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2017-02-20 - AGENTES DE RETENCIÓN LOCALES.pdf

Abstract

El presente texto fue pensado para distribución gratuita por internet de modo tal que me he visto obligado a no " indagar " o no adentrarme en el concepto jurídico o técnico de diferentes elementos que hacen a la obligación del agente de retención local ante la necesidad de pago a un sujeto del exterior. Será por ello que el texto es enunciativo y ejemplificativo dejando por advertencia que, al momento de realizar pagos a sujetos beneficiarios del exterior, el análisis a realizar deberá ser, forzosamente, mucho mas " profundo " que el realizado en este documento. La fuente de la renta no siempre se presenta como un elemento de clara determinación como advierten diferendos resueltos en el marco de la CSJN ante contratación de servicios informáticos por empresas aeronáuticas; la determinación del concepto de renta presenta, en algunas situaciones, diferencias en cuanto al encuadre el cual puede incluso verse modificado por aplicación de Convenios para Evitar la Doble Imposición Internacional. Sumado a esto la intervención de representantes de sujetos del exterior puede desplazar obligaciones retentivas, ante la inobservancia de las suyas por parte del agente pagador, al agente representante fiscal el que, no siempre, será el representante legal. Con todo, las consideraciones a realizar dependerán del encuadre del negocio que se encuentre analizando debiendo, en cada situación, darse al estudio detallado. El presente documento debe ser entendido solo como una invitación a conocer el principio general y recordar " viejas " normas, lamentablemente en desatención por importante cantidad de sujetos, que requieren siempre repaso y aplicación.