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2015, RIDE revista iberoamericana para la investigación y el desarrollo educativo
Hoy, un tema pendiente en la agenda de los gobiernos de los países del mundo, es la conservación, distribución y consumo del agua. Que deje de ser mercancía para poder determinar el desarrollo de la sociedad, reconocerla y defenderla como derecho humano. Esto, puede resultar el paso más importante hacia el desafío de suministrar a la gente del elemento más esencial de la vida, porque el agua es la base irremplazable de toda forma de vida. Los procesos de control del agua, como es la privatización, han contemplado los derechos de propiedad del agua, su producción, distribución, recolección y depuración. El desarrollo de las políticas privatizadoras del agua en América Latina apoyadas en medidas del mercado, descartan la calidad de vida, el bienestar y el enfoque de derechos humanos. Sin duda, la declaración que la Asamblea General de las Naciones Unidas emitió el 28 de julio de 2010, a través de la Resolución 64/292, en la que reconoce oficialmente el derecho humano al agua y al saneamiento, sirvió como precedente para que los Estado reconocieran y aceptaran tener la obligación de garantizar este derecho.
RIDE revista iberoamericana para la investigación y el desarrollo educativo, 2015
Hoy, un tema pendiente en la agenda de los gobiernos de los países del mundo, es la conservación, distribución y consumo del agua. Que deje de ser mercancía para poder determinar el desarrollo de la sociedad, reconocerla y defenderla como derecho humano. Esto, puede resultar el paso más importante hacia el desafío de suministrar a la gente del elemento más esencial de la vida, porque el agua es la base irremplazable de toda forma de vida. Los procesos de control del agua, como es la privatización, han contemplado los derechos de propiedad del agua, su producción, distribución, recolección y depuración. El desarrollo de las políticas privatizadoras del agua en América Latina apoyadas en medidas del mercado, descartan la calidad de vida, el bienestar y el enfoque de derechos humanos. Sin duda, la declaración que la Asamblea General de las Naciones Unidas emitió el 28 de julio de 2010, a través de la Resolución 64/292, en la que reconoce oficialmente el derecho humano al agua y al saneamiento, sirvió como precedente para que los Estado reconocieran y aceptaran tener la obligación de garantizar este derecho.
Cuadernos del CURIHAM
El 10 de diciembre del año 1948, la Asamblea General de Naciones Unidas, mediante Resolución 217 A(III), aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, incorporando todos los derechos básicos del ser humano, a excepción -curiosamente- de su derecho al agua potable. Fue necesario esperar más de 60 años, para que el 28 de julio del año 2010, a través de la Resolución 64/292, la Asamblea General de las Naciones Unidas reconociera explícitamente el derecho humano al agua y al saneamiento. También escuchamos en los últimos años -en particular en oportunidad de actos eleccionarios- discursos políticos que incorporaban elegantes expresiones reafirmando el derecho el agua, aunque sin aportar siquiera una propuesta “rápida” de cómo garantizar tal derecho, y mucho menos de las herramientas jurídicas para su protección. En el presente trabajo, se hace mención a los riesgos de las enfermedades hídricas; a las referencias históricas de los derechos humanos, y en particular, del derech...
El acceso al agua se ha erigido en uno de los derechos humanos indispensables para el desarrollo de los seres humanos, ya que se trata de un sine qua non para la realización de otros derechos fundamentales, tales como el derecho a la vida, a un medio ambiente sano, a la salud y a la alimentación, por citar algunos. No obstante, el acceso al agua tiene una relación estrecha con la situación de pobreza de las personas; generalmente, quienes viven en condiciones de marginación son los que padecen en mayor medida las consecuencias de la falta de acceso a este recurso vital. Por ello, desde el seno de las Naciones Unidas se ha trabajado a través de diversos esfuerzos para tratar de articular las acciones desde el ámbito internacional, a fin de que los Estados nacionales incorporen el reconocimiento formal del derecho humano al agua y al saneamiento en sus ordenamientos jurídicos y, por ende, en las políticas públicas.
. Derecho humano al agua y al saneamiento. México: Instituto Mexicano de Tecnología del Agua-El Colegio de México.
