Academia.edu no longer supports Internet Explorer.
To browse Academia.edu and the wider internet faster and more securely, please take a few seconds to upgrade your browser.
…
18 pages
1 file
Gestionando el Proceso Regulatorio, 1999
Los elementos estándares que usualmente están sujetos a regulación varían de país a país y de sector a sector. El principio general del detalle de ingeniería es regular (regulación económica) estos segmentos del mercado que presentan características de un monopolio natural para reducir los abusos del poder de monopolio. Los tres instrumentos principales de regulación o variables de decisión, son el precio(s), cantidad, y el número de empresas. Otros instrumentos menos comunes incluyen calidad de producto, puntualidad del servicio e inversión. Usualmente, el fracaso para usar un instrumento de regulación potencialmente poderoso, tales como calidad, tiene que ver con la existencia de problemas informativos y el alto costo de monitoreo y cumplimiento. Mas específicamente, la regulación comprende las siguientes actividades: • Licencia de transportistas u operadores • Fijación de precios del operador o tarifas de servicios • Fijación de estándares técnicos • Monitoreo de la calidad del servicio provisto por los operadores e inicio de la acción correctiva de ser necesario • Aprobación de programas del operador para construcción e inversiones de capital • Fijación de los términos financieros, administrativos y técnicos para la interconexión de redes de los diferentes operadores, incluyendo el precio por acceso • Control del tipo y la aprobación del equipo en el local del cliente y su conexión a la red pública • Considerar reclamos de los usuarios de telecomunicaciones y tomar acción correctiva de ser necesario • Recopilar información de costos o mercado y solicitar a los operadores proporcionar información técnica sobre sus operaciones • Actuar como árbitro en el evento de conflictos entre proveedores de servicio y operadores de red. Las funciones regulatorias y los elementos regulados dependen de la magnitud de la filosofía regulatoria del país, competencias y características; características del sector y el alcance de la competencia permitida. Por ejemplo, Nueva Zelanda virtualmente no tiene ningún control de regulación de los precios cargados a los usuarios finales. Hong Kong no tiene control de equipos en los locales de clientes y la Comisión Federal de Comunicaciones en los Estados Unidos usualmente escoge no imponer estándares técnicos. Como se mencionó, hay compensaciones en el diseño regulatorio, y un país debe evaluarlos cuidadosamente cuando se decide cuanta regulación imponer. LA RELACION ENTRE EL DETALLE Y LA INGENIERIA BASICA Las teorías de regulación suponen que la elección del detalle de ingeniería debe ser adecuadamente calculado y realizado en cualquier ambiente institucional o político. Estas teorías fracasan en detectar que, en la ausencia de una combinación razonable entre el detalle de ingeniería y la ingeniería básica que lo sustenta, lograr los resultados deseados será muy difícil. Las teorías normativas de monopolio natural como aplicación a la regulación comparativa asumen que el segundo mejor detalle de ingeniería es fácilmente transferible a cualquier país. Por ejemplo, en caso que la ingeniera básica se traslade hacia normas regulatorias específicas que limiten el oportunismo, luego los esquemas de precios flexibles necesitaran sentencias regulatorias que no son viables. Por tanto, el segundo mejor precio no es alcanzable, y el intento de crear un sistema regulatorio con una flexibilidad sustancial no es creíble. Sin embargo, si la adecuada ingeniería básica permite un marco regulatorio flexible, entonces los esquemas regulatorios discrecionales podrán ser creíbles. La gestión regulatoria es crucial tanto para el éxito económico como político en los programas de privatización. La privatización tiene el potencial de lograr credibilidad para el gobierno y proporciona ingresos que pueden mitigar a corto plazo los problemas fiscales. Los servicios públicos son particularmente sensibles porque sus operaciones afectan directamente a los electores. Esto no es raro para el éxito económico de programas de privatización se tenga una buena cantidad de oposición política, el cual pueda dañar no solamente el servicio público en cuestión sino también el programa de privatización entero. Hay dos enfoques básicos para regular servicios públicos: estructural y de conducta. En muchos países, especialmente en Europa Occidental, los políticos han intentado modificar la estructura de los servicios públicos antes de privatizar con la finalidad de incrementar la competencia después. Un aspecto de los métodos de estructura es que este separa las actividades en la industria, tales como el transporte del suministro. Los Estados Unidos y Reino Unido regulan la conducta del servicio público. Los Estados Unidos favorece el enfoque de tasa de retorno para la regulación, mientras en Reino Unido se inclina por precios máximos y rendimiento de estándares. En los Estados Unidos la Comisión de Servicios Públicos de cada estado determina los precios que la concesión del monopolio puede cobrar. El criterio usado para determinar estos precios es que la empresa no puede ganar más de una tasa de retorno "justa y razonable" sobre su capital social. El enfoque estadounidense protege el servicio público de obtener ganancias monopólicas, pero no de las fuertes inversiones en su capital social. Sin embargo, los intentos en solucionar este problema han conducido en batallas legales con empresas sobre si las nuevas inversiones pueden ser justificadas debido que ellos necesitan cubrir la demanda. El litigio ha hecho que regular el costo de capital sea muy caro.
