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RESOLUCION 002827 DE

agosto 8) por la cual se adopta el Manual de bioseguridad para establecimientos que desarrollen actividades cosméticas o con fines de embellecimiento facial, capilar, corporal y ornamental. EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas en el artículo 429 de la Ley 9ª de 1979 y el artículo 2° del Decreto 205 de 2003, y CONSIDERANDO: Que en mérito de lo expuesto, Ver la Ley 711 de 2001 RESUELVE: