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El artículo se ocupa de analizar, brevemente, la caducidad como mecanismo excepcional y subsidiario en materia contractual estatal.
Luis Ruiz Alvarez, México, 2010 1 I. El estado actual de la polémica en torno a la discapacidad "¿Qué tipos de saber queréis descalificar cuando preguntáis si es una ciencia?" Michel Foucault A lo largo de la historia han existido entre los hombres individuos con discapacidad 1 , las condiciones en que han vivido a causa de ello han variado de una época a otra y de una cultura a otra. En algunos casos se les abandonó a la muerte, en otros, los menos, se les ha venerado 2 , pero en las más de las veces se les ha condenado a una vida marginal, confinados, excluidos, segregados, discriminados y aislados de los otros; imposibilitados para ser educados, trabajar y llevar una vida como el común de los hombres de su época, sociedad y clase social 3 . La causa de todo ello se encuentra simplemente en que tales individuos poseen características biológicas que los distinguen, en unos casos, evidente y claramente como en la ceguera, la sordera o la parálisis y en otras, ocultas o invisibles como en la discapacidad intelectual.
REFLEXIONES EN TORNO A LA DIGNIDAD HUMANA EN LA ACTUALIDAD, 2013
D.R.© 2013. UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas. Boletín Mexicano de Derecho Comparado, nueva serie, año XLVI, núm. 136, enero-abril de 2013, pp. 39-67. RefLeXIoNes sobRe LA DIgNIDAD hUMANA eN LA ActUALIDAD* RefleCtions aBout the huMan Dignity at the pResent tiMe Víctor M. Martínez Bullé-Goyri** resumen: el concepto de dignidad huma-na tiene su origen en la antigüedad griega; sin embargo, se ha enriquecido en su signi-ficado y alcance a lo largo del desarrollo de la historia humana, pasando de ser un con-cepto vinculado a la posición social a expre-sar la autonomía y capacidad moral de las personas, constituyéndose en el fundamen-to indiscutible de los derechos humanos. es-pecial relevancia tiene la dignidad humana, como elemento para enfrentar y desarrollar las normas relativas a las transformacio-nes sociales provocadas por el desarrollo científico y tecnológico. en este texto nos centramos en abordar las que se refieren al inicio de la vida humana y a su final. abstract: the concept of human dignity has its origin in ancient greece, but is enriched in meaning and scope throughout the development of human history. from being a concept linked to social position , to express the autonomy and moral capacity of people, making it the undisputed foundation of human rights. human dignity has special relevance, as an element to confront and develop standards for social transformations caused by scientific and technological development. in this paper we focus on addressing those concerning the beginning of human life and its end. Palabras clave: autonomía, dignidad, fin de la vida, inicio de la vida.
intervención de los imputados -en el presente caso-debe apreciarse desde la coautoría. Así: son coautores los que de común acuerdo toman parte en la ejecución del delito co-dominando el hecho, los agentes intervienen en la co-realización de la acción típica. Salvo muy contadas excepciones, los condenados, en general, adoptaron una decisión conjunta al hecho típico, que es lo que permite vincular funcionalmente los distintos aportes al mismo que llevaron a cabo; cada aportación objetiva al hecho en el estadio de ejecución está conectada a la otra mediante la división de tareas acordada en la decisión conjunta, y sus aportes fueron tales que sin ellos el hecho no hubiera podido concretarse" 1 . Sumario: I. Introducción. III. Teoría del Dominio del Hecho: Hacía un Dominio Funcional del Hecho. IV. La Coautoría en el Perú. 1. Elementos que configuran la Coautoría. 1.1. Decisión Común. 1.2. Aporte Objetivo: Ejecución Común. 2. Críticas a los Elementos Esenciales: Propuestas. V. Límites de la Coautoría.
