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RESUMEN El Derecho constituye un sistema normativo con reglas de autovalidación, se pretende objetivo y atemporal. El psicoanálisis, por su parte, se interesa en el sujeto. El deber ser jurídico de la norma legal está atravesado por el sujeto, y el sujeto, a su vez, por la ley. En el presente artículo nos interesa articular ambas disciplinas, por cuanto el derecho constituye una mediación entre la ley simbólica del relato familiar y la regla social que intenta regular o distribuir el goce; no obstante, como síntoma, el Derecho también actúa sus propias falencias. Palabras clave: Derecho, derecho penal, psicoanálisis, sujeto, goce AN (ALMOST) IMPOSSIBLE ARTICULATION: LAW AND PSYCHOANALYSIS Abstract Law constitutes a normative system with self-validation rules, and tries to be objective and timeless. Psychoanalysis, on the other hand, is interested in the subject. The legal ought-to-be of the rule of law intersects with the subject, and the subject, at the same time, intersects with the law. The present article is an attempt to articulate both disciplines, given that Law mediates between the symbolic law of the family novel and the social rule that intends to regulate or distribute the joy; however, as a symptom, Law also performs its own faults. Key words: Law, criminal law, psychoanalysis, subject, jouissance/joy. UNE ARTICULATION (QUASI) IMPOSSIBLE: DROIT ET PSYCHANALYSE Résumé Le Droit, qui se veut objectif et atemporel, constitue un système normatif qui comporte de règles d’auto- évaluation. La Psychanalyse, de sa part, s’intéresse au sujet. Le devoir être juridique de la norme légale est percé par le sujet et celui-ci, à son tour, est percé par la loi. Dans cet article, nous cherchons à articuler les deux disciplines car le droit constitue une médiation entre la loi symbolique du rapport familier et la règle sociale qui prétend contrôler ou distribuer la jouissance. Pourtant, en tant que symptôme, le Droit agit aussi ses propres manques. Mots-clés: Droit, droit pénal, psychanalyse, sujet, jouissance
2018
El libro está dividido en 5 secciones, El espíritu de los tiempos actuales y los Derechos Humanos, Construcción ciudadana y ejercicio de los Derechos Humanos, Violaciones a Derechos Humanos, victimizaciones y su atención, Ejercicio de los Derechos Humanos y situaciones disruptivas y Defensa y defensores de Derechos Humanos. Nos proponemos realizar una introducción sucinta a todas las aportaciones en lo que nos llama la atención sin ser propiamente un resumen.
la Psicología son considerados como ciencias que desde su perspectiva tratan en forma común la conducta del hombre, el hombre en sociedad, las repercusiones de éste, su forma de expresión y en general toda manifestación humana que necesite de análisis, respetando cada área desde el ángulo correspondiente. Se entiende que la vida en sociedad, factor común entre la Psicología y el Derecho no está reducida sólo a lo psicológico, ni a lo legal, sino que se relaciona con variados paradigmas tales como el biológico, social, etc., donde todos influyen entre sí dando como resultado la conducta manifiesta social. La gran incógnita que plantea "el deber ser" o "el no deber ser" se relaciona a su vez con el desarrollo de la moral que la Psicología intenta definir a través de diferentes perspectivas (Piaget, Kohleberg, etc), pero que tanto importa al Derecho y que por ello termina siendo otro punto de encuentro entre ambas ciencias dentro del contexto social. Se ha planteado muchas veces cuál es el rol de la Psicología dentro de la administración de justicia empezando por las tres siguientes bases: 1. Psicología del Derecho: donde se establece que el derecho está lleno de componentes psicológicos, y que se hace necesaria la psicología para que el derecho como tal pueda funcionar adecuadamente, lo cual se observa en el planteamiento de muchos de los artículos penales como lo es el caso de los criterios para la "inimputabilidad". 2. Psicología en el Derecho: donde se toma la misma idea, misma que estudia las normas jurídicas como estímulos verbales, que tratan de retraer determinadas conductas, por lo que la aplicación y formulación de conductas requiere del aporte de la Psicología, para lograr una eficacia jurídica por los sujetos que intervienen en el cumplimiento de esas normas. 3. Psicología para el Derecho: en la que la psicología actúa como auxiliar del Derecho cuando necesita información sobre sus fines, sus estrategias o para interpretar hechos relativos a casos específicos. Es este tercer punto el que merece un comentario adicional al plantear a la psicología como "auxiliar", así como las otras ciencias tales como la Medicina y otras, son consideradas también como "auxiliares". Se debería considerar a toda ciencia que aporta en el Derecho como un medio necesario para llegar a la obtención de la verdad histórica de los hechos a través de pruebas de diversa índole, sin situar a estas ciencias en un estado de supeditación opcional como lo sugiere el término "auxiliar". Es posible que este análisis sea un tanto minucioso en este momento, pero se debe considerar lo que implica la palabra "auxiliar". En el caso de un automóvil, la llanta "auxiliar" es sólo usada en casos donde alguna de las otras está sin aire, incluso es posible no hacer uso de ella solicitando una grúa o llevando por otro medio la llanta dañada a reparar sin mover el auto. El propósito de esta comparación práctica no significa un afán de plantear una innecesaria lucha de poderes, pero sí de entender que una prueba proveniente de cualquiera de las especialidades, puede ser aquello que condene o libere a un imputado, por lo tanto es un eje indispensable de cualquier proceso, por lo que no es sólo una opción, sino una obligación del Derecho trabajar lado a lado con las otras ciencias. El avance de estas ciencias ha sido de mucho progreso en el terreno dentro de la aplicación en Justicia, de manera que un trabajo conjunto en pos de la verdad justifica una labor coordinada y multidisciplinaria, pues todas estas ciencias están buscando un mismo objetivo: la verdad histórica de los hechos que va a generar Justicia. Es más, el hecho de
