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En este libro colectivo colaboro con el texto "Del discurso político y retórico de la seguridad: hacia una gestión más eficiente. Reflexiones sobre el tercer principio del buen gobernar".
Como adelanto de una investigación en curso, se plantea en abstracto algunas tensiones entre democracia y capitalismo y se sostiene que estas tensiones se trasladan al ámbito de los procesos de reforma institucional adelantados por las organizaciones internacionales en las dos últimas décadas, luego se describe la forma en que estas tensiones se manifiestan en la agenda del BID para América Latina y se proponen algunas lineas de investigación que orienten futuras disertaciones sobre el rol de la justicia en estos procesos y su impacto en la democratización.
by Orlando José Cadrazco Salcedo
Al momento de hablar de democracia estamos describiendo una serie de prerrogativas y derechos que tienen los ciudadanos respecto al Estado. Sin embargo las rutas o vías para llegar a la democracia plena son muchas y los caminos en ocasiones están llenos de falsos atajos y paraísos aparentes que pueden ser de largo plazo o entrar en laberintos obscuros difíciles de salir.
Andamios, 2012
análisis ahora "clásico" de los significados múltiples del término, en Sartori (1969 y 2007). Una reflexión importante sobre las más recientes transformaciones de la demo cracia la ofrece Rosanvallon (2008).
La lucha de las izquierdas y su común adversario, 2021
Critica al Capitalismo fundada en la mejor de las observaciones, realizando un análisis crítico de ese sistema social y económico, partiendo esencialmente cubriendo rubros como los roces entre las concepciones sobre lo que son los Derechos Humanos (DDHH) y sus respectivas tensiones, desde el punto de partida de la colonización, desigualdad y legado mismo, como causales y efectos del capitalismo moderno, mejor conocido a manera de Neoliberalismo cuán colonialismo metamorfoseado, un neocolonialismo.
Hechos y Derechos, 2022
Este ensayo busca conceptualizar a los derechos humanos desde una perspectiva iuspositivista no formalista, con el objetivo de comprenderlos a mayor profundidad. En vista de que los derechos humanos configuran un discurso, se problematiza su función dogmática frente a la necesidad de cuestionar incluso al orden constitucional en un orden democrático.
DERECHOS HUMANOS Y SEGURIDAD PUBLICA, 2013
La presente obra colectiva coordinada por Luis Sámano y Benito Sotelo, Derechos Humanos y Seguridad Pública, deviene en oportuna conjunción de esfuerzos para encontrar la solución a múltiples dilemas. Rodrigo Soto Morales aporta la fundamentación filosófica de los derechos humanos desde la perspectiva iusnaturalista en el artículo “El origen de los Derechos Humanos” complementado desde la óptica de la historia de las ideas por Jaime Rochín del Rincón con el tema “La evolución histórica de los Derechos Humanos.” La delimitación conceptual es abordada por Alejandro González Cussi en el apartado “Derechos Humanos, derechos fundamentales y garantías individuales” que se vincula con el artículo “Principios jurídicos de la defensa de los derechos humanos” donde Carlos Alberto Burgoa Toledo, da un importante paso al ámbito de la praxis jurídica. En tal sentido, Laura Rangel Hernández aterriza a los derechos humanos como un conjunto de deberes de la autoridad con el tema “Obligaciones de los estados en materia de Derechos humanos.” Wilma Arellano Toledo concreta la protección de los derechos humanos en el Ius gentium surgido luego de la Segunda Guerra Mundial con la constitución de la Organización de las Naciones Unidas y el consecuente sistema internacional en el artículo “sistema universal de derechos humanos: Sistema jurisdiccional y no jurisdiccional.” En consonancia con lo anterior y de la mano del De- 12 Derechos Humanos Introducción recho internacional humanitario, Vicente Pérez Basurto aborda el Estatuto de Roma así como su reconocimiento y adecuación constitucional hecha por el Estado Mexicano en “La Corte Penal Internacional y su aplicación en México, las reformas necesarias.” Finalmente, Luis Sámano describe el sistema regional americano fundado en la Organización de Estados Americanos (OEA) en el artículo “Sistema Interamericano de Derechos Humanos; La comisión y la corte.” En suma, el capítulo I constituye una introducción a la teoría de los derechos humanos in genere así como a su protección en el terreno