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La obra que aquí publicamos, La lucha por el derecho, corresponde al texto de una conferencia pronunciada en la Universidad de Viena en el año de 1872 por el, en ese entonces, destacadísi-mo jurista romanista alemán, Rudolf von Ihering. Nacido el 22 de agosto de 1818, en el seno de una familia aristócrata-recordemos que la partícula von constituye en Alemania un distintivo para quien lo posea de su noble origen-, Rudolf von Ihering, emulando a su padre, se titula como abogado en 1842, iniciándose de inmediato en la labor docente. Como maestro de derecho romano, su actividad fue sumamente destacada, impartiendo la cáte-dra tanto en Berlín como en Basilea, Rostoc, Kiel, Giessen, Viena y Gottinga. Discípulo del afamado jurista Savigny, creador de la corriente filosófica-jurídica conocida con el nombre de Escuela histórica del derecho, cuya influencia en él fue, por lógica, inevitable, con-viene, sin embargo, precisar que si bien en la obra escrita de Rudolf von Ihering es posible en-contrar claros rastros de su proclividad hacia la Escuela histórica, sería inexacto situarle como representante de esa corriente. Tómese en cuenta que en aquél tiempo la Escuela histórica del derecho se encontraba en pleno apogeo, máxime en Alemanía en donde surgió. Así, aunque tan-to Friedrich Karl von Savigny como Friedrich Julius von Sthal, por tan sólo hacer mención de los más preclaros representantes de dicha corriente, influyeron en él, no fue él uno de sus continua-dores. De su obra escrita cabe destacar, aparte de la conferencia que aquí publicamos, El fin del dere-cho, El espíritu del derecho romano y su Teoría de la posesión. Rudolf von Ihering moriría el 22 de septiembre de 1892 dejando una muy apreciable herencia al acervo jurídico mundial. Von Ihering, concibe el derecho como una extensión de la persona humana; en sí su visión del derecho más que asemejarse a la de un Étienne de la Boétie o de Henry David Thoreau, tal y como lo presupone Diego Abad de Santillán en la presentación que hace a la edición de esta obra en papel, producida por la editorial Cajica en 1957, parécenos mucho más propio el ubicarla en el personalismo de Mounier. Como buen romanista, Ihering hace sobresalir como fuente primigenia de validez del derecho, no al derecho público sino al derecho privado. La fuente del derecho se encuentra en el sentimiento que tanto individuos como grupos sociales tengan del mismo. Sentir mi derecho, nuestro dere-cho constituye la base misma del derecho. Así, en la medida en que ese sentimiento de mí y de nuestro derecho se patentice en la vida cotidiana, queda garantizada la vida social; y, a la inver-sa, en la medida en que ese sentimiento de mi y de nuestro derecho no se manifieste sino de manera muy tenue en la vida cotidiana, la vida social se encamina a su pulverización. Tenemos entonces que la lucha por el derecho no es, en suma, otra cosa que la lucha por mí de-recho o por nuestro derecho, no por abstracciones.En fin, esta obra se presta mucho a la polémi-ca ya que constituye una abierta y manifiesta invitación a la reflexión. Esperamos que quien lea esta edición virtual asimile la invitación hecha por Ihering a la reflexión sobre el gran valor que tiene la autoestima tanto en el desarrollo de los individuos, como en el de los grupos sociales, las comunidades y las sociedades.
JOSE ORLANDO MELO NARANJO Lucha por el Derecho, Ética del Derecho,Filosofía del Derecho,Derecho y Justicia, Derecho Civil, Derecho Social JOSE ORLANDO MELO NARANJO JOSE ORLANDO MELO NARANJO JOSE ORLANDO MELO NARANJO
"Cuando el poeta queda consigo mismo en la suprema soledad de su destino, entonces elabora la verdad como representante verdadero de su pueblo. En ella se dice poéticamente lo que sólo se ha podido pensar analíticamente."
Eduardo Grüner. OCULTAR DESOCULTANDO, O POR QUÉ LA IDEOLOGÍA ES IN/CONSCIENTE Desgrabación corregida. Conferencia. Jornadas "Por el camino de Althusser: Marxismo y Psicoanálisis". Biblioteca Nacional, agosto de 2009.
Estudios: filosofía, historia, letras
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nicht für immer! ¡no para siempre!, 2017
Ferdinand de Saussure constituye un punto de inflexión en el pensamiento sobre el lenguaje. Su obra no solo significa una revolución en el contexto especializado de los estudiosos de la lengua, sino que acarrea profundas consecuencias en el horizonte de Ias ciencias sociales, las humanidades, el psicoanálisis y la filosofía.
En este breve ensayo me refiero a Caspar Rudolf von JHERING, uno de los modelos de profesor de jurisprudencia del siglo XIX. Se le tiene arrumbado y se le explica en las aulas cada vez menos. Pero eso es injusto si atendemos a que identificó un notorio defecto en la formación jurídica universitaria: especulación teórica excesiva y pobre o nula práctica. Me detengo en un hecho: nuestro autor rompe con su venerada jurisprudencia de conceptos y abraza, al final de su vida, la jurisprudencia de intereses. Eso me da pie para ocuparme parcialmente de su elocuente testimonio escrito: Bromas y veras en la ciencia jurídica , un libro de 1884 donde explica su misteriosa resurrección intelectual.
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Revista Telemática de Filosofía del Derecho, nº 17, pp. 203-250, 2014
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Revista Colombiana de Filosofía de la Ciencia
Derechos y libertades: Revista del Instituto Bartolomé …, 2009