La crisis cultural y la deshumanización de la vida Juan Elías Campos García. pp. 18-31 un hombre de su tiempo: es una vida en el cuerpo que logra la sobrevivencia. Por eso no podemos creer cuando un sujeto dice que se ha quedado sin valores, basta ver sus acciones, éstas son la muestra de lo que regula su vida; los valores encarnan en el cuerpo, son un referente corporal que nutre lo que siente, piensa y actúa. Asistimos al proceso de deshumanización que una cultura defiende, so pena de acabar con la vida en toda su diversidad, incluida la vida que habita en el hombre. El concepto cultura dijo primigeniamente cultivo de la vida humana. Su valor proviene del papel que cumple en el hacerse del hombre. Le facilita propuestas de acción, de motivos, de esfuerzos para vivir. Tiene un fin supremo: ser más humanos gracias a ella, agrandar la vida humana, formar en nosotros una personalidad íntegra y armónica […] al crear cultura, el hombre se humaniza en el sentido de llegar a ser hombre (Moreno, 1998:37). La crisis cultural y la deshumanización de la vida Juan Elías Campos García. pp. 18-31 descubrimiento de lo humano es posible si escucho el llamado de otro ser vivo, su presencia es una relación. La vida es nosotros. […] parte de la etnia a la que pertenecemos hay otras etnias y, en la medida en que los hechos se vean con los ojos despejados, nadie podrá negar el hecho de que por encima de cada una de las etnias existe una "humanidad" que se constituye mediante las mutuas relaciones entre estas etnias (Jirô Abe, 1997:43). La crisis cultural y la deshumanización de la vida Juan Elías Campos García. pp. 18-31 distancia para tener un pensar claro en la vida; después el recorrido se invierte, un movimiento centrípeto, regresar al cuerpo para establecer un pensar y un sentir de la vida artificial. Por eso podemos coincidir con el deseo de esperar que un ser humano nazca. La respuesta está en el cuerpo y su proceso corporal de cuidar la vida, y porqué no, desarrollarla. Conclusiones: La vida y su expresión humana. Las cualidades humanas tienen su raíz en el ser vivo que lo crea y lo nutre: el planeta. Descubrirse humano es un proceso que despierta la conciencia de la vida en el cuerpo, el sujeto tiene ante sí una elección: cuidar la vida o ponerla en riesgo. Lo humano es posible si dejamos que la vida en el cuerpo se exprese en el ser humano. La deshumanización es un resultado por distanciarnos de la vida que habita en nosotros, regresar a casa, vincularnos con la vida, es reencontrar nuestra condición humana. Este es un deseo que se mueve en el Manifiesto por la Vida. Por una ética para la sustentabilidad (2006): La crisis cultural y la deshumanización de la vida Juan Elías Campos García. pp. 18-31 Perspectiva psicosocial de los Derechos Humanos De la muerte del fantasma al nacimiento del hombre José Manuel Bezanilla y Ma. Amparo Miranda. pp.32-60 De la muerte del fantasma al nacimiento del hombre José Manuel Bezanilla y Ma. Amparo Miranda. pp.32-60 conocimiento que aborde los problemas globales, y una vez comprendidos y fundamentados extender en él los conocimientos regionales y locales. Un aspecto fundamental dentro de este contexto, es la rehumanización, ya que el ser humano es un sujeto bio-psico-socio-histórico-cultural, entes únicos e individuales, y es precisamente por esta complejidad de la naturaleza humana, que no puede estar desintegrado de la enseñanza. Con este saber, al reconocer la compleja unicidad humana, se posibilitará la integración disciplinaria, articulándose y organizándose los conocimientos previamente dispersos y fragmentados. Esto es, que en la medida en que se tome conciencia de la complejidad de la identidad, se contemplará de manera amplia la identidad común de todos los hombres comprendiéndose profundamente lo fundamentos de la ciencia. Uno de los aspectos fundamentales que se deben desarrollar y considerar en estos tiempos, es la identidad como seres planetarios, conscientes de nuestra implicación sistémica en todas las interacciones mundiales, que como seres planetarios tenemos en común la misma comunidad de destino. Como hemos mencionado previamente, un signo de los tiempos actuales, es la incertidumbre sobre la propia estabilidad, situación y existencia, misma que se ve acelerada y acrecentada por la velocidad en que se desarrollan los acontecimientos mundiales y los cambios globales. Lo inesperado, lo incierto, nos hace sentir inseguridad, vulnerabilidad, nos encontramos en un estado de desequilibrio e inestabilidad. De la muerte del fantasma al nacimiento del hombre José Manuel Bezanilla y Ma. Amparo Miranda. pp.32-60 De la muerte del fantasma al nacimiento del hombre José Manuel Bezanilla y Ma. Amparo Miranda. pp.32-60 La idea de Marx es, que el hombre, se debe a sí mismo, a través de las acciones que ejerce sobre su propio entorno, en esa época se enfoca en la transformación de su entorno a través de los medios de producción, enfocándose en ellos para el dominio no solo de estos, sino sobre los otros hombres, provocando la degradación de lo humano. De la muerte del fantasma al nacimiento del hombre José Manuel Bezanilla y Ma. Amparo Miranda. pp.32-60 REFERENCIAS.