del Derecho Internacional. En el capítulo segundo se hace referencia a la importancia que ha tenido, en fechas recientes, la Seguridad Pública tanto en el ámbito Nacional como en el Internacional. José Antonio Castillo Medina, en su aportación “Semblanza y génesis de la seguridad pública y prolegómenos de su modernización en México”, analiza las reformas constitucionales que le dieron vida al Sistema Nacional de Seguridad Pública, al Consejo Nacional, al Sistema de Justicia Penal y de Seguridad Pública, así como resalta las contribuciones del Observatorio Nacional Ciudadano para la Seguridad, la Justicia y la Legalidad. Por su parte, Iván Jorge Paoli Bolio, en su artículo “Seguridad Nacional, Pública y Ciudadana” precisa la diferencia entre cada una de ellas y las sitúa en la esfera de acción respectiva. Publio Rivera, en su ensayo “La seguridad pública como condición para el desarrollo del Estado”, explica que un estado democrático debe contener y hacer valer políticas públicas encaminadas a garantizar y proveer la seguridad en el desarrollo social, económico y político. A su vez, Luis Sámano y Omar Bustani, en su participación intitulada “Modelos de Seguridad Pública: Estudio comparativo Chile, Francia y México” enfatizan que la seguridad es un derecho humano reconocido en los países en los que se han basado para hacer un estudio de derecho comparado. En consecuencia, han llegado así a la conclusión de que México tendrá que activar una serie de políticas públicas transversales orientadas a la conformación de una policía con mando único, llevando a cabo una capacitación prioritariamente táctica, académica y con un sentido de dignificación del personal desde una perspectiva axiológica y de respeto a los derechos humanos. Por último, en este capítulo, María Elena Attard Bellido en su colaboración “Las claves interculturales de la seguridad pública en el Estado Plurinacional de Bolivia a la luz del pluralismo colonizador intercultural como elementos estructurantes de la generación del constitucionalismo del vivir bien, analiza el costo de Bolivia, donde es posible percatarse de la constante exclusión, en todos los ámbitos, de los pueblos indígenas. Fue hasta el año 2009 que, mediante una histórica reforma constitucional, se pudieron reconocer la gran mayoría de los derechos de los indígenas bolivianos. En este orden de ideas, se ha hecho una comparación con el caso de México y la reforma del artículo segundo de la Constitución general de 2001. Hay que recordar que la reforma en comento implicó el reconocimiento de los usos y costumbres de los Pueblos Indígenas, permitiendo una mejora considerable en el derecho al acceso a la justicia. El capítulo tres, “Derechos Humanos en México,” responde a los retos que plantea el nuevo paradigma constitucional luego de la histórica reforma sobre derechos humanos en 2011. En esa sintonía, Susana Thalía Pedroza de la Llave analiza con precisión “La reforma constitu- 13 Derechos Humanos y Seguridad Pública Dr. Rafael Estrada Michel cional en materia de Derechos Humanos de 2011.” José Pablo Abreu Sacramento, desde una perspectiva técnica, hace una delimitación conceptual en “Los Derechos Humanos en el orden jurídico mexicano” donde expone con claridad la evolución de la terminología propia de las otrora “garantías individuales” a la de los “derechos humanos” per se. Víctor Alejandro Wong Meraz hace un análisis del binomio derechos humanos-democracia que hoy ocupa tanto a la doctrina jurídica como a la ciencia política en “Los Derechos fundamentales y humanos como límite a la reforma constitucional desde la perspectiva democrática y humanista.” Alejandro Martínez Obregón no se limita a una mera descripción crítica del Ombudsman nacional en su artículo “Derechos y medios de protección de la persona ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (México)”, sino que busca (y encuentra) caminos alternos y constructivos. De gran oportunidad resulta el artículo “El Sistema Interamericano de Derechos Humanos y la recepción del control de convencionalidad en México” cuya autoría es de Ignacio Francisco Herrerías Cuevas. A este apartado le siguen “La Supremacía constitucional a la luz de la reforma constitucional en materia de Derechos Humanos 2011” de Benito Sotelo y “Caso Radilla: Implicaciones en el Sistema jurídico mexicano en materia de derechos humanos”, de Paulo César Ramírez Pereyda. Los tres últimos artículos hacen eco del histórico Caso