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Y FINANCIERO Documento con posibles errores digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
Artículo 1.-El presente Código de Ética tiene por objeto, establecer los principios y deberes éticos que rigen el desempeño del personal de COFIDE, en mérito a los servicios que éste presta, el cual interviene directa e indirectamente en contribuir al logro de la misión de COFIDE. Artículo 2.-Para el presente Código de Ética se establecen las siguientes definiciones: a) FUNCIÓN DEL TRABAJADOR DE COFIDE.-Se entiende por Función del trabajador de COFIDE toda actividad temporal o permanente, realizada por una persona al servicio de la Corporación , en cualquiera de sus niveles jerárquicos. b) TRABAJADOR DE COFIDE.-Cualquier funcionario o empleado, independientemente de la modalidad o plazo de contratación, que ha sido seleccionado, designado o electo para desempeñar actividades o funciones en nombre de la Corporación , en todos sus niveles jerárquicos. c) COMPROMISO.-Todo trabajador de COFIDE se compromete a tomar conocimiento del presente Código y asumir el compromiso para su debido cumplimiento. Artículo 3.-El presente Código es de aplicación a todos los trabajadores de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. -COFIDE.
CODIGO FINANCIERO ESTADO DE MEXICO 2015, 2015
Toluca de Lerdo, México, a 4 de diciembre 1998. CC. DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA H. "LIII" LEGISLATURA DEL ESTADO P R E S E N T E S En ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 51 fracción I y 77 fracción V de la Constitución Política d el Estado Libre y Soberano de México, me permito someter a la consideración de esa H. Legislatura, por el digno conducto de ustedes, iniciativa de Código Financiero del Estado de México y Municipios, la que se sustenta en la siguiente: EXPOSICION DE MOTIVOS La dinámica de la Administración Pública impone adecuar el marco jurídico a las necesidades derivadas del constante desarrollo del Estado, preservando las disposiciones que han dado resultado, y sustituyendo o perfeccionando aquéllas que las circunstancias han rebasado. La estructura jurídica del sistema financiero del Estado y sus Municipios, basada fundamentalmente en once ordenamientos que son el Código Fiscal del Estado, a diversas reformas y adiciones que han sufrido, perdió congruencia sistemática, por contener disposiciones que se contradicen, se duplican o que por el transcurso del tiempo han dejado de ser positivas, generando inseguridad jurídica. Es necesario tener presente que en la época actual, la legislación tributaria y financiera en el Estado ha tenido tres importantes reformas, la primera a principios de los años setenta en la que se establecieron las bases de nuestro sistema tributario; la segunda como consecuencia de la expedición de la Ley de Coordinación Fiscal en I978, que modifica el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, con lo que las Entidades Federativas autolimitan su potestad tributaria para permitir la entrada en vigor del Impuesto al Valor Agregado, a cambio de una mayor participación de los ingresos federales; y la tercera, derivada de la reforma al artículo 115 Constitucional, por la que, las Entidades Federativas transfieren al municipio la fuente de tributación basada en los impuestos inmobiliarios; reformas que de una u otra manera han contribuido a la desactualización de los ordenamientos que rigen la vida financiera del Estado y los municipios. Si bien es cierto que la legislación fiscal s e ha mantenido actualizada, mediante diversas adiciones, derogaciones y reformas, también lo es que como consecuencia de la dinámica económica y legislativa, las disposiciones dejan de ser aplicables, se vuelven contradictorias o se duplican. El Código Fi scal del Estado y del Código Fiscal Municipal, desde su expedición, han tenido diversas reformas, y en la última, con la entrada en vigor del Código de Procedimientos Administrativos del Estado, se derogaron 63 artículos de cada ordenamiento, relativos al procedimiento administrativo de ejecución y únicamente conservan los principios de carácter fiscal que, como sabemos, se basan en los mismos principios del Código Fiscal de la Federación de 1938, que incluyen disposiciones de carácter reglamentario y orgánicas, así como la prohibición de alcabalas y la facultad exclusiva de la autoridad para determinar contribuciones. Ante la falta de actualización de estos ordenamientos, se han ido incorporando a leyes especiales, normas y principios propios del Código Fiscal que deben de ser permanentes, a la Ley de Hacienda del Estado, a Ley de Hacienda Municipal y las leyes de ingresos, como la forma y procedimientos de pago, los responsables solidarios, reglas de exención y la regulación de los ingresos provenientes de l Sistema Nacional de Coordinación Fiscal. Además, la definición de las contribuciones atiende a un concepto de Estado poco democrático, como en el caso de los
código financiero Edo Mexico municipios
¿Quieres alcanzar la independencia financiera? ¿Te gustaría duplicar tus ingresos en un año? ¿Deseas conocer los secretos de los emprendedores de éxito? «El código del dinero» contiene todo lo que necesitas saber para conquistar tu libertad financiera:-Lo que nadie te enseño sobre el dinero.-Inteligencia financiera aplicada.-Cómo superar los tiempos de crisis.-¿Invertir o apostar?-El vocabulario de la riqueza.-Cómo convertir tu talento en ingresos.-Las 10 habilidades imprescindibles del emprendedor.-La deuda óptima y la pésima.-La novena maravilla del mundo: los ingresos pasivos.-La gestión rentable de tu tiempo.-Empieza en pequeño, piensa en grande. «El código del dinero» te revelará lo que nunca te han enseñado en la escuela, en la universidad o en casa sobre el dinero: estar al mando de tu economía, hacerla prosperar y ser libre. RAIMON SAMSÓ.
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