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La ley es una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite. Son leyes las normas generalmente obligatorias de interés común. Art. 2.-La costumbre no constituye derecho sino en los casos en que la ley se remite a ella. Art. 3.-Sólo al legislador toca explicar o interpretar la ley de un modo generalmente obligatorio. Las sentencias judiciales no tienen fuerza obligatoria sino respecto de las causas en que se pronunciaren. Art. 4.-En el juzgamiento sobre materias arregladas por leyes orgánicas o especiales, no se aplicarán las disposiciones de este Código, sino a falta de esas leyes. De la promulgación de la ley Art. 5.-La ley no obliga sino en virtud de su promulgación por el Presidente de la República. La promulgación de las leyes y decretos deberá hacerse en el Registro Oficial, y la fecha de promulgación será, para los efectos legales de ella, la fecha de dicho registro. La promulgación de las leyes, decretos y acuerdos relacionados con la defensa militar nacional del país, que fueren considerados como secretos, se hará en el Registro Oficial, en los talleres gráficos del Ministerio de Defensa Nacional, en una edición especial de numeración exclusiva, en el número que determine el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. La promulgación de las leyes, decretos y acuerdos relacionados con la Policía Nacional y que fueron considerados como secretos, se hará en los Talleres Gráficos nacionales adscritos, al Ministerio de Gobierno, Cultos, Policía y Municipalidades, en una edición especial del Registro Oficial, de numeración exclusiva, por orden del señor Ministro de Gobierno y a pedido del Consejo Superior de la Policía Nacional, en el número de ejemplares que dicho Organismo estime conveniente. La responsabilidad legal, inclusive la militar, por la edición, reparto, tenencia y conservación de los ejemplares del Registro Oficial publicados conforme al inciso anterior, corresponde al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Art. 6.-La ley entrará en vigencia a partir de su promulgación en el Registro Oficial y por ende será obligatoria y se entenderá conocida de todos desde entonces. Podrá sin embargo, en la misma ley, designarse un plazo especial para su vigencia a partir de su promulgación. Art. 7.-La ley no dispone sino para lo venidero: no tiene efecto retroactivo; y en conflicto de una ley posterior con otra anterior, se observarán las reglas siguientes: comenzado a correr, y las actuaciones y diligencias que ya estuvieren comenzadas, se regirán por la ley que estuvo entonces vigente; 21a.-La prescripción principiada cuando regía una ley, y que no se hubiere completado al tiempo de promulgarse otra que modifique la anterior, reduciendo el plazo para la prescripción, podrá ser regida por la primera o segunda, a voluntad del prescribiente; pero no podrá acogerse a la segunda sino después de dos años de su promulgación. En las cuestiones judiciales pendientes a la época de la promulgación de la ley que modifique el plazo para la prescripción, regirá la ley vigente a la época en que se trabó la litis; 22a.-Lo que una ley posterior declara absolutamente imprescriptible no podrá ganarse por tiempo, bajo el imperio de la nueva ley, aunque el prescribiente hubiere principiado a poseer conforme a la ley anterior que autorizaba la prescripción; y, 23a.-Las leyes que se limiten a declarar el sentido de otras leyes se entenderán incorporadas en éstas; pero no alterarán en manera alguna los efectos de las sentencias judiciales ejecutoriadas en el tiempo intermedio. Art. 8.-A nadie puede impedirse la acción que no esté prohibida por la ley. Art. 9.-Los actos que prohíbe la ley son nulos y de ningún valor; salvo en cuanto designe expresamente otro efecto que el de nulidad para el caso de contravención. Art. 10.-En ningún caso puede el juez declarar válido un acto que la ley ordena que sea nulo. Art. 11.-Podrán renunciarse los derechos conferidos por las leyes, con tal que sólo miren al interés individual del renunciante, y que no esté prohibida su renuncia. Art. 12.-Cuando una ley contenga disposiciones generales y especiales que estén en oposición, prevalecerán las disposiciones especiales. Art. 13.-La ley obliga a todos los habitantes de la República, con inclusión de los extranjeros; y su ignorancia no excusa a persona alguna. Art. 14.-Los ecuatorianos, aunque residan o se hallen domiciliados en lugar extraño, están sujetos a las leyes de su patria: 1o.-En todo lo relativo al estado de las personas y a la capacidad que tienen para ejecutar ciertos actos, con tal que éstos deban verificarse en el Ecuador; y, 2o.-En los derechos y obligaciones que nacen de las relaciones de familia, pero sólo respecto de su cónyuge y parientes ecuatorianos. Art. 15.