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2021, Creación y supresión de la Real Audiencia de Concepción en Chile: el sistema de encomienda como clave en las relaciones entre gobernantes y encomenderos
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En este artículo planteamos el objetivo de esclarecer la equifinalidad causal que posee tanto la creación como la supresión de la Real Audiencia de Concepción. Esta investigación enfatiza en factores multicontextuales y en la influencia de la variación del tiempo para explicar ambos fenómenos. La utilización de método Process Tracing y el Corpus Real Audiencia de Concepción 1565-1573 de la Academia Chilena de la Historia fueron claves para el identificar el efecto de los periodos gubernativos desde Pedro de Valdivia hasta Melchor Bravo de Saravia en el fenómeno. Los resultados muestran una fuerte relación entre los intereses de los encomenderos y la supervivencia de los gobernadores chilenos en el poder.
Estudios de economía, 2008
En este trabajo se caracterizan los patrones de creación y destrucción de empresas en Chile entre los años 1999 y 2006. Junto con ello se analizan las matrices de transición entre los diferentes tamaños de empresas en base a los datos del Servicio de Impuestos Internos. Cabe hacer notar que esta base es lo más cercano a lo que podría considerarse el universo empresarial del país, lo que constituye, si no la principal, una de las mayores fortalezas de este estudio. Mediante un modelo de datos de panel se estudian los determinantes de la creación y destrucción de firmas, encontrándose que aquellos sectores que presentan mayores economías de escala tienden a poseer una menor tasa de entrada. Por otra parte, las variables de entorno económico, tales como crecimiento del PIB y el desempleo, afectan a la destrucción de firmas existentes más que a la entrada de nuevas empresas. Finalmente, la tasa de salida de empresas observada en el pasado impacta en forma consistente la tasa de creación actual en Chile. De allí la importancia que tiene la existencia de mecanismos ágiles de reemprendimiento más que políticas de apoyo a la sobrevivencia de empresas en dificultades 1 .
Revista de derecho, 2003
CHILE ES UN ESTADO UNITARIO: Conforme lo prescrito en el art. 3 de la Constitución Política de la República de Chile, 'el Estado de Chile es unitario'. Ello que significa reconocer que el Estado de Chile tiene un solo centro de impulsión política y gubernamental que está dado por los órganos del Gobierno Central; sólo el Gobierno y el Congreso desarrollan funciones legislativa, no hay ningún otro organismo que tenga competencias legislativas. La estructura del poder en Chile es única, en tanto que el aparato gubernamental cumple todas las funciones estatales. Los individuos obedecen a una sola autoridad, viven bajo un régimen constitucional y son regidos por la legislación común abarcando todo el territorio estatal 1 DESCONCENTRACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO-POLÍTICO DEL ESTADO CHILENO. El mismo artículo en su inciso segundo, nos señala que 'la administración del Estado será funcional y territorialmente descentralizada, o desconcentrada en su caso, de conformidad a la ley'. Antaño, los Estados unitarios solían ser centralizados, es decir, que el poder público era el centro unificador de todas las funciones y las ejerce en una congestión de autoridad pública, constituyéndose en una organización piramidal en donde las colectividades inferiores no poseen órganos propios ni poder de decisión. Por la complejidad de los problemas contemporáneos y por la explosión demográfica mundial, tal grado de centralización no existe en el mundo actual. Frente a las inoperancias de la centralización han surgidos dos correctivos: la desconcentración y la descentralización. a) La desconcentración implica que los agentes del poder central no se limitan a ejecutar decisiones sino que poseen un ámbito de competencias para tomar decisiones sin consultar al los superiores jerárquicos. El centro no toma más que una parte de las decisiones. Sin embargo, este órgano desconcentrado no es independiente dado que están sujetos a la dependencia jerárquica del poder superior. No se crean agentes independientes sino que, solamente se desplaza el centro de poder de decisión. Carecen de personalidad jurídica y patrimonio propio. b) La descentralización consiste en la distribución de una actividad del Estado o servicio público. Esta puede ser de dos clases: i. Descentralización política: Se manifiesta como una distribución del poder público, reconociendo diversas fuentes originarias de derecho positivo que generalmente tiene base territorial. Este ente se halla investido de poder, de facultad para generar las normas que han de regir su actividad. El caso más característico se da en los Estados Federales, en particular, los Estados miembros. Es muy excepcional en los Estados unitarios ya que esta clase de descentralización es un problema que precisamente atañe a la unidad política del Estado 2. ii. Descentralización administrativa: En este caso el Estado lo que distribuye son funciones y crea órganos para cumplir cometidos específicos. Lo que se descentraliza es la ejecución de una norma; actúan a través del poder del Estado, no se autogobiernan, en el sentido de que autodeterminen las normas que rigen su actividad. Como veremos puede tener o no asiento territorial. Sus organismos se caracterizan por: Reciben sus atribuciones directamente de la ley que los crea. Tienen personalidad jurídica y patrimonio propio.