Antecedentes científicos, antropológicos, éticos y jurídicos en torno a las personas y las relaciones homosexuales
Dentro del régimen de utilización de los bienes del dominio público, la concesión demanial permite al titular de la misma (concesionario) el derecho a usar y aprovechar de forma privativa y excluyente los bienes otorgados bajo esa técnica, los cuales constituyen verdaderos derechos subjetivos patrimoniales de goce, o doctrinariamente llamadas derechos reales administrativos. Una forma de extinción de estos derechos y por consiguiente de la concesión demanial es la que tiene fundamento en el incumplimiento de condiciones, obligaciones y cargas por parte del concesionario, esto es lo que se ha denominado, la caducidad en las concesiones. Del régimen general de concesiones, trasladables a las del sector minero y en la propia legislación sectorial se desprenden una serie de garantías a favor del concesionario que delimitan la declaración de caducidad por parte de la Administración concedente; el debido procedimiento administrativo, la declaratoria previa de incumplimiento grave o de condiciones esenciales, el ámbito cerrado y taxativo de las causales de incumplimiento en la ley, en el pliego concesional o en el contrato o título minero, la procedencia o no de indemnización a favor del concesionario en casos de caducidad, la posibilidad de rehabilitación de la concesión. La finalidad de la investigación es resaltar el contraste entre la potestad de declaratoria de caducidad en las concesiones demaniales, específicamente las del sector minero, por parte de la Administración concedente y las garantías del concesionario frente a ella, a través de un estudio exegético de las disposiciones normativas más relevantes, de la doctrina y de la jurisprudencia más actualizada.
Sumario 1 Abogado. Estudios de Maestría en Derecho Civil y Comercial. Cursando estudios de Maestría en Derecho Procesal. Egresado del Profa -AMAG. 2 «[…] 3. Sobre el derecho a la pluralidad de instancia el Tribunal ha sostenido que éste tiene por objetivo garantizar que todo justiciable -tenga la oportunidad de que lo resuelto por un órgano jurisdiccional sea revisado por un órgano superior de la misma naturaleza, siempre que se haya hecho uso de los medios impugnatorios pertinentes, formulados dentro del plazo legal‖ […]» (Expediente N.º 03261-2005-AA/TC). 3 MICHELI citado por HINOSTROZA MINGUEZ, Alberto en Comentarios al
183 Tribuna Sonot Tribuna Sonot REVOCATORIA DE MANDATO. NOTAS PARA EL DEBATE1 Dra. Yanina Welp Dr. Uwe Serdült2 SUMARIO Resumen. I. Los mecanismos de democracia directa. II. La revocatoria de mandato en América Latina. III. El diseño institucional. IV. El referendo revocatorio en la práctica. V. Notas para abrir la discusión. RESUMEN Este trabajo se propone analizar la introducción, usos y consecuencias de la revocatoria de mandato en los municipios de Amé- rica Latina en los que esta figura está regulada.
Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado 37 (2015) RESUMEN: "Dignitatis Humanae" del Concilio Vaticano II. La libertad religiosa como derecho humano debe ser protegida. En este tiempo, casi medio mundo no goza de esta libertad y en países de tradición cristiana, se abandona por un laicismo oficial. El Papa Ratzinger y el Cardenal Newman ofrecen interpretaciones clave en el concepto y desarrollo de la cuestión. PALABRAS CLAVE: Dignitatis humanae, libertad religiosa, interpretación del Papa Ratzinger del Vaticano II, libertad y misión de la Iglesia, Newman y la libertad religiosa. ABSTRACT: II Vatican Council's Dignitatis Humanae. Religious freedom as a fundamental right has to be protected. For now on, half word doesn't enjoy this freedom and in countries of Christian tradition it is put off by an official secularism. Pope Ratzinger and Cardinal Newman offer key interpretations on the concept and for the development of this issue. KEYWORDS: Dignitatis Humanae, religious freedom Ratzinger's interpretation on II Vatican Council, Church's freedom and misión, Newman.
Tratar el tema del carácter vinculante de la jurisprudencia constitucional, es tan importante como controvertido. Importante, pues es incontrovertible que la jurisdicción constitucional ha adquirido a lo largo de su historia un renombre que la posiciona sin más, como una especie de guardiana del Estado de Derecho. Esto sin exageración alguna, toda vez que con la aparición de una Constitución plenamente normativa, la jurisdicción constitucional garantiza esta larga conquista, lo cual es sin el mínimo atisbo de duda, la joya más preciada y fundante del Estado de Derecho. Por otra parte, el tema aquí tratado es controvertido, dado que se discuten preguntas fundamentales como ¿Qué es lo vinculante? ¿Qué función exacta ha de cumplir este carácter dentro de un sistema jurídico particular? La respuesta a esta y otras preguntas, incidirá de modo particular en el Estado de Derecho.
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LA LEY 19/06/2014, 2014
Asociación Pensamiento Penal, 2019
Revista General del Derecho Romano, 2010
Actitud hacia las personas con discapacidad. Una revisión teórica , 2019
Los efectos de la declaración del concurso, 2018