Radilla Pacheco Vs. México conocido en la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y cuya sentencia llevó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a decidir, en julio de 2011, el reconocimiento del Control de convencionalidad ex officio, dando origen a la Décima Época jurisprudencial. El capítulo tres, en resumen, permite contar con un sólido panorama jurídico del nuevo modelo constitucional mexicano luego del reconocimiento de los derechos humanos, tanto de los contenidos en el texto constitucional como en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte. En los dos últimos capítulos de esta obra se abordan los dos conceptos medulares de este libro. Así, en el capítulo cuarto se hace un análisis de la Seguridad Pública en México, y en el quinto se aborda la problemática referente a los Derechos Humanos y la Seguridad Pública. Julieta Morales Sánchez en su artículo “Seguridad Pública en México: hacia la construcción de un nuevo paradigma”. Se hace cargo del siempre tenso binomio seguridad - derechos humanos fundamentales. Delio Dante López Medrano en su estudio “La participación de los cuerpos de seguridad pública en el sistema de justicia penal acusatorio” es claro al enunciar el aumento desmedido de las penas, la incursión de las Fuerzas Armadas en funciones policiales y la creación de nuevos tipos penales que dejan la carga de la prueba al imputado, concluye que la reforma judicial de 2008 es hoy urgente. En su artículo “Marco jurídico de la seguridad pública: Nacional e internacional” pueden verse, a la luz de la historia, las normas e instituciones que integran el marco jurídico de la seguridad pública a nivel nacional e internacional, su concepto y evolución. Miguel Ángel Hernández Rojas, en su aportación de título “Los retos de la seguridad pública en México” llega a la conclusión que, en México, la reacción y la represión han sido preferidas frente a la prevención del delito, ocasionando un incremento de las medidas propias del Derecho penal del enemigo. 14 Derechos Humanos Introducción En el capítulo cinco (Los Derechos Humanos y la Seguridad Pública), Elizabeth Vázquez Bernal lleva a cabo un “Análisis del estado de derecho y seguridad pública en México: Un enfoque desde el ámbito social”, seguido del estudio “De la relación biunívoca de la seguridad en la parte orgánica y dogmática de la Constitución mexicana” de Manuel Miguel Tenorio Adame. En ambos estudios se ha hecho evidente la imperiosa necesidad de obtener un nuevo paradigma en la materia, el cual deberá estar sustentado particularmente en el artículo 21 de la Constitución mexicana para transitar hacia un nuevo modelo policial. En este tenor se desarrolla el artículo “Estado de derecho y seguridad pública como función del Estado: Su relación con los derechos humanos” el cual se fundamenta en encuestas de percepción ciudadana, lo que permite lograr conclusiones con una base empírica. Resulta de particular trascendencia la aportación de María Guadalupe Martínez Fisher: “Reflexiones sobre la conciliación del concepto de seguridad pública y el desarrollo humano. El sistema penitenciario mexicano como caso”, que enfatiza el papel del sistema penitenciario como eslabón en la cadena de la seguridad pública. Dr. Rafael Estrada Michel
Revista De La Facultad De Derecho De Mexico, 2012
Seguridad vs. libertad: el papel de los servicios de Inteligencia I. Introducción. La situación actual: A) Terrorismo: el primer desafío a la seguridad; B) Servicios de Inteligencia y terrorismo C) Seguridad vs. libertad: ¿un difícil equilibrio? II. El mal menor: polémicas medidas antiterroristas: A) El mal menor: un debate político en el seno de las democracias; B) La legislación antiterrorista y el papel de los servicios de Inteligencia; C) La necesidad de acomodar la actuación de los servicios de Inteligencia al marco democrático. III. Conclusión.
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Revista de Ciencias de Seguridad y Defensa, 2021
ponencia inédita presentada en una conferencia el, 2000
Derechos Y Libertades Revista Del Instituto Bartolome De Las Casas, 1999
Entre el pesimismo y la esperanza. Los derechos humanos en América Latina
Theoría. Revista del Colegio de Filosofía
Iberoamericana – Nordic Journal of Latin American and Caribbean Studies, 2001
Derechos humanos y paz Dimensiones para el fortalecimiento de la democracia, 2023
El Cotidiano, 2013
Seguridad Pública y Estado de Derecho, 2024