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EL CONTROL CONSTITUCIONAL DURANTE EL FRENTE NACIONAL.pdf

Abstract

Los estudios socio-jurídicos y los estudios histórico-jurídicos son tema de reciente atención. Las normas en Colombia han sido un estudio exclusivo de los juristas y, en pocos casos, del interés de los historiadores. Estos últimos son quienes han decantado de mejor manera los temas socio-histórico-jurídicos en razón de su oficio, aunque han centrado su interés en otros temas especiales como las normas de participación política: las censitarias, por ejemplo (Bushnell, 1975), las que concedían el derecho a votar en razón de sus calidades económicas (Safford,1989), (Safford y Palacios, 2002), (Palacios, 2002), temáticas guerreristas, civiles o religiosas (Ortiz, 2005), (Leal, 1989), (Londoño, 2004), de partido político o movimiento social (Aguilera & Vega, 1991). Todo ello en razón del contexto social.

Key takeaways

  • Estos últimos son quienes han decantado de mejor manera los temas socio-histórico-jurídicos en razón de su oficio, aunque han centrado su interés en otros temas especiales como las normas de participación política: las censitarias, por ejemplo (Bushnell, 1975), las que concedían el derecho a votar en razón de sus calidades económicas (Safford,1989), (Safford y Palacios, 2002), (Palacios, 2002), temáticas guerreristas, civiles o religiosas (Ortiz, 2005), (Leal, 1989), (Londoño, 2004), de partido político o movimiento social (Aguilera & Vega, 1991).
  • No cumplió con su obligación constitucional y legal, en razón a su composición política, la falta de independencia administrativa, el temor a perder el empleo, la falta de verdaderos juristas y la captación del Estado; esa combinación determinará el aumento de la violación de las garantías del ciudadano colombiano.
  • Finalmente, la Corte Suprema de Justicia, Sala Constitucional, terminó por realizar un vuelco, tardío, es cierto, pero sin retroceso, sobre su obligación de proteger los derechos civiles y políticos, los derechos humanos, el derecho internacional humanitario y la guarda de la Constitución, a finales de 1979, razón por la que se escogió dicha fecha para terminar el análisis jurisprudencia!.