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La convención es base y elemento esencial del contrato. Nullum esse contractum, nullam obligationem, quae non habeant in se conventionem ("No hay contrato ni obligación que no tengan en sí una convención"). (ULPIANO, L. 1, D. II, 14). No puede haber contrato sin convención, aun cuando sí pueden existir convenciones que no constituyen contrato. Para formarnos idea clara de lo que es el contrato debemos comenzar por saber lo que es convención desde el punto de vista jurídico.
On the Obligations of the Contract in Roman Law. One of the most important fields of Roman law was that of the law of obligations. The Obligation, defined as a legal link (iuris vinculum), originated from various "Causae obligationum" or, in modern language, from sources, that is, from legal facts on which the right made its existence depend. The contract, object of analysis of the present article, which was perhaps the original source of the obligations, was always the most important figure on which most of the doctrine of obligations in Roman law was elaborated. In the present work, we analyze its evolution throughout the historical-juridical periods of Rome, its classification and the procedural defense instruments of the different types of contracts.
El derecho es un fenómeno esencialmente social. El hombre está hecho para vivir en sociedad, pero esa convivencia no sería posible si cada uno de los componentes de esa sociedad hiciese lo que le viniera en gana. Un agregado humano que convive en un determinado territorio, pero privado de la más elemental organización no sería nunca una sociedad. Para que se pueda hablar de verdadera sociedad se requiere el reconocimiento de un conjunto de reglas, de normas de conducta que hagan posible la vida pacífica, el desenvolvimiento normal de la actividad de los asociados, con el convencimiento de parte de ellos que la violación de tales normas trae consigo una sanción, un castigo. El hombre que vive en sociedad distingue perfectamente un conjunto de reglas, de normas que él puede cumplir o no, como son las de cortesía, urbanidad, etiqueta, y otras que son de cumplimiento obligatorio y cuya violación acarrea una sanción . Estas reglas obligatorias cuyo incumplimiento da lugar a una sanción son las normas jurídicas, las cuales constituyen el derecho en sentido general. El orden social no puede de ninguna manera, asegurar solo la convivencia humana de la colectividad, hace falta que ese orden social y ese sistema de controles sociales sea apuntado por el orden jurídico y también por un sistema de controles jurídicos. En la actualidad, comenzando el siglo XXI se estudia todavía el Derecho Romano analizando aquellas viejas normas por las cuales se rigió el pueblo romano en el antiguo Lazio y muchos nos preguntaríamos el por qué se ha mantenido su estudio a través de las épocas. El pueblo romano demostró una especial aptitud para el derecho, así como el pueblo griego la tuvo para la filosofía. Ningún pueblo de la antigüedad demostró mayor sentido jurídico y se dice que los romanos sintieron el derecho como poesía, esto es, como vocación espiritual que era intuición y arte.
Cuestionario # 1 1. CONCEPTO DE DERECHO ROMANO Es el conjunto de disposiciones jurídicas que rigieron a la comunidad política romana desde su fundación (753 a.c). Hasta la muerte del emperador Justiniano (565 d.c) Conocemos este derecho a través de la compilación de juristas bizantinos hicieron en tiempos del emperador Justiniano, llama a partir de la edad media corpus iuris civilis.
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