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Tirar a matar en cumplimiento de un deber

2017, RECPC

Abstract

Que un agente de policía puede recurrir al uso de la fuerza de forma justificada resulta incontrovertido. Ahora bien, ¿está jurídicopenalmente obligado a ello? ¿en qué medida es responsable en caso de omitir una conducta salvadora lesiva? ¿puede un ordenamiento penal imponer legítimamente un deber de protección cuyo cumplimiento exija en el caso concreto acabar con la vida de un ciudadano? A dar respuesta a estas tres preguntas se consagra el presente trabajo. Para ello, se analiza en primer lugar el fundamento y los límites de los deberes de protección de los agentes de policía en el ordenamiento español. Acto seguido se aborda el problema de la naturaleza jurídico-penal del deber que obliga a los agentes de policía a proteger a los particulares frente a hechos antijurídicos: ¿se trata éste de un deber de garante o de un mero deber de solidaridad (arts. 412.3 y 450 CP)? El presente artículo concluye examinando la legitimidad de un deber de protección policial que requiere en el caso concreto un uso letal de la fuerza (“disparo final salvador”).