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Ante todo un previo y cordial saludo hacia su persona.
Pág. Introducción 04 A. MODALIDADES DEL ACTO JURÍDICO: EL PLAZO 05 1. Concepto de Plazo 05 2. Carácter del Plazo 08 2.1 El plazo debe ser necesariamente pactado 08 2.2 El Plazo debe ser un hecho futuro 09 2.3 El plazo debe ser un hecho cierto 09 B. MODALIDADES DEL ACTO JURÍDICO: ART. 179º -189º 10 1. Artículo Nº 179 Beneficio del Plazo Conclusiones 59 Bibliografía 61 INTRODUCCIÓN Dentro del Estudio del Acto Jurídico, es necesario entender lo correspondiente a su modalidad, la cual vamos a entender como los elementos eventuales que se presentan dentro del propio Acto Jurídico por las partes. Estas modalidades permiten a las partes al momento de celebrar un acto jurídico haciendo uso de su autonomía privada, se pueden acordar determinadas condiciones, un plazo del cumplimiento de sus obligaciones o el modo en que estos se realizaran. Las partes se obligaran a acatar estas modalidades. Para el presente trabajo monográfico, vamos a abarcar el estudio de los Artículos 179º al 189º los cuales se avocan más al plazo y cargo, para ello es pertinente indicar que el termino plazo puede considerarse como los hechos que se deben de cumplir dentro de un tiempo determinado para que pueda darse origen a otro suceso, y el termino cargo como una obligación vinculada a la titularidad de determinados bienes. MODALIDADES DEL ACTO JURÍDICO (ARTÍCULO 179º 189º) A. MODALIDADES DEL ACTO JURÍDICO: EL PLAZO 2 El tiempo es un factor tomado en cuenta por el derecho para atribuirle ciertos efectos como el hecho jurídico. Determina la producción de fenómenos como la prescripción, la caducidad o la mayoría de edad. En el acto jurídico, el plazo (un cierto periodo de tiempo) es legislado como modalidad, o sea, como elemento no necesario pero susceptible de ser incluido en el contenido de un acto jurídico de ser incluido en el contenido de un acto por voluntad de las partes. Surte efectos por prescripción legal en algunos casos, destinada a durar por un lapso limitado y entones los efectos del acto son los transitorios, pues fugaz es la función que está llamada a desempeñar en la vida de relación. En otros supuestos, son las partes los que pactan el plazo y es en esa función que adquiere los atributos de un elemento modal del acto. 1. CONCEPTO DE PLAZO El plazo o término indica el momento desde el cual se inicia o finaliza la eficacia del acto jurídico. "El Plazo como modalidad es el evento futuro y cierto de cuyo acaecimiento se hace depender el nacimiento, la exigibilidad o la finalización de los efectos del acto jurídico" 1 Mediante el plazo, las partes se subordinan a la eficacia de ciertos actos jurídicos o de una obligación hasta una fecha o un acontecimiento futuro o cierto. La certidumbre de que el plazo habrá de cumplirse distingue 1TORRES VÁSQUEZ Aníbal, "ACTO JURÍDICO", 3ra. Edición, Editorial IDEMSA, Lima 2008, Página 546.
Dedicado a nuestro Dios, supremo creador y a la profesora Marleny por los vastos conocimientos Vertidos en clase, que inspiran este trabajo.
A nuestros padres, las personas más importantes de nuestra existencia, los pilares de nuestra vida y razón de superación.