Se analiza el impacto de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (CNVR) en el clima socioemocional, confianza institucional y valoración de los procesos de justicia transicional en una muestra intencionada de 304 víctimas de violencia política ejercida en Chile durante la dictadura. Utilizando la prueba de Student, los análisis indican que los participantes que valoran más negativamente el trabajo de la CNVR perciben un clima socioemocional menos positivo y mayor desconfianza institucional. Quienes valoran positivamente el trabajo de la CNVR creen que permitió conocer lo ocurrido e impulsar procesos de justicia, generar una historia integradora y ayudar a prevenir hechos de violencia futura, creen más en la posibilidad de perdón a los perpetradores, perciben un clima emocional positivo, mayor sinceridad de las disculpas institucionales y mayor confianza en las instituciones. Un análisis de varianza reveló que las víctimas de menor edad expresan menos emociones positivas y negativas, tienen menores niveles de confianza institucional, creen menos en la sinceridad de las disculpas y expresan una valoración más crítica del logro de las funciones de la CNVR.
2012
o por el parte del TC que hoy existe, dejando solo uno posterior, voluntario y concreto. Asi se corregiria la anomalia democratica de la legislacion chilena que este texto ha
Marisol Peña Torres. En este trabajo la autora reflexiona sobre la idea de Constitución viviente en la experiencia cotidiana del Tribunal Constitucional chileno, a partir de la original formulación doctrinal de Zagrebelsky sobre el punto, y lo hace revisando la jurisprudencia más reciente de esta alta magistratura chilena a través de la cual se le ha dado vida a la Carta Fundamental, por la vía de su interpretación dinámica y adaptándola a los cambios que vive la sociedad chilena, conforme el desarrollo del constitucionalismo y desde los valores y principios que ella asegura.
Los Tribunales Administrativos Especiales, es decir, aquellos organismos que han sido creados para la revisión de actos administrativos de carácter sectorial, surgen desde la orfandad que deja la ausencia de tribunales contencioso-administrativos. La presión por revisar actos de la Administración, mientras esta se ha vuelto cada vez más específica, compleja e intensa en su regulación, ha supuesto la necesidad de crear órganos que puedan abordar este fenómeno. En su creación renace la discusión en torno a los límites de la revisión de los actos, confrontándose aquí las posturas contrapuestas de la doctrina de la luz roja y la luz verde del derecho administrativo por una parte, y desafiándose la separación de poderes, por otra. En este debate se enmarca por ejemplo el gran consenso detrás de la creación de Tribunales Ambientales y su cuestionada naturaleza por parte de la Corte Suprema. Los tribunales administrativos especiales aparecen hoy como una solución ecléctica, pero que no aborda de manera integral el problema del control judicial de los actos administrativos, especialmente por la falta de representación de los usuarios, consumidores y comunidades en la discusión.
Valencia, Tirant lo Blanch, 2020
La presente obra tiene un doble propósito. De una parte, describe los cimientos centrales del esquema constitucional chileno actualmente en vigor. Para ello descansa en el propio articulado del texto constitucional, bajo la estructura común de la colección. De otra, complementa la presentación de las normas y regulaciones constitucionales y legales, con algo de la práctica que se ha encargado de ir dándole sentido a su implementación. Junto a esa representación se acompaña una apreciación crítica de reglas constitucionales marcadas a fuego por su origen autoritario. Por lo tanto, se advierte que estamos ante un orden constitucional impuesto por la dictadura y cuya vigencia se ha proyectado en el tiempo. Sin perjuicio de las decenas de ajustes y reformas que se le han hecho, los cimientos constitucionales diseñados e impuestos por la dictadura se mantienen, más menos, inalterables. Este trabajo, por ello, resulta fundamental para comprender los reclamos constituyentes que hoy se formulan y para enfrentar el desafío de la deliberación constitucional futura.
reemplazó la pena de muerte por la presidio perpetuo calificado en diversos textos legales. 11 Número sustituido por el artículo 1º, Nº 4, letra b) de la ley de Reforma Constitucional Nº 20.050. El primitivo número 2º fue eliminado por el artículo 1º, Nº 4, letra b) de la ley de Reforma Constitucional Nº 20.050.
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Teoría y práctica del precedente judicial en Iberoamérica, 2022
Revista de Estudios Histórico Jurídicos XXV (ISSN 0716-5455), 2003
Anuario Iberoamericano de Justicia Constitucional, 2024
Rúbrica Contemporanea , 2022
R A Z Ó N C R Í T I C A, 2018
Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política, 2024
Perspectivas de las Ciencias Económicas y Jurídicas, 2018
Reseña. Chile Constitucional, 2020
Transiciones democráticas y memoria histórica: aprendizajes de ida y vuelta entre América Latina y España, 2023
Revista Facultad de Letras
Estudios constitucionales, 2013
Revista de estudios histórico-jurídicos, 2011
Revista chilena de derecho, 2009
Colección "Textos legales básicos", Tirant lo Blanch, 2020