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junio 6) Diario Oficial No. 43.058 de 11 de junio de 1997 Por la cual se establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua.
Artículo 1: Cuando quiera que el presente Decreto se refiera a recurso, se entenderá por tal las aguas superficiales, subterráneas, marinas y estuarinas, incluidas las aguas servidas.
intRoducción Se me ha conferido el honor de consultar mi opinión acerca del Proyecto de Ley en segundo trámite constitucional, que introduce modificaciones al marco normativo que rige las aguas en materia de fiscalización y sanciones (Boletín Nº 8149-09), remitiéndose para su análisis el Mensaje con que se dio comienzo a su tramitación y un texto comparado entre éste y el texto aprobado por la Honorable Cámara de Diputados. Entiendo que la opinión que se me consulta tiene relación con mi especialidad, es decir, las materias de carácter penal que aborda el Proyecto, y que se encuen-tran en su artículo 2°, a saber, ciertas modificaciones a los artículos 459 y 460 del Código Penal, que aumentan las penas previstas por la legislación actual en sus grados superiores y cuantía de las multas aplicables y agregan la mención expresa de las " aguas subterráneas " como objeto protegido penalmente. Para realizar este encargo, dividiré mi exposición en tres partes: primero, explicitaré los objetivos y propuestas del Proyecto; en segundo lugar, analizaré críticamente las posibili-dades que existen de lograr los objetivos que se esperan alcanzar mediante dichas propuestas y, en tercer lugar, propondré modificaciones al Proyecto que tiendan a lograr los objetivos declarados del mismo.
Junio 26) Diario Oficial No. 36.700, del de junio de 1984 MINISTERIO DE AGRICULTURA Por el cual se reglamenta parcialmente el Título I de la Ley 9 de 1979, así como el Capítulo II del Título VI -Parte III-Libro II y el Título III de la Parte III -Libro I-del Decreto -Ley 2811 de 1974 en cuanto a usos del agua y residuos líquidos. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, en uso de las atribuciones que le confiere el numeral 3 del artículo 120 de la Constitución política, DECRETA: CAPITULO I. DEFINICIONES ARTICULO 1o. Cuando quiera que el presente Decreto se refiera a recurso, se entenderá por tal las aguas superficiales, subterráneas, marinas y estuarinas, incluidas las aguas servidas. ARTICULO 2o. La sigla EMAR utilizada en el presente Decreto, corresponde a entidad encargada del manejo y administración del recurso. ARTICULO 3o. Entiéndese por entidad encargada del manejo y administración del recurso (EMAR), aquella que tenga asignadas esas funciones por la ley o por delegación, como el INDERENA, el HIMAT en los distritos de riego, las Corporaciones Autónomas Regionales de Desarrollo y la Dirección Marítima y Portuaria, DIMAR. ARTICULO 4o. Los criterios de calidad establecidos en el presente Decreto, son guías para ser utilizados como base de decisión en el ordenamiento, asignación de usos al recurso y determinación de las características del agua para cada uso. ARTICULO 5o. Entiéndese por tratamiento convencional para potabilizar las aguas, los siguientes procesos y operaciones: coagulación, floculación, sedimentación, filtración y desinfección. ARTICULO 6o. Entiéndese por vertimiento líquido cualquier descarga líquida hecha a un cuerpo de agua o a un alcantarillado. ARTICULO 7o. Es usuario toda persona natural o jurídica de derecho público o privado, que utilice agua tomada directamente del recurso o de un acueducto, o cuya actividad pueda producir vertimiento directo o indirecto al recurso.
La presente norma técnica ambiental revisada y actualizada es dictada bajo el amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental y se somete a las disposiciones de éstos, es de aplicación obligatoria y rige en todo el territorio nacional.
Lineamientos. Los presentes Lineamientos son una guía complementaria a las Reglas de Operación y clarifican a la instancia ejecutora, la orientación estratégica del Componente, y ofrecen mayores elementos de precisión a las demás instancias que participan en su ejecución.
Los equipos presentados en este manual no son los únicos disponibles en el mercado nacional e internacional, y su inclusión no significa que se recomiende su uso o que sean más o menos adecuados que otros de igual calidad. Ellos representan tan solo un muestreo entre la gran cantidad de equipos fabricados actualmente.
TERMINOS DE REFERENCIA PLANES DE USO EFICIENTE Y AHORRO DE AGUA " PUEAA " " Para entidades encargadas de la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado, riego y drenaje, producción hidroeléctrica y demás usuarios del recurso hídrico " JUSTIFICACION El incesante aumento de la demanda de agua y la baja notoria de los caudales en las fuentes de agua en las épocas de verano, han venido generando una fuerte presión sobre las fuentes de aguas lenticas y loticas, hasta llegar a consolidar conflictos sociales entre las comunidades, al no poder satisfacer las necesidades apremiantes por el crecimiento del índice de escasez hídrico en cuanto a cantidad y calidad, razón por la que es necesario realizar programas, proyectos y actividades que conlleven a la planificación y administración para el uso racional del recurso hídrico como una forma para afrontar futuras crisis de abastecimiento por las condiciones de vulnerabilidad económica, geográfica, sociocultural y ambiental de la jurisdicción y el país, articulados al proceso del calentamiento global. La escasez del agua en el mundo se ha convertido en una de las mayores amenazas de la humanidad y la causa de múltiples tensiones y conflictos.