-Los bienes situados en el Ecuador están sujetos a las leyes ecuatorianas, aunque sus dueños sean extranjeros y residan en otra nación. Esta disposición no limita la facultad que tiene el dueño de tales bienes para celebrar, acerca de ellos, contratos válidos en nación extranjera. Pero los efectos de estos contratos, cuando hayan de cumplirse en el Ecuador, se arreglarán a las leyes ecuatorianas. Art. 16.-La forma de los instrumentos públicos se determina por la ley del lugar en que hayan sido otorgados. Su autenticidad se probará según las reglas establecidas en el Código de Procedimiento Civil. La forma se refiere a las solemnidades externas, y la autenticidad al hecho de haber sido realmente otorgados y autorizados por las personas y de la manera que en tales instrumentos se exprese. Art. 17.-En los casos en que las leyes ecuatorianas exigieren instrumentos públicos para pruebas que han de rendirse y surtir efecto en el Ecuador, no valdrán las escrituras privadas, cualquiera que sea la fuerza de éstas en el lugar en que hubieren sido otorgadas. Interpretación judicial de la ley Art. 18.-Los jueces no pueden suspender ni denegar la administración de justicia por oscuridad o falta de ley. En tales casos juzgarán atendiendo a las reglas siguientes: 1a.-Cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal, a pretexto de consultar su espíritu. Pero bien se puede, para interpretar una expresión oscura de la ley, recurrir a su intención o espíritu claramente manifestados en ella misma, o en la historia fidedigna de su establecimiento; 2a.-Las palabras de la ley se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas palabras; pero cuando el legislador las haya definido expresamente para ciertas materias, se les dará en éstas su significado legal; 3a.-Las palabras técnicas de toda ciencia o arte se tomarán en el sentido que les den los que profesan la misma ciencia o arte, a menos que aparezca claramente que se han tomado en sentido diverso; 4a.-El contexto de la ley servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía. Los pasajes oscuros de una ley pueden ser ilustrados por medio de otras leyes, particularmente si versan sobre el mismo asunto; 5a.-Lo favorable u odioso de una disposición no se tomará en cuenta para ampliar o restringir su interpretación. La extensión que deba darse a toda ley se determinará por su genuino sentido y según las reglas de interpretación precedentes; 6a.-En los casos a que no pudieren aplicarse las reglas de interpretación precedentes, se interpretarán los pasajes oscuros o contradictorios del modo que más conforme parezca al espíritu general de la legislación y a la equidad natural; y, 7a.-A falta de ley, se aplicarán las que existan sobre casos análogos; y no habiéndolas, se ocurrirá a los principios del derecho universal. Art. 19.-Cuando haya falta u oscuridad de ley, los jueces, sin perjuicio de juzgar, consultarán a la Legislatura por medio de la Corte Suprema, a fin de obtener una regla cierta para los nuevos casos que ocurran. Definición de varias palabras de uso frecuente en las leyes Art. 20.-Las palabras hombre, persona, niño, adulto, adolescente, anciano y otras semejantes, que en su sentido general se aplican a individuos de la especie humana, sin distinción de sexo, se entenderán comprender a ambos sexos en las disposiciones de las leyes, a menos que, por la naturaleza de la disposición o el contexto, se limiten manifiestamente a uno solo. Por el contrario, las palabras mujer, niña, viuda y otras semejantes, que designan el sexo femenino, no se aplicarán al otro sexo, a menos que la ley las extienda a él expresamente. Art. 21.-Llámase infante o niño el que no ha cumplido siete años; impúber, el varón, que no ha cumplido catorce años y la mujer que no ha cumplido doce; adulto, el que ha dejado de ser impúber; mayor de edad, o simplemente mayor, el que ha cumplido dieciocho años; y menor de edad, o simplemente menor, el que no ha llegado a cumplirlos. Art. 22.-Los grados de consanguinidad entre dos personas se cuentan por el número de generaciones. Así, el nieto está en segundo grado de consanguinidad con el abuelo; y dos primos hermanos, en cuarto grado de consanguinidad entre sí. Cuando una de las dos personas es ascendiente de la otra, la consanguinidad es en línea recta; y cuando las dos personas proceden de un ascendiente común, y una de ellas no es ascendiente de la otra, la consanguinidad es en línea colateral o transversal. Art. 23.-Afinidad es el parentesco que existe entre una persona que está o ha estado casada y los consanguíneos de su marido o mujer, o bien, entre uno de los padres de un hijo y los consanguíneos del otro progenitor. La línea y grado de afinidad entre dos personas se determina por la línea y grado de consanguinidad respectivos; así, entre suegros y yernos hay línea recta o directa de afinidad en primer grado, y entre cuñados, línea colateral de afinidad en segundo grado. Art. 24.-Se establece la filiación, y las correspondientes paternidad y maternidad: a) Por el hecho de haber sido concebida una persona...