Encierre con un círculo, el o los literal/es que corresponda/n a la/s opción/es correcta/s:
Para el Sociólogo o el estudiante de la disciplina existe una clara distinción entre Sociología General y las Sociologías Especiales.
1 TEMA I LA INGENIERÍA EN RELACIÓN AL DERECHO NORMAS QUE RIGEN LA ACTIVIDAD HUMANA:
EL PROBLEMA milenario de la Filosofía del Derecho consiste en que el Derecho, por una parte, es una norma que tiene un ser ideal y, por otra, su vigencia empíricamente observable tiene un ser real. El Derecho N atural que acentúa la naturaleza normativa del Derecho, plantea sus problemas dentro de la filosofía moral, entre tanto el N aturalismo Jurídico que considera el Derecho como un producto causal de factores económicos determinantes, transfiere los problemas de la Filosofía del Derecho al campo del materialismo histórico. Sin entrar en los detalles de las dos direcciones opuestas, podemos afirmar que la problemática de nuestra materia depende, por una parte de la naturaleza heterónoma del mismo Derecho y, por otra, de la orientación filosófica general del investigador representante de una filosofía especial.
1. Sociología jurídica y crítica marxista "Los valores éticos y poli ticos entran en juego, en toda ciencia, en toda ciencia social, en la sociología y en la sociología del derecho, en al menos tres momentos importantes: el momento de la posición o de la aceptación de las condiciones, de los presupuestos, de las convenciones constitutivas de la ciencia; el momento de la detenninación del campo y de los temas de investigación; el momento mismo de la invención teórica, con las formulaciones de las teorías y de las hipótesis." Esta explícita aceptación de la intervención de lo político en la fundación de una ciencia, no corresponde, como pudiera creerse a primer'd vista, a un autor de confesión marxista, sino precisamente a uno de filiación positivista, que para muchos constituiría su antítesis. Pertenece a Uberto Scarpelli/ quien, en la página siguiente, se autodefine como un "verificazionista indurito". Esto revela que no todos los científicos sociales inspirados en el positivismo contemporáneo son refractarios a considerar el origen y elobjetivo político de disciplinas como la sociología del derecho. Como bien * Universidad Autónoma de Puebla.
Análisis de algunas falacias en Derecho y su relación con el derecho romano, 2019
RESUMEN: Se discute inicialmente el significado de falacia y, con ayuda del derecho romano, se pretende relacionar la aparición de las falacias con la esencial tarea jurídica de la interpretación de textos. Los criterios de interpretación de los jurisconsultos romanos se consideran esenciales para comprender los utilizados modernamente. Se analizan al respecto casos emblemáticos del derecho romano, necesarios para entender nuestra tradición jurídica al respecto y ponerla en relación con el sistema del Common Law. Se intenta aclarar la diferencia entre oscuridad y ambigüedad, fuentes usuales de falacias en derecho, en relación con la lengua. Se analizan también las falacias de autoridad, de petición de principio, así como la de desconocimiento de la cuestión que se discute (ignoratio elenchi), esta última en relación con el debate acerca de la tutela del concebido, para el que se reclama atención al derecho romano con el fin de entender adecuadamente la legislación actual en materia de surgimiento de la persona física. Se juzgan críticamente, a la luz de lo expuesto, opiniones doctrinales notables que han condicionado falazmente la doctrina y la práctica judicial moderna en España en relación con el concebido. Se examinan a continuación otras falacias frecuentes en derecho (ad misericordiam, ad populum, metabasis eis alo genos…).
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APUNTES PARA UN MODELO MEXICANO DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO PSICOSOCIAL, 2019