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LOS CONTRATOS DE COMPRAVENTA DE MINERALES

Abstract

minerales se diferencian de los contratos de metales que venden las refinerías al mercado por su estructura, como visto en el presente informe, que el valor del concentrado está constituido por una serie de fórmulas de recuperaciones metalúrgicas y deducciones en función de sus contenidos metálicos y los contratos de metales solo están referidos al producto del peso del metal (barras o lingotes) por el precio de la cotización del LME, por este motivo el ingreso para el productor del concentrado, no representa el valor de cotización del mineral recuperable contenido en él. La clave de una buena comercialización de concentrados de minerales dependerá sobre la base de aplicación de parámetros internacionales estándares. El comercio de minerales y metales se considera de gran complejidad y viene principalmente caracterizado por las propiedades o las leyes de los minerales, precios, calidad, gastos de tratamiento, costos de transporte, fletes y seguros entre otros, que se establecen en las negociaciones comerciales, objeto del contrato. OBJETIVOS  Adquirir el conocimiento para poder comercializar concentrados y metalesrefinados.  Controlar y optimizar la gestión del manejo de los minerales y concentrados en toda la cadena logística y comercial.  Adquirir y aplicar el conocimiento del funcionamiento de los mercados internacionales de minerales y metales refinados para una óptima toma de decisionescomerciales.  Aplicar las mejores prácticas y así cumplir con las exigencias legales y medioambientales. ¿QUE ES UN CONTRATO? Conforme al artículo 1351 del Código Civil peruano " El contrato es el acuerdo de dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial ". Los términos del contrato no pueden ser contrarios a norma legal. Existen principios como la libertad de contratar y autonomía de la voluntad establecidos en la Constitución Política del Estado, sobre los cuales reposan y celebran los contratos en general. Los términos contractuales no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de cualquier clase. En el derecho comparado podemos encontrar otros conceptos sobre el contrato; así tenemos que, el artículo 1321 del Código Civil italiano refiriéndose a la noción de los contratos en general prescribe: El contrato es el acuerdo de dos o más partes para constituir, regular o extinguir entre sí una relación jurídica patrimonial " y el artículo 1322 del mismo cuerpo normativo regula sobre la autonomía contractual de la siguiente manera: " Las partes pueden determinar libremente el contenido del contrato dentro de los límites impuestos por la ley y por las normas corporativas. Las partes pueden también concluir contratos que no pertenezcan a los tipos que tienen una disciplina particular, con tal que vayan dirigidos a realizar intereses merecedores de tutela según el ordenamiento jurídico " .