Academia.edu no longer supports Internet Explorer.
To browse Academia.edu and the wider internet faster and more securely, please take a few seconds to upgrade your browser.
…
19 pages
1 file
GALATI, Elvio, “La eutanasia y la medicalización de la muerte desde una perspectiva jurídica compleja”, en “Revista Latinoamericana de Bioética”, vol. 18, nº34-1, págs. 68-86, Bogotá, Universidad Militar de Nueva Granada, 2018, en https://revistas.unimilitar.edu.co/index.php/rlbi/article/view/1833/2817 (8.5.2018).
Eutanasia, 2015
La eutanasia según la OMS: La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la eutanasia como aquella "acción del médico que provoca deliberadamente la muerte del paciente". La eutanasia se puede realizar por acción directa: proporcionando una inyección letal al enfermo, o por acción indirecta: no proporcionando el soporte básico para la supervivencia del mismo. En ambos casos, la finalidad es la misma: acabar con una vida enferma. En primer lugar recordamos la doctrina católica sobre la eutanasia, tal como ésta es presentada sintéticamente en el Catecismo de la Iglesia Católica. Esta doctrina no se basa solamente en la Divina Revelación, sino que, en sus líneas esenciales, es accesible también a la recta razón natural del hombre, por lo que la proponemos no solamente a los miembros de la comunidad cristiana, sino también a toda persona, creyente o no creyente, que quiera formarse una opinión recta sobre este tema: Aquellos cuya vida se encuentra disminuida o debilitada tienen derecho a un respeto especial. Las personas enfermas o disminuidas deben ser atendidas para que lleven una vida tan normal como sea posible. Cualesquiera que sean los motivos y los medios, la eutanasia directa consiste en poner fin a la vida de personas disminuidas, enfermas o moribundas. La eutanasia desde el catecismo de la Iglesia: Es moralmente inaceptable. Por tanto, una acción o una omisión que, de suyo o en la intención, provoca la muerte para suprimir el dolor, constituye un homicidio gravemente contrario a la dignidad de la persona humana y al respeto del Dios vivo, su Creador. El error de juicio en el que se puede haber caído de buena fe no cambia la naturaleza de este acto homicida, que se ha de rechazar y excluir siempre. Legalmente: Los diputados de Ciudad de México aprobaron por mayoría incluir en su nueva Constitución el derecho a la eutanasia, según un artículo aprobado el pasado 4 de enero en el Congreso capitalino. El artículo relacionado con la "autodeterminación personal" incluyó la posibilidad de que una persona decida cuándo quiere terminar con su vida. "Este derecho humano fundamental deberá posibilitar que todas las personas puedan ejercer plenamente sus capacidades para vivir con dignidad. La vida digna contiene implícitamente el derecho a una muerte digna", dice el texto aprobado la semana pasada. El artículo se aprobó en la Asamblea Constituyente, una institución en la que se redacta una nueva Constitución para Ciudad de México que desde principios de 2016 se convirtió en la entidad 32 de ese país. A partir de la reforma política la capital mexicana se abrió paso para crear su propia Constitución bajo la cual se regirá el Gobierno local a partir de 2018. Eutanasia en el código de derecho canónico: "Llamaremos eutanasia a la actuación cuyo objeto es causar la muerte a un ser humano para evitarle sufrimientos, bien a petición de éste, bien por considerar que su vida carece de la calidad mínima para que merezca el calificativo de digna. Así considerada, la eutanasia es siempre una forma de homicidio, pues implica que un hombre da muerte a otro, ya mediante un acto positivo, ya mediante la omisión de la atención y cuidados debidos."(3) Esta es la "eutanasia en sentido verdadero y propio", es decir, "una acción o una omisión que por su naturaleza y en la intención causa la muerte, con el fin de eliminar cualquier dolor"
