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El Derecho Administrativo. Complejo de principios y normas de Derecho público interno que regula: la organización y comportamiento de la administración pública, directa e indirectamente; las relaciones de la administración pública con los administrados; las relaciones de los distintos órganos entre sí de la administración pública; a fin de satisfacer y lograr las finalidades del interés público hacia la que debe tender la Administración.
EL derecho administrativo está integrado por una serie de normas de diferentes niveles que entre si conforman un sistema normativo en la medida en que sean coherentes y plenas normas estructuradas jerárquicamente donde el criterio de validez de las normas inferiores están determinas sustancial, material y formalmente x las normas superiores a cuya base se encuentra la cp. Donde la ruptura de uno de estos eslabones jerárquico o desconocimiento de la norma superiores con lleva a vicios de validez de la norma política.
EN QUE CONSISTE EL DEBER DE LOS JUECES U OPERADORES DE JUSTICIA DE MOTIVAR Y FUNDAMENTAR SUS SENTENCIAS O DECISIONES. El juez, al emitir un fallo, debe buscar que la decisión esté legalmente justificada sobre la base de premisas que fundamenten un razonamiento lógicamente válido y materialmente verdadero; no obstante, deben contener los requisitos necesarios para una motivación correcta los cuales debe ser: expresa, clara, completa, legítima y lógica, si falta uno solo de ellos, no hay motivación correcta. Fundamentar una decisión es diferente a explicarla. Mientras que para fundamentar es necesario justificar los motivos que conducen a un razonamiento, mediante el examen de los presupuestos fácticos y normativos; para explicar se requiere solo de una simple indicación de los motivos o antecedentes causales de una acción, esto es, señalar el iter lógico que le ha permitido al juez o tribunal llegar a la decisión, sin mayores connotaciones intelectivas. Hay que aclarar que Motivación y fundamentación no son conceptos sinónimos, aunque están íntimamente relacionados. Una resolución puede estar fundada en Derecho y no ser razonada o motivada, puede citar muchas normas pero no explicar el enlace de esas normas con la realidad que se está juzgando. Por ello la fundamentación consiste en explicar y, o interpretar la norma jurídica aplicable al caso concreto que se juzga, no basta con citar ni copiar una norma jurídica, sino que debe explicar por qué e interpretar la norma jurídica que se aplica al caso juzgado o decidido. Asimismo, una resolución puede ser razonada y/o motivada, pero no estar fundada en Derecho, supuesto que se daría si un Juez justificara su resolución en supuestos puramente históricos o periodísticos, ajenos al ordenamiento jurídico o no reconocible como aplicación del sistema jurídico. En el relato no sólo debe incorporarse la narración de los hechos y la enumeración de las pruebas, sino también los motivos y razonamientos que han conducido al juez a dictar su
ACTIVIDAD PRIMARIA.-Comprende los sectores agropecuario, pesca y minería. ACTIVIDAD SECUNDARIA.-Comprende los sectores manufactura y construcción. ACUEDUCTO.-Construcción que, salvando un desnivel, se hace para transportar agua de un lugar a otro. No confundir con canal. ADMINISTRACION PÚBLICA PARAESTATAL (SECTOR PARAESTATAL).-Conjunto de entidades de control presupuestario directo e indirecto integrado por: los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal, las sociedades nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y los fideicomisos públicos. ADMINISTRAR.-Realizar actos mediante los cuales se orienta el aprovechamiento de los recursos materiales, humanos, financieros y técnicos de una organización hacia el cumplimiento de los objetivos institucionales. ADUANA.-Las aduanas son oficinas públicas administrativas establecidas en los lugares de acceso o salida del país, dependientes del Servicio de Administración Tributaria perteneciente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con facultades para recaudar impuestos y demás derechos que se hallen a su cargo, fiscalizar la entrada y salida de mercancías y hacer cumplir las leyes que a este ramo se refieren, y las que le son conexas, como las de salubridad, comunicaciones, migratorias, etc. AFIRMATIVA FICTA (NEGATIVA FICTA).-Decisión normativa de carácter administrativo por la cual todas las peticiones por escrito de los ciudadanos, usuarios, empresas o entidades que se hagan a la autoridad pública, si no se contestan en el plazo que marca la ley o las disposiciones administrativas se consideran aceptadas, bastando para ello conservar la copia del acuse de la solicitud realizada ante la instancia competente. La negativa ficta es la decisión normativa en el sentido opuesto. AGRARIO, RIA (adj.).-Perteneciente o relativo al cultivo de la tierra. AGRARISMO.-Actividad favorable a los intereses de la explotación agraria. 2) Corriente política que defiende esta actitud. AGROFORESTAL (adj.).-Perteneciente o relativo a las plantaciones agrícolas y forestales.