El agua constituye un derecho fundamentalísimo para la vida. Estado promoverá el uso y acceso al agua sobre la base de principios de:
Se analizan los argumentos basicos vinculados a la existencia de un derecho humano que asegure el acceso al agua
2014
Objetivo: Determinar el acceso y la calidad del agua para el consumo humano en el área urbana de Santa Marta, por ser este un determinante del proceso salud-enfermedad que se debe transformar desde el marco de los Objetivos de Desarrollo del Milenio para el año 2015. Método: Estudio de corte transversal con 1557 viviendas seleccionadas por muestreo probabilístico por conglomerados, en las cuales se aplicó una encuesta de acceso al agua segura domiciliaria. Por cada comuna se tomó una muestra de agua para evaluar su calidad a través de la técnica de filtración de membrana y sustrato definido. Se utilizó Epi Info 7 para analizar los datos a través de asociación con Odds Ratio y para geo-referenciarlos. Resultados: 94,7% de las viviendas tienen servicio de agua domiciliaria pero el 49,7% presentó cortes frecuentes del servicio. Las relaciones entre: acceso al agua domiciliaria y estrato (OR=4,27), y cortes del servicio y estrato (OR=2,61) fueron significativas (p<0,0001). Cuatro de las nueve muestras resultaron contaminadas con coliformes. Conclusión: Los tomadores de decisiones deben garantizar la calidad y acceso permanente al agua segura para el consumo humano a todas las personas para avanzar en la reducción de las brechas de inequidad en salud.
El derecho al agua en Colombia, como derecho fundamental que garantiza el mínimo vital
Vertientes, 2010
Para obtener un panorama jurídico más completo de la garantía de acceso al agua, es necesario distinguir, teóricamente, las diferencias entre derechos humanos y derechos fundamentales. El reconocimiento del acceso al agua como derecho ha transitado sutilmente entre ambas clasificaciones. Entendido como derecho fundamental, supone una prerrogativa positivada en el ámbito normativo interno, que para el caso mexicano, ubicamos en la legislación reglamentaria sobre aguas nacionales.
El agua como derecho humano en Costa Rica, 2022
Porcentaje de la población evaluada con agua potable, por cantón a/. 2014 y 2019 a/La información disponible permite establecer la comparación para 73 de los 82 cantones.
En el marco de la reforma al artículo 4 de la Constitución respecto al derecho humano al agua, el artículo analiza la cuestión de la responsabilidad en el régimen jurídico vigente, así como los eventuales impactos de dicha reforma sobre el mismo.
Universitarios Potosinos, 2009
This paper examines the human right to water in Mexico, from various approaches to analysis: available water sources, exploitation of aquifers, continuing growth of cities and the gradual increase in water use.
Impluvium es una publicación de la Red del Agua UNAM; puede ser reproducida con fines no lucrativos, siempre y cuando no se mutile, se cite la fuente completa y su dirección electrónica. Las opiniones declaradas en la publicación son responsabilidad de sus autores.
2017
Este trabajo se inscribe en la línea de investigación sobre el derecho humano al agua y al saneamiento (DHAS), que en los últimos años se ha posicionado como un tema de gran relevancia internacional porque cuestiona en qué medida contar con agua limplia ayuda a disminuir la pobreza y aumenta el bienestar de las personas. Este libro es resultado de un interés por documentar la manera en que este derecho humano se ha ido posicionando en la legislación nacional y en su aplicación entre losdiversos sectores de la población.
Educacion Y Futuro Revista De Investigacion Aplicada Y Experiencias Educativas, 2012
En estos materiales se recoge la experiencia diaria de siete maestras desde la emoción de educar y en la defensa de los programas globalizados. Los temas troncales procuran una forma de trabajo en equipo para los profesores que aúna esfuerzo e ilusión. El método basado en la experiencia, respetuoso con la edad del niño, y la elección oportuna de temas, acorde a sus intereses, son la clave. El aprendizaje verdadero se produce enlazado y transcurre como un viaje, como el curso de un río, compartiendo, girando en círculos cada vez más grandes y sin perder el sentido que le da la propia vida.
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