GruPo de estudios de ética clínica de la sociedad Médica de santiaGo* euthanasia and medical act Right to life –as the prohibition of intentionally and arbitrarily taking life, even with authorization of the concerned one– is an internationally recognized right. In many countries, debate regarding euthanasia is more centered in its convenience, social acceptability and how it is regulated, than in its substantial legitimacy. Some argue that euthanasia should be included as part of clinical practice of health professionals , grounded on individual's autonomy claims–everyone having the liberty to choose how to live and how to die. Against this, others sustain that life has a higher value than autonomy, exercising autonomy without respecting the right to life would become a serious moral and social problem. Likewise, euthanasia supporters sometimes claim a 'right to live with dignity', which must be understood as a personal obligation, referred more to the ethical than to the strictly legal sphere. In countries where it is already legalized, euthanasia practice has extended to cases where it is not the patient who requests this but the family or some healthcare professional, or even the legal system–when they think that the patient is living in a condition which is not worthy to live. Generalization of euthanasia possibly will end in affecting those who need more care, such as elder, chronically ill or dying people, damaging severely personal basic rights. Nature, purpose and tradition of medicine rule out the practice of euthanasia, which ought not be considered a medical act or legitimately compulsory for physicians. Today's medicine counts with effective treatments for pain and suffering, such as palliative care, including sedative therapy, which best preserves person's dignity and keeps safe the ethos of the medical profession. (Rev Med Chile 2011; 139: 642-654).
Atencion Primaria, 2009
Disponible en Internet el 8 de mayo de 2009
Este artículo consta de 3 partes: la primera es una a breve introducción al tema.En la segunda se confronta la eutanasia con la moralidad. Eso exigirá que expongamos las pruebas a su favor. Y en la tercera se estudian las objeciones a la eutanasia.
La eutanasia significa entre varios aspectos la inducción de la muerte sin dolor en interés del destinatario y supone una reducción en la duración de la vida de un enfermo terminal. El daño que se infringe al destinatario es la reducción del tiempo de vida; si el enfermo no es terminal entonces no es caso de eutanasia. Esta se fundamenta en el principio de que nadie puede ser cruel con los demás. La idea más básica de la eutanasia está relacionada con la benevolencia. La vida humana es un valor prima facie, pero eso no significa que la vida es siempre el valor supremo.
En este artículo, el Rab. Dr. Fishel Szlajen, demuestra desde la pragmática el populismo moral que representa la legalización de la eutanasia o suicidio asistido, y cómo en los pocos países que la implementaron resultó en una pendiente resbaladiza provocando apremios psicológicos y sociales para el personal sanitario así como también para el paciente, aplicando la eutanasia incluso por fuera de los límites en los cuales se había establecido. Básicamente, la eutanasia ha demostrado ser una moralización de un facilismo de la muerte como proyecto, disminuyendo los niveles sociales e individuales de tolerancia, esfuerzo y respeto, despreciando la responsabilidad para con quien depende de cuidados, descartando al desamparado, al débil, dejándolos en condiciones de extrema vulnerabilidad.
2011
Proyecto académico sin fines de lucro, desarrollado bajo la iniciativa de acceso abierto Revista Cubana de Higiene y Epidemiol 2011;49(3):434-449 moderada, positiva y significativa la relación entre comportamientos funcionales y la seguridad industrial en los trabajadores de las empresas del sector de la construcción del estado de Zulia, atendiendo el resultado de Spearman de 0.466.
Loading Preview
Sorry, preview is currently unavailable. You can download the paper by clicking the button above.
Anuario de Derechos Humanos, 2008
Revista de la Universidad Industrial de Santander. Salud, 2022
Eguzkilore Cuaderno Del Instituto Vasco De Criminologia, 1995
Anuario de Derechos Humanos. …, 2000
Congreso Internacional "Evangelium Vitae e Diritto", Roma, 1997
RBB. Revista Brasileira de Bioética, 1969
Revista de la Facultad de Jurisprudencia de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador (RFJ) , 2019
Contribuciones a las …, 2009