Este artículo tiene como base el trabajo de titulación del mismo nombre realizado por la autora con la tutoría del co-autor.
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República reconoce, como finalidad principal del Estado, la protección efectiva de los derechos de la persona humana y el mantenimiento de los medios que le permitan perfeccionarse progresivamente dentro de un orden de libertad individual y de Justicia social, compatible con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos.
2020
Los Encuentros Internacionales del Medievo de Nájera se vienen planteando como un congreso internacional en el ámbito de estudio y difusión de la Historia Medieval desde su creación en el año 2003. Debido a la pandemia del COVID’19 la edición de este año se desarrollará de forma virtual. La ciudad atlántica, surgida en la Edad Media, se fundamentó sobre una serie de factores, tales como las condiciones geográficas, las infraestructuras y unas sociedades muy dinámicas, pero también a que, en los centros portuarios atlánticos, en su mayor parte periféricos por su ubicación, las políticas urbanas adoptaron unas características comunes y distintas de las ciudades del interior del continente, cuyas estrategias económicas nos proponemos analizar en este congreso. Los XVII Encuentros Internacionales del Medievo de Nájera invitan a enviar propuestas (presentación oral o con póster) sobre los siguientes temas: Eje 1: Intervención de las autoridades concejiles en la administración portuaria. Eje 2: Navegación, construcción naval y potenciación de las flotas mercantes y de guerra. Eje 3: Asociaciones profesionales portuarias. Eje 4: Diplomacia económica: naciones y consulados. Eje 5: Regulación de la actividad portuaria y marítima. Eje 6: Políticas y estrategias financieras. Eje 7: Las mujeres emprendedoras. Eje 8: Los puertos en la política comercial y fiscal de la Corona. Eje 9: El control de la jurisdicción marítima y costera. Eje 10: Políticas de fomento del transporte marítimo y las infraestructuras portuarias. PROPUESTAS COMUNICACIONES El plazo de entrega de las propuestas de comunicaciones libres finalizará el día 30 de septiembre de 2020. Los participantes deberán enviar: resumen de la comunicación de máximo 500 caracteres, que deberá incluir objetivos, fuentes, metodología y aportación, así como un breve CV, Las comunicaciones, que sean aprobadas por los revisores, serán publicadas en 2021. Dirección de envío: [email protected] Las lenguas científicas de los encuentros son el español, inglés, francés, portugués e italiano. Los textos de los power points deberán estar en inglés. Todas las presentaciones se realizarán por medio de plataforma virtual WEBINAR. Cada comunicante dispondrá de 20 minutos para realizar su presentación. La organización comunicará la aceptación de las comunicaciones, por correo electrónico, antes del 15 de octubre.
El presente trabajo tiene como objeto conocer sobre el procedimiento para el nombramiento de agentes diplomáticos en Guatemala así como también los pasos a seguir para formalización del establecimiento de una embajada en Guatemala, ya que como estudiantes necesitamos aprender sobre las misiones diplomáticos de otros países y como un estado extranjero se acredita dentro de un estado receptor, en la cual se realizó una visita al ministerio de relaciones exteriores para entrevistarnos con el viceministro de relaciones exteriores, así como también una visita a la embajada de honduras donde amablemente nos entrevistamos con el consejero diplomático David romero en donde nos explicó los formas y procedimientos, donde nos asesoró y remitió a los convenios del año de 1961 y 1963, la investigación se distribuye sobre el procedimientos para nombrar agentes diplomáticos en Guatemala, nombramiento de agentes consulares, formalización del establecimiento de una embajada en Guatemala.