DELITOS DE LESION Y RESULTADO 2 DELITOS DE PELIGRO Y SIMPLE ACTIVIDAD DELITOS CALIFICADOS POR EL RESULTADO Y SUS CONDICIONES OBJETIVAS DE PUNIBILIDAD DELITOS DE OMISION PROPIA E IMPROPIA DELITOS CULPOSOS EN LAS FALTAS EN LA AUTORIA MEDIATA DELITOS AGRAVADOS EN LA ACTIO LIBERA IN CAUSA COAUTORIA Y PARTICIPACION EN CONCURSO DE DELITOS MODALIDADES DEL DELITO IMPERFECTO...45 TENTATIVA INACABADA……………………...45 TENTATIVA DESISTIDA………………………..47 TENTATIVA ACABADA O DLEITO FRUSTRADO………………………..……………48 TENTATIVA INIDONEA O DELITO IMPOSIBLE TENTATIVA CALIFICADA…………...…………50 3 TEORIAS QUE PRECONIZAN LA PUNIBILIDAD DE LA TENTATIVA………………………………51 CONCLUSION…………………………………….62 BIBLIOGRAFIA…………………………………...64 INFOGRAFIA. …………………………………….66 4 INTRODUCCIÓN El presente trabajo monográfico está encaminado a tratar de precisar lo que es el estudio de lo que llamamos delito en grado de tentativa lo cual es sumamente complejo porque será necesario analizar en el hecho, no sólo la acción inconclusa sino también la pretensión de la conducta. Al final de la monografía, se resaltara una serie de conclusiones que se derivan del trabajo académico. 5 EVOLUCION HISTORICA DEL CONCEPTO DE TENTATIVA
" Su amor no daña, tu odio sí " " Su amor no daña, tu odio sí "
Conforme señala De la Cueva, "se conoce como Período de Prueba en las relaciones de trabajo, un término breve, al iniciarse la prestación de los servicios, destinado a que el trabajador pruebes u aptitud" (1) .
La Filosofía de la Educación pretende una comprensión fundamental, sistemática y crítica del hecho educativo. Este carácter específicamente filosófico de la asignatura, distinto del que ofrece una Teoría General de la Educación, debe despertar en el estudiante un claro asombro investigador, una perplejidad activa y una reflexión en profundidad que permitan conocer el hecho educativo desde sus presupuestosantropológicos y filosóficos. Tarea no fácil, pero tarea posiblemente gratificante y necesaria. Filosofía de la Educación; es la disciplina que estudia el comportamiento de la educación a la luz de las leyes que regulan el desarrollo de la sociedad humana, desde que el hombre apareció en la tierra, hasta el momento actual y de las que gobierna cada formación económica-intermedio social en particular; disciplina que además, estudia las diferentes concepciones del mundo y la formas como ellas conciben el hecho educativo, en sus elementos y movimientos fundamentales. La Filosofía de la Educación puede considerarse como el saber teleológico de la educación. La consideración de la finalidad conforma nuestra disciplina, de manera que no sólo consta del estudio del fin de la educación, sino también del estudio del sujeto y de la propia acción educativa, pero contempladas desde la perspectiva de la finalidad. ¿Para qué se educa? Tal es la cuestión última en la Filosofía de la Educación. La filosofía de la educación trata de comprender o interpretar la educación en relación con la realidad sin perder el punto de vista de esta realidad, reflexiona sobre su naturaleza, esencia y valores de la educación. El hombre es el único ser educable. Este ser es simultáneamente biológico, psíquico y social. Pero no lo es en forma pasiva sino activa. Está frente al mundo provisto de una actividad espiritual, de una concepción de la vida. A través de esta idea básica encuentra la explicación de muchos "por qué", aparte de la posibilidad de enfocar a la realidad como a un todo. En primera instancia la filosofía es, pues, una concepción del mundo y de la vida que repercute sobre la conducta. Esto sucede no sólo con la filosofía de los "filósofos profesionales", sino también con la "filosofía" del hombre común. Toda teoría filosófica conduce a una actitud e intenta explicar unitariamente la realidad. Por eso dice que la filosofía es una reflexión totalizadora en cuyo campo entran tanto lo natural como lo humano. De lo dicho se deriva la importancia de la filosofía para la educación. Si ésta pretende formar al hombre en su integridad, ¿quién más que la filosofía puede darle una idea de esa integridad? El educador no puede emprender su misión, si antes no se ha trazado por lo menos un esbozo del punto a que se debe llegar, es decir una "imagen" del hombre a formar. Por eso, esencialmente, la filosofía que fundamente la acción educativa debe ser una "filosofía de lo humano".
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