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En este trabajo se hara un análisis del contrato de leasing, su regulación en el derecho argentino, los elementos y características del mismo y su regulación en el anteproyecto del Codigo civil 2012.
Sírvase extender en su Registro de Escrituras Públicas una de Contrato de Arrendamiento Financiero con las Condiciones Generales y Anexos que se estipulan y/o determinan en el presente documento: El(los) bien(es) inmueble(s) (en adelante, "EL(LOS) INMUEBLE(S)") materia del contrato se describe(n) en el Anexo 1 "Relación de Bienes".
Entre los suscritos, LEASING BANCOLOMBIA S.A. COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO representada en este contrato por la persona indicada en la Parte II Datos Generales, sociedad anónima, quien en lo sucesivo, para efectos de este contrato y para todos los demás que con él se relacionen se denominará "LA COMPAÑÍA" y "EL LOCATARIO", señalado en la Parte II Datos Generales, se ha celebrado un contrato de Arrendamiento Financiero Leasing con opción de compra, en adelante "ARRENDAMIENTO FINANCIERO LEASING", que se regirá por las siguientes cláusulas y en lo no previsto en ellas por las disposiciones legales: PARTE I: CONDICIONES GENERALES 1. ANTECEDENTES. A. EL LOCATARIO manifestó a LA COMPAÑÍA su voluntad de celebrar un contrato de Arrendamiento Financiero Leasing en los siguientes términos: (i) sobre el(los) bien(es) que constituye(n) el objeto de este contrato, en adelante, EL(LOS) BIEN(ES), por ser aquél quien conoce las características particulares de el(los) mismo(s) (ii) para adquirir del constructor(es), fabricante(s) de (el)los bien(es), en adelante EL(LOS) PROVEEDOR(ES) elegido(s) por él y (iii) bajo las condiciones materiales y financieras en que LA COMPAÑÍA realizará la importación y/o la adquisición de EL(LOS) BIEN(ES). B. De acuerdo con lo anterior, EL LOCATARIO, autoriza bajo su responsabilidad a LA COMPAÑÍA para pagar, realizar los actos y celebrar los contratos, relacionados con: la importación, adquisición, almacenamiento o depósito y nacionalización de EL(LOS) BIEN(ES). Adicionalmente, EL LOCATARIO será responsable por la veracidad y autenticidad de toda la información que suministre dentro del proceso de adquisición y/o importación de EL(LOS) BIEN(ES). C. EL LOCATARIO en virtud de la selección de EL(LOS) PROVEEDOR(ES) y de EL(LOS) BIEN(ES) declara que conoce y acepta el estado de los mismos y los servicios que puede(n) prestar, por lo cual LA COMPAÑÍA no será responsable en los eventos en que EL(LOS) PROVEEDOR(ES) envíe(n) o entregue(n) de forma incompleta EL(LOS) BIEN(ES), así como por los daños, averías, desperfectos o vicios redhibitorios u ocultos que por cualquier causa presente(n) EL(LOS) BIEN(ES) e imposibilite su uso en forma parcial o total.
El Leasing era una actividad sin normativas en el mercado ecuatoriano, concebida como una actividad comercial, pero una vez instaurada la ley antes mencionada se convirtió en una actividad financiera, para lo cual se crearon mecanismos de control dentro de la Superintendencia de Bancos con el fin de verificar y normar el correcto funcionamiento de las compañías dedicadas a la ejecución de esta operación.
Leasing" es una palabra en idioma inglés que significa "arriendo" y sirve para denominar a una operación de financiamiento de máquinas, viviendas u otros bienes. Esta consiste en un contrato de arriendo de equipos mobiliarios (por ejemplo, vehículos) e inmobiliarios (por ejemplo, oficinas) por parte de una empresa especializada, la que de inmediato se lo arrienda a un cliente que se compromete a comprar lo que haya arrendado en la fecha de término del contrato.
Análisis jurídico del contrato de leasing. Concepto, naturaleza jurídica, tipos de contratos, etc.
El contrato de opción, como supuesto de contrato o como cláusula particular, fue desarrollado por los autores como tal y aplicándose a diversos contratos atípicos, especialmente mercantiles. Sin embargo, debe tenerse mucho cuidado con su interpretación concreta en aquellos tipos contractuales más afines con su uso, como son la compraventa, la locación o especialmente el leasing
RESUMEN La palabra leasing se ha ido introduciendo en el mundo de los negocios y de la producción en Costa Rica. Aunque se le ha querido asociar con algunas de las formas típicas de contratación existentes, como el arrendamiento, lo cierto es que el contrato leasing es una forma atípica de contratación, formando parte de los nuevos y modernos contratos del mundo globalizado. Entre los beneficios que se le atribuyen están el de la posibilidad de adquirir bienes que en algunos casos no son financiables por créditos bancarios, así como la eventualidad de contar con escudos fiscales. Estos beneficios, así como la agilidad de los trámites y la posibilidad de financiar una mayor gama de bienes ha hecho que en muchos países, como Estados Unidos y países europeos, el leasing haya tenido un gran auge en los últimos años como forma de financiamiento de activos. En nuestro país también se ha abierto esta forma moderna de contratación, evolucionando muy rápidamente sobre todo en el número de contrataciones realizadas, lo que plantea un reto a nuestro ordenamiento especialmente el civil, por tratar de regularlos. En el presente artículo se trata de analizar los aspectos generales del contrato leasing, las clases de este, su naturaleza, sus partes, así como las fases de su conformación. Al final planteamos algunas aspectos de su evolución, manifestaciones y situación normativa en Costa Rica.
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Comentarios a las modificaciones a la ley de leasing, 2020