Conferencia Internacional sobre Educación y Nuevos Desarrollos (END, por sus siglas en Ingles) 2016 –, se realizó en Ljubljana, Eslovenia, del 12 al 14 de junio. 1 Según Mafalda Carmo del Instituto Mundial para la Investigación y Ciencia Avanzada (WIARS, por sus siglas en Ingles) 2 , y quien es actualmente la presidenta de la Conferencia END. " La educación, en un sentido global, es un derecho desde que nacemos. Cada experiencia tiene un efecto formativo en la constitución del ser humano, en la forma en que uno piensa, siente y actúa. Una de la contribución más importante reside en qué y cómo se aprende a través de la mejora de los procesos educativos, tanto en contextos formales e informales. Nuestra Conferencia Internacional pretende ofrecer algunas respuestas y explorar los procesos, acciones, desafíos y resultados de aprendizaje, la enseñanza y el desarrollo humano. Nuestro objetivo es ofrecer una conexión en todo el mundo entre los profesores, estudiantes, investigadores y profesores, a partir de una amplia gama de campos académicos, interesados en explorar y dar su aporte en temas educativos ". " Estamos orgullosos de haber sido capaces de conectar y reunir a académicos, investigadores, profesionales y otras personas interesadas en un campo que es fértil en nuevas perspectivas, ideas y conocimientos. Contamos con una extensa variedad de colaboradores y presentadores, que puede complementar nuestra visión de la esencia y el comportamiento humano, que muestra el impacto de sus diferentes experiencias personales, académicas y culturales. Este es, sin duda, una de las razones que tenemos muchas nacionalidades y culturas representadas, inspiración vínculos de colaboración multidisciplinares, fomentando el encuentro intelectual y el desarrollo ". " La Conferencia Internacional de Educación y novedades 2016 invito a mostrar presentaciones, desde los más diversos países y culturas, para promover el crecimiento en los métodos de investigación íntimamente relacionados con la enseñanza, el aprendizaje y las aplicaciones en la educación hoy en día. Deseamos para ilustrar la evolución y las nuevas formas de pensar en estos campos y sub-campos principales 3 : 1) Los profesores y estudiantes; 2) Proyectos y Tendencias; 3) Enseñando y aprendiendo; 4) Cuestiones de organización " .
2025
Los Encuentros Internacionales del Medievo de Nájera se vienen planteando como un congreso internacional en el ámbito de estudio y difusión de la Historia Medieval desde su creación en 2003, impulsado desde el Ayuntamiento de Nájera y el Gobierno de La Rioja. La XXII edición de los Encuentros está dedicada al tema: DISCAPACIDAD E INCLUSIÓN EN LA CIUDAD MEDIEVAL: UNA MIRADA COMPARATIVA ENTRE EUROPA Y EL MUNDO ISLÁMICO En la Edad Media, la vida de las personas con discapacidad presentaba desafíos únicos. Estos XXII Encuentros quieren exponer cómo estas personas eran percibidas y tratadas en la sociedad medieval, así como las formas de integración desde una perspectiva comparativa entre las ciudades europeas y del mundo islámico. En la Edad Media, la percepción de la discapacidad estaba influenciada por creencias religiosas y supersticiones. La discapacidad a menudo se veía como un castigo divino o una prueba de fe. Sin embargo, también existían actitudes de compasión y caridad, promovidas por las instituciones religiosas y seculares, que instaban a la sociedad a cuidar de los más vulnerables. A pesar de las barreras sociales, las personas con discapacidad encontraban formas de integrarse en la vida urbana. Algunas de las maneras en que participaban en la economía y la sociedad incluían: 1. Trabajo y oficios: Las personas con discapacidad, a menudo, se dedicaban a oficios que no requerían gran movilidad física, como artesanos, tejedores, maestros, vendedores, bufones... 2. Mendicidad y caridad: La mendicidad era una forma común de subsistencia para muchas personas con discapacidad que no podian trabajar. La caridad era vista como una virtud religiosa, y los ciudadanos eran alentados a ayudar a los necesitados. 