuitivos como poder y sociedad civil. La existencia de diversos significados del término e no es poco común encontrar un autor usando un paradigma pero adoptando un concepto de Estado que corresponde a otro paradigma. No hay salida para ese laberinto semántico, excepto adoptar una actitud tan crítica como fuere posible. Esos conceptos tan cruciales para el entendimiento de cuestiones fundamentales de las ciencias sociales deben ser definidos explícitamente. El concepto de Estado es uno de ellos y será el objeto de análisis de este trabajo. Aquí, el intento es sintetizar varias nociones diferentes de Estado. "
1977
900020882-BIBLIOTECA CEPAL 1158 REVISTA MEXICANA, DE SOCIOLOGÍA también, más generales. La exploración detallada de sus consecuencias, así tOííiò ti áfifeíamiento á& contrasfes más especí/Tcos entre diversos casos latinoamericanos, no oibe en este trabajo. Esto es materia del estudio arriba mencionado, por lo que estos "apuntes" también son parciales en el sentido de que quedan truncos antes de llegar a aquel plano de especificidad histórica. Pero, como instrumento elaborado, precisamente, a partir de, y para avanzar en, un estudio colocado en ese plano, la ilusión es que puedan contribuir al engarce entre detalle y teoría que tanto necesitamos-no sólo como pura conveniencia de progreso intelectual. I PRIMERA SECCION: SOCIEDAD Y ESTADO 1 Algtinas definiciones preliminares. ^ Primero una definición que habrá que desplegar paso a paso. Entiendo por Estado al componente especííicamente político de la dominación en una sociedad territorial delimitada. Por dominación (o poder) entiendo la capacidad, actual y potencial, de imjwner regularmente la voluntad sobre otros, incluso pero no necesariamente contra su resistencia. Lo político en sentido propio o específico lo entiendo, entonces, como una parte analítica. ^ del fenómeno más general de Ja dominación: aquélla que se halla respaldada por la marcada supremacía en el control de los medios de coerción física ° en un territorio exduyente delimitado. ^ Com-Utilizaré aquí numerosos aportes-clásicos y contemporáneos-y tocaré discusiones emprendidas desde variados ángulos. Esto implica una enorme bibliografía que sería un ejercicio de pedante erudición citar más o menos completamente. Esta razón, (y alguna más coyuntural) me ha-decidido a mencionar sólo contribuciones y recientes y poco accesibles que lian influido directamente en mis razonamientos. ® Un punto crucial para éste y posteriores razonamientos! dado un conjunto, partes "concretas son aquellas que pueden desagregarse del mismo y todavía ser captables sensorialmente (por ejemplo, la pata de ana asesa). Aspectos "analíticos" son aquéllos que pueden ser abstraídos intelectualmente pero coa los que no se puede llevar a cabo la operación anterior (por ejemplo, la forma de esa mesa). Cuando en adelante hable de "aspectos" deberé entenderse que la referencia es analítica. ® En adelante usaré indistintamente los términos coacción o coerción físicíi. * Otras relaciones de dominación no contienen esa respaldo. No por ello dejan de serlo, pero no lo son de dominación política, según ks definiciones que estoy estipulando. Por supuesto, en tanto éstas son parte del conjunto de relaciones de dominación, no dejan de parecerse a" las relaciones no políticas de dominación. Esto es reflejado en el lenguaje común y en algunas corrientes intelectuales, que
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