Quien suscribe, legalmente CERTIFICA QUE: El presente Proyecto de Investigación previo a la obtención del título de abogada de los Tribunales de la República, realizado por la señorita Jessica Maribel Silva Palacios, estudiante de la Carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, con el tema "EL ACOSO CALLEJERO Y EL DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL", ha sido prolijamente revisado, y cumple con todos los requisitos establecidos en la normativa pertinente de la Universidad Regional Autónoma de los Andes -UNIANDES-, por lo que apruebe su presentación. Ambato, febrero de 2018. AB. LEÓN BURGOS GABRIELA PAULINA, MGS ASESORA DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD Yo, Jessica Maribel Silva Palacios, estudiante de la Carrera de Derecho de la Facultad de Jurisprudencia, declaro que todos los resultados obtenidos en el presente trabajo de investigación, previo a la obtención del título de Abogada de los Tribunales de la República, son absolutamente originales, auténticos y personales; a excepción de las citas, por lo que son de mi exclusiva responsabilidad. Ambato, febrero de 2018. Silva Palacios Jessica Maribel C.C 1805084611 AUTORA DERECHOS DE AUTORA Yo, Jessica Maribel Silva Palacios, declaro que conozco y acepto la disposición constante en el literal d), del artículo 85, del Estatuto de la Universidad Regional Autónoma de los Andes, que en su parte pertinente, textualmente dice: "El Patrimonio de la UNIANDES, está constituido por: La propiedad intelectual sobre las investigaciones, trabajos científicos o técnicos, proyectos profesionales y consultoría que se realicen en la Universidad o por cuenta de ella". Ambato, febrero de 2018. Silva Palacios Jessica Maribel C.C 1805084611 AUTORA DEDICATORIA El presente trabajo, va dedicado con todo cariño a Dios, mis padres, mis hermanos, quienes son el motor de mi vida para lograr todos los objetivos que me planteo en mi vida. También lo dedico a todos quienes han hecho posible mi superación tanto personal como en mi formación profesional. AGRADECIMIENTO Hago extensivo mi agradecimiento a Dios y mi familia por su apoyo incondicional, también a todos mis compañeros, maestros y Autoridades de la Universidad Regional Autónoma de los Andes, quienes han contribuido de manera especial en el desarrollo profesional. Agradezco a la Dra. Mgs. Gabriela Paulina León Burgos, quien ha sabido guiarme de la mejor manera en el presente proyecto. Jessica Maribel Silva Palacios.
Los primeros antecedentes de Derecho Administrativo se identifican desde los orígenes de las primeras civilizaciones. Como dice el autor Georges Veddel, "todo país civilizado poseería un derecho administrativo, puesto que necesariamente posee un conjunto de normas que rigen la acción de la administración,"
Capitulo 1 Introducción al Derecho 1. Fuentes del Derecho. 2. Organización del Estado Peruano. Funciones específicas de los poderes del Estado. Teoría del ordenamiento jurídico. 3. El sistema jurídico peruano. 4. Teoría de la interpretación jurídica. 5. Los Contratos: Formación del contrato. Limitaciones a la autonomía privada de la voluntad. La contratación masiva. 6. El sistema de responsabilidad por daños. 7. El régimen económico constitucional. 8. Las garantías constitucionales.
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REVISTA IURIS DICTIO PERÚ, 2024