Retos del Derecho frente al Desarrollo Sostenible y la Responsabilidad Social Empresarial en Colombia en el Siglo XXI, 2020
Este trabajo abordó la problemática de la construcción sostenible como herramienta fundamental para la consecución del desarrollo sostenible y las respectivas metas que este plantea. Se describe qué es la construc-ción sostenible y cuáles son sus pilares principales. Con base en estos se identificó su relación con el uso eficiente y el ahorro del agua. Lo ante-rior con el objetivo de identificar como ha sido la política pública imple-mentada para el ahorro de agua en la construcción sostenible en el Área Metropolitana de Barranquilla. Se evidenció la necesidad de buscar métodos alternativos de edificación ambientalmente responsables y que respondan a las exigencias del desarrollo económico y el crecimiento demográfico; la construcción sostenible surge como una propuesta que pretende garantizar el crecimiento social, sin olvidar la importancia del correcto aprovechamiento de los recursos naturales. En consecuencia, para dar vía a su ejecución, debe existir una regulación que reglamente este modelo responsable de construcción, para lo cual en el presente tra-bajo se aproximó al desarrollo y evolución de la legislación y la política pública relacionada con la construcción sostenible como herramienta de consecución de las metas del desarrollo sostenible y de garantía de Derechos Humanos.
INTRODUCCIÓN El agua es un recurso natural indispensable para la vida, pero su consumo aumenta de manera muy acelerada, y si bien el recurso agua podría considerarse como renovable, su calidad disminuye de manera paulatina lo que puede dar lugar a problemas de escasez. Además, y aunque tres cuartas partes del planeta están cubiertas de agua, sólo una mínima parte es apta para el consumo humano. ¿Sabía usted que tan sólo una cucharada de aceite puede hacer impotable miles de litros de agua? La importancia del agua para la vida en la Tierra se debe principalmente a que es el componente mayoritario en la estructura de los seres vivos, esencial para su metabolismo, es el vehículo de transporte de los elementos nutritivos, es básico para mantener la turgencia de las células y participa en todos los procesos y reacciones químicas. Por otra parte, regula la temperatura ambiental del Planeta y es un factor social que ha condicionado el desarrollo de las diferentes civilizaciones, siendo actualmente un recurso económico fundamental. Está estimado en la actualidad un consumo diario medio de agua por persona de unos 200 litros, incluyendo importantes pérdidas de distribución. El agua procede de embalses y pozos, desde donde es transportada a través de grandes conducciones, potabilizada en una estación de tratamiento y, a continuación, elevada a depósitos desde donde se distribuirá por todas las viviendas mediante una red fina de conductos. Este proceso de producción y transporte del agua potable, es complejo y costoso. Además, toda el agua que consumimos, procede en última instancia del agua de lluvia, con lo que en épocas de sequía se corre el riesgo de sufrir restricciones. La mayor parte del agua que entra en nuestras casas sale de forma residual cargada de diversos contaminantes que van camino de las depuradoras. Estas están diseñadas únicamente para neutralizar los contaminantes orgánicos, nunca los compuestos tóxicos que se acostumbran a tirar, por lo que el proceso de depuración pierde capacidad. Dado que en la zona donde vivimos el agua disponible varía mucho dependiendo de la climatología, el ahorro debe ser considerado como una premisa fundamental y se convierte en factor de garantía de buena calidad, independientemente de la disponibilidad puntual del recurso. La utilización racional del agua impone una gestión eficiente y sostenible del recurso y nos compromete a ser cuidadosos con el gasto del agua, tanto a nivel individual como colectivo. Estos recursos serán de utilidad para atender aumentos estacionales del consumo de agua.
Es el conjunto formado por válvulas, carretes, tes, y demás accesorios, ubicados según el diseño de la conducción. Este conjunto permite conectar adecuadamente los equipos de bombeo con la tubería, ofreciendo a los mismos control y protección.
Calidad y legislación del agua potable, 2024
El agua como recurso natural estratégico será la causa por la que se desencadenen los próximos conflictos armados, llegando a ser la razón por la que pueda comenzar una nueva guerra mundial. Hoy en día, alrededor de 700 millones de personas en 43 países sufren las consecuencias de la escasez de agua. En 2030, debido al cambio climático global y al crecimiento de la población en todo el planeta, esta cifra podría superar los 3.000 millones. La escasez de agua potable puede provocar en un futuro próximo nuevos conflictos armados que serán más intensos que los desatados para controlar los recursos energéticos.
Implementar procesos y prácticas que permitan reducir el consumo de energía eléctrica en el Ministerio de forma eficiente, con el fin de garantizar el uso adecuado de los servicio.
ACTAS DE DERECHO DE AGUAS (SANTIAGO) 3, 2013, pp. 221 a 231
Actas de Derecho de Aguas Nº 3 Páginas 221 -232 [2013] * Ph. D. y M.A. suNy-alBaNy. Profesor de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la universidad de Talca. estas notas tienen por objeto comentar algunos preceptos del Código de Aguas que dicen relación con materias procesales. Como tal, tienen la forma de un breve apunte elaborado para fines divulgativos e informativos, razón por la cual carece de conclusiones. 1 en adelante, indistintamente, CA. 2 meDiNa 1995, 73. 3 en adelante, indistintamente, CPC. comeNtarios Normativos Actas de Derecho de Aguas Nº 3 Páginas 221 -232 [2013]
3. EQUILIBRIO QUÍMICO Y ENERGÍA 4. ÁCIDOS Y BASES: ALCALINIDAD Y pH 5. DISOLUCIÓN Y PRECIPITACIÓN EN SISTEMAS ACUOSOS 6. ADQUISICIÓN Y CONTROL DE LA ALCALINIDAD EN LAS AGUAS 7. OXIDACIÓN-REDUCCIÓN TESTS EJERCICIOS 1
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