3. Sentido de pertenencia: las instituciones caritativas proporcionaban no solo asistencia material, sino también un sentido de comunidad y pertenencia. Pese a las formas de inclusión, las personas con discapacidad enfrentaban numerosas barreras y desafíos: 1. Estigmatización: La discapacidad, a menudo, llevaba consigo un estigma social. Las personas con discapacidad podían ser objeto de burla o discriminación, y en algunos casos, eran marginadas de la vida pública. 2. Acceso limitado a recursos: Las personas con discapacidad dependían en gran medida de la caridad, lo que generaba unas vidas inseguras. 3. Movilidad y accesibilidad: Las ciudades medievales no estaban diseñadas para ser accesibles. Las calles empedradas, las escaleras y la falta de infraestructura adecuada dificultaban la movilidad de las personas con discapacidad. Así pues, las personas con discapacidad y su inclusión social en la ciudad medieval era un proceso complejo y multifacético. Aunque enfrentaban numerosos desafíos y barreras, también encontraban formas de integrarse en la vida urbana a través del trabajo, la caridad y las instituciones religiosas. La percepción de la discapacidad estaba influenciada por creencias religiosas y sociales, que podían ser tanto limitantes como facilitadoras de la inclusión. En estos encuentros también nos propnemos analizar las similitudes y diferencias de la inclusión social de las personas con discapacidad en las ciudades europeas e islámicas. Entre las temáticas que se tratarán en los encuentros se encuentran: 1. Legislación y derechos: Las leyes y normativas que afectaban a las personas con discapacidad y su inclusión en la sociedad. 2. Las fuentes históricas, literarias e iconográficas para el conocimiento de la discapacidad en la Edad Media. 3. Instituciones de caridad y asistencia: El papel de hospitales, iglesias, mezquitas y monasterios en la atención y cuidado de personas con discapacidad. 4. Gremios y asistencia social: los gremios ofrecían asistencia a sus miembros discapacitados, como apoyo financiero o cuidado en caso de enfermedad. 5. Economía y trabajo: Las oportunidades laborales y los oficios a los que podían acceder las personas con discapacidad. 6. Vida cotidiana y movilidad: Las dificultades y adaptaciones en la vida diaria y la movilidad dentro de las ciudades medievales. 7. Estigmatización y discriminación: Las actitudes sociales hacia las personas con discapacidad y los mecanismos de exclusión y discriminación. 8. Discapacidad y grupo social: las diferencias entre las personas con discapacidad de las élites y las del resto de la sociedad urbana eran marcadas debido al acceso a mejores cuidados médicos, alimentación y recursos económicos. 9. Discapacidad y género: El género de las mujeres y las minorías sexo afectivas interactuaba con la discapacidad para enfrentar un doble estigma y moldear sus vidas de manera distinta 10. Redes de apoyo y solidaridad: Las formas de apoyo comunitario y las redes de solidaridad que ayudaban a las personas con discapacidad. 11. Educación y formación: Las oportunidades educativas y de formación disponibles para las personas con discapacidad. 12. Religión y espiritualidad: El papel de la religión en la vida de las personas con discapacidad y cómo influía en su inclusión social. 13. Casos de estudio específicos : Análisis de casos específicos de personas con discapacidad y su integración en diferentes ciudades medievales en perspectiva comparada europea e islámica. 14. Puertos y personas con discapacidad: En el entorno dinámico y competitivo de los puertos, las personas con discapacidad a menudo enfrentaban una doble exclusión: por su condición y por su incapacidad de participar activamente en las actividades marítimas o comerciales, pero también eran puntos de partida y llegada de peregrinaciones a lugares santos en busca de sanación o con la esperanza de acceder a recursos espirituales o materiales en otros lugares.
PONENCIA: GLOBUS NOSRTUM II (Formación, Pensamientos y Culturas) Por Ivonne Sánchez-Barea Nº REGISTRO P.I.: 2304104021380 * ES DESDE MUY TEMPRANA EDAD en la que educadores (Padres y maestros) pueden detectar, reconocer, e incentivar con estímulos correctos las tendencias individuales de la infancia. Diseñar cursos especializados sobre asignaturas de lengua, literatura, historia, periodismos, arte, música, que contribuyan al desarrollo del los pensamientos desde temprana edad. Mediante análisis, y trabajos en equipo lograr la cohesión socio-cultural.