Resumen: El constitucionalismo, y su modelo de sistema jurídico, invita a revisar determinados aspectos de la teoría de la producción normativa propuesta por el positivismo. El positivismo jurídico ha elaborado una teoría del Derecho preocupada por definir con claridad los límites del Derecho y centrada en las dimensiones autoritativas antes que en las justificativas. Desde este punto de vista, habría que plantear si estamos obligados a renunciar a determinadas dimensiones de la seguridad jurídica en relación con la identificación del Derecho.
La Constitución ecuatoriana de 2008 estableció que ella es la norma suprema del ordenamiento jurídico y que sus disposiciones son de directa e inmediata aplicación. El valor jurídico de la Constitución es ser la norma suprema.
Opus Magna Constitucional, 2022
La globalización del derecho y el derecho multinivel han impregnado los ordenamientos locales, cambiando el constitucionalismo doméstico por uno que comparte rasgos comunes basados en el derecho internacional de los derechos humanos; Guatemala no ha sido la excepción de tal fenómeno, lo que ha generado la ampliación de la materia de la constitución en este país. Trasplantes jurídicos como el bloque de constitutionalite francés y el control de convencionalidad de la Corte Interamericana de Derechos Humanos han generado la constitucionalización de una gran cantidad de normas internacionales, asimismo, las leyes constitucionales, las reformas a la constitución, la jurisprudencia nacional e internacional, etc., conforman un amplio espectro de normas (reglas, principios y valores) que requieren ser esquematizados bajo una perspectiva interpretativa grupal que logre determinar su valor y preeminencia entre unas y otras en caso de conflicto. Esta investigación busca identificar los tipos d...
Revista de Derecho Público Iberoamericano, 2017
Muestra que la Constitución se pude entender en sentido profundo, como el régimen aristotélico o en sentido elemental. Basado en esto, discute sobre la naturaleza de la sociedad política con las diversas perspectivas que hay sobre la misma: nominalista-individualista, utilitarista, kantiana, marxista, la de H. L. A. Hart, la de Rhonheimer. Concluye, basado en estas investigaciones, que la Constitución en sentido elemental es una verdadera ley, que debe imponerse sobre la voluntad de las mayorías, hasta el momento en que sea reformada formalmente.
La Constitución a examen. Un estudio académico 25 años después (eds. G. Peces-Barba y M.A. Ramiro). Madrid: Marcial Pons, 2004, 2004
Loading Preview
Sorry, preview is currently unavailable. You can download the paper by clicking the button above.
Revista de Derecho Público, 2016
Revista Del Centro De Estudios Constitucionales, 1991
Constitución y deconstrucción, 2017
Apuntes Revista De Ciencias Sociales, 1979
Boletín de la Facultad de Derecho - UNED, 1997
Boletín Mexicano de Derecho Comparado, 2000