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Bien podría tener buena parte de razón la opinión de considerar el tema del auge y caída de Roma como el problema histórico por antonomasia, puesto que en él se dan todas las circunstancias sociales, políticas, económicas, religiosas, militares y de casi cualquier tipo posibles y en multitud de variantes. Es decir que conociendo las Causas de la grandeza de los romanos y de su decadencia -parafraseando a Montesquieu-, se podría conocer de la forma más completa posible la historia humana (al menos de la civilización occidental).
El Derecho Romano es el estudio de las normas, principios e instituciones jurídicas que regularon las relaciones del pueblo romano desde la fundación de Roma, en el año 753 A.C., hasta la muerte del Emperador Justiniano en el año 565 D.C.
Fortunatae, 16, 2005
RESUMEN La literatura jurídica de la República romana (ca. entre los siglos VI al I a.C.), la que ha sobrevivido, es fragmentaria o un campo de ruinas. Siempre fue considerada literatura en prosa, particularmente la célebre Ley de las XII Tablas. Este corpus legal formó parte de la educación de la juventud romana y constituyó la fuente de todo el derecho público y pri-vado. Y al mismo tiempo creó la estructura legal básica para el desarrollo ulterior del dere-cho romano, el cual ganó reconocida reputación e influencia en la cultura occidental. ABSTRACT The legal literature of the Roman Republic (approx. between the 6th and the 1st centuries B C), has survived in fragments or it is a field of ruins. Those legal sources have always been considered prose literature, particulary the famous law of the Twelve Tables. This legal corpus was included in the education of the Roman youth and was the basis of the public and private laws. And at the same time it created the basic legal structure for the subsequent development of the Roman Law that won well-known reputation and influence in Western civilization. KEY WORDS: Roman Law. Ancient Roman Republic. Latin Literature. Me uno con el presente trabajo a la memoria, que hace nuestra revista Fortunatae, del prof. del Estal, y me viene enseguida a la mente la copla de J. Manrique «Que aunque su vida perdió /dejónos harto consuelo / su memoria». Nuestra contribución fue en su origen una conferencia preparada hace años para ser impartida en un curso organizado por estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Laguna. Aquellos apuntes y reflexiones que anoté entonces desde el punto de vista de la literatura latina, ahora los hilvano y reelaboro para esta ocasión. Con ello intento enlazar con las preocupaciones filosóficas y retóricas de nuestro compañero Eduardo, las cuales nunca se decidió a escribirlas, dado el espíritu libre y ferlosiano 1 que le caracterizaba. Y, en efecto, creo conectar con algunos de sus pensamientos o aficiones, puesto que es bien conocido que el dere-cho recurrió frecuentemente a los métodos y categorías de la filosofía y retórica griegas y en ellas se fundamentó e incluso no pocos autores impuestos en estas dis-LA LITERATURA JURÍDICA EN LA ROMA REPUBLICANA 87 FORTVNATAE, 16; 2005, pp. 87-97
ÍNDICE TEMA 1: los orígenes de Roma: La Monarquía.-Los mores maiorum. Las leges regiae.-El ius Papirium.
No existe uniformidad de criterios para dividir la historia del Derecho Romano, particularmente creo que la división histórica, que toma como base los grandes acontecimientos socio -políticos, es la más adecuada porque vincula las etapas del desarrollo de la historia de Roma con la evolución del derecho, sin embargo es bueno advertir que esta forma de división, al igual que cualquier otra de las que existen en la actualidad, no es necesariamente la más exacta pues en todos los procesos histórico no existe una evolución simultánea del derecho público y del derecho privado.
UNIDAD 1: HISTORIA Y FUENTES DEL DERECHO ROMANO 1.1.-CONCEPTO DE DERECHO ROMANO. TERMINOLOGÍA
Roma, heredera mítica de Troya, la ciudad de los héroes. Allí donde ésta fue mortal, aquella es Eterna. Con estas palabras del poeta se simboliza la permanente influencia de Roma en nuestra cultura. Es usual afirmar que el Mundo Occidental es hijo de la Loba (Romana) y en un sentido muy exacto la afirmación es correcta.Por esto resulta de toda lógica estudiar el desenvolvimiento y desarrollo histórico-jurídico de Roma y de sus instituciones como una forma de entender las razones que llevan al establecimiento de una cultura occidental en el Nuevo Mundo. A la vez, debe considerarse que siendo Roma la base de las instituciones jurídicas que florecen en el sucesor reino de Castilla, su influencia se proyecta directamente hacia México y lo integran al Sistema Jurídico romanista.
Cuestionario # 1 1. CONCEPTO DE DERECHO ROMANO Es el conjunto de disposiciones jurídicas que rigieron a la comunidad política romana desde su fundación (753 a.c). Hasta la muerte del emperador Justiniano (565 d.c) Conocemos este derecho a través de la compilación de juristas bizantinos hicieron en tiempos del emperador Justiniano, llama a partir de la edad media corpus iuris civilis.
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Lucentum, 11-13, 1992-94, pp. 121-126