Tras la "década perdida" de los ochenta, el continente más allá del Río Grande, experimentó fuertes reacomodamientos políticos y económico-estructurales, consolidando y expandiendo los procesos democráticos y reconciliándolos con políticas de apertura de los mercados. Tras algunos años de cierto nivel de crecimiento económico, las crisis financieras internacionales y el desgaste político de los sucesivos gobiernos reformistas, primero detuvieron la tibia tendencia inicial y luego, potenciaron la vulnerabilidad externa de la región, sometiéndola a profundos desequilibrios sociales internos, hoy difíciles de franquear. La mayor parte de la literatura termina responsabilizando al llamado "modelo neoliberal" de semejante resultado, aunque nuestro trabajo, sin dejar de omitir el papel que le puede cabido al proyecto liberalizador, enfatiza otras variables, que por lo general, dada la dificultad por indagarlas a fondo, son relegadas o descuidadas. Repasando caso a caso, el rol de las coaliciones políticas gobernantes que lideraron los procesos reformistas y la cultura política aún vigente en el continente, con sus patrones caudillistas, feudales, corporativistas y clientelares, merecen una especial atención, si se pretende no hacer "tabula rasa" de lo escaso o suficiente logrado o no incurrir en viejos errores, que pueden arrastrar a la región a un definitivo camino de aislamiento, marginalidad e irrelevancia internacional. Al mismo tiempo, esta perspectiva también puede incluir un mapa latinoamericano, crecientemente heterogéneo y fragmentado, lo cual puede alejar las posibilidades de concretar el gran sueño de una América integrada, desde el norte hasta el sur.
MEMORIA II CONGRESO INTERNACIONAL DE DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL, 2020
MEMORIA II CONGRESO INTERNACIONAL DE DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL: MIRADAS DIALÓGICAS, REFLEXIONES, RETOS Y DESAFÍOS DE LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL “En conmemoración al centenario de las primeras Salas Constitucionales”
El descubrimiento y la conquista de América en los textos escolares argentinos. El canon, antes y después. Flávio Bastos (UFJF, Brasil) Entre lo académico y lo escolar. Un abordaje sobre la transposición didáctica de conocimientos históricos a partir de manuales didácticos en la educación brasileña del siglo XXI.
ICONO14 Actas Científicas ISBN: 1697 – 8293
CACHOEIRA PAULISTA (BRASIL), martes, 7 noviembre 2006.
Dar testimonio de la Comunión y Misión de las Nuevas Comunidades -surgidas tras el Concilio Vaticano II- en la gran «corriente de Gracia» de la Renovación Carismática Católica: ha sido el objetivo del XII Congreso Internacional de la «Fraternidad Internacional de Comunidades y Asociaciones Carismáticas de Alianza».
La estructura general de la obra la vamos a dividir en seis secciones que denominamos LECCIONES o UNIDADES DIDÁCTICAS desarrolladas de acuerdo a la norma general de estudios médicos, comenzando por la Fisiología para acabar con la Terapéutica.
7 SIMPOSIO Nº 40 664 Narrativas culturales en y sobre Latinoamerica: Historia, Memoria, Testimonio, Crítica, Estética SIMPOSIO Nº 41 679 Investigación evaluativa SIMPOSIO N°42 705 Estudios en organizaciones públicas, privadas y sociales en América Latina y El Caribe SIMPOSIO Nº 43 744 Democracia, gobierno y políticas públicas: estrategias para el desarrollo regional SIMPOSIO Nº 44 755 Prácticas otras del conocimiento: praxis político-educativa y la producción de saberes desde los movimiento y las redes en América Latina y El Caribe SIMPOSIO N° 45 765 Cultura política y cultura de lo político en el mundo iberoatlántico en la época de la SIMPOSIO N° 46 777 Diálogos interdisciplianrios desde la filosofía política y la filosofía intercultural SIMPOSIO Nº 47 790 Geopolíticas del conocimiento: el ciclo del saber en el mercado mundial del conocimiento RESUMENES SIMPOSIO Nº 48 798 Literatura, conhecimento e renovação SIMPOSIO Nº 49 817 Religión, política, poder y cultura SIMPOSIO Nº 50 854 A teologia e a ciência da religião como disciplinas científicas: mapas latinoamericanos e caribenhos 9 SIMPÓSIO N° 62 1022 Esclavitud y sociedad en las Américas: trabajo, libertad e identidades. SIMPOSIUM Nº64 1033 Imagen, fotografía, sociedad en América Latina SIMPOSIO DE ESTUDIANTES GRADUAÇAO, PREGRADO, NO-GRADUADOS 1071 EL CONGRESO DE LA INTERNACIONAL DEL CONOCIMIENTO: QUEHACER, OBJETIVOS Y PROYECCIONES Eduardo Devés-Valdés Coordinador General del Congreso Boa noite a todos e a todas. Eu gostaria de cumprimentar todas as pessoas que estão participando deste congresso. Eu tinha pensado, inicialmente, em fazer esta palestra metade em espanhol e metade em português, porém não consegui ter imaginação suficiente para tanto. Por isso, vou falar em espanhol, mas bem devagar e claramente. Isto permitirá que todos possam acompanhar a minha fala.
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