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2017, Revista de la Asociacion de Ciencias Penales de Costa Rica
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Ensayo Justificativo, 2019
Postulante a la Maestría de profesionalización en trastornos del desarrollo infantil, mención autismo Resumiré mis intereses para iniciar este programa de posgrado indicando que comprender las problemáticas de los niños, niñas, y adolescentes (NNA) con necesidades educativas especiales (NEE) durante su desarrollo escolar (pero partiendo de un entendimiento también de NNA sin trastornos), específicamente la implementación de adaptaciones curriculares que respondan efectivamente a las necesidades y potencialidades de esta población, mediante acciones coordinadas entre los docentes, representantes, y otros profesionales, siendo el Departamento de Consejería Estudiantil (DECE) fundamental en el logro de este objetivo, teniendo en cuenta cómo las condiciones sociales en las que suceden estas situaciones configuran el panorama para el abordaje ulterior.
https://asuntosdefe.wordpress.com/2019/09/28/la-controversia-por-la-justificacion/, 2019
En todos los grupos, organizaciones y sociedades surgen controversias, y la iglesia no es una excepción. Después que el Cristo Jesús se fue al cielo, surgió una controversia entre dos de sus apóstoles: Santiago (Jacobo, uno de los hermanos de Jesús) y Pablo (Saulo de Tarso). La controversia fue en torno a la justificación, o sea, acerca de cómo Dios nos absuelve de pecados y nos declara justos.
1'09cl Lic. Fernn~idu CASTELI.ANO.C, I'rofesor, por oposiciórr, d p /a Facu!tnd de Derecho.
Se discutenn los problemas para la justificación lógica de la inducción.
1. Explicación y justifi cación: sentido y valor. El problema de la justificación como problema de existencia del Estado. Justifi cación, no de la coacción sino de los mayores sacrifi cios. 2. La justifi cación no puede ser sino moral: función del Estado en función del derecho. Amplitud progresiva de la conciencia jurídica. Secularización de la conciencia jurídica cristiana. 3. Confusión del problema de la validez con el de vigencia. El derecho del más fuerte como justifi cación moral. Legalidad y legitimidad: legalidad del Estado de derecho. 4. Justifi cación universal del Estado. Los principios éticos del derecho: su exigencia de efectividad; su certeza. El aseguramiento del derecho. 5. Justifi cación del Estado concreto. Las ideologías sociales legitimadoras. El monopolio de la función jurídica. 6. El derecho moral de resistencia: el demonio del poder: eterno confl icto.
Al hablar de causas de justificación estamos en el ámbito de la antijuridicidad, las causas de justificación eximen la antijuridicidad.
JUSTIFICACION DE LO FEO COMO PARTE DEL ORDEN ¿Desde qué perspectiva podemos llamar a algo feo? Debemos fijarnos bien si lo que llamamos feo es realmente feo, o lo bello es bello pues si esto lo define el intelecto y la percepción y todos pensamos y sentimos diferente; quien podría aceptar tener la verdad absoluta sobre esto, ya que lo feo puede dejar de ser feo y mostrarse como bello. Por ende, aquí es donde entra la estética, comúnmente percibimos el término estética como sinónimo de belleza y tendemos a asociarlo con lo que es agradable, armónico y desde el sentido del oído melodioso. La estética también envuelve todo lo que denominamos fealdad, y por el contrario se dice que es todo aquello que encontramos desagradable a la vista y al olfato Si destacamos que la belleza y la fealdad son relativas, ya que lo que es bello para algunos puede ser feo para otros, entonces podríamos preguntarnos si realmente lo feo es feo y lo bello es bello, es difícil entonces afirmar alguno de estos dos juicios pues sería difícil convencer a alguien que encuentra a algo feo de que es algo bello, cuando realmente ni siquiera sabemos que es bello y que no lo es. De acuerdo con lo anterior, el concepto de belleza no es igual para todas las culturas y no necesariamente la estética está sólo en las cosas consideradas por unos como bellas. En la fealdad también se encuentra una expresión estética, se dice que la fealdad es todo aquello que influye en nuestro interior de forma negativa que nos retrae, que afecta nuestro ánimo, que es todo aquello considerado como deforme, incorrecto, desordenado, asimétrico. Sin embargo la estética de lo feo puede dejar de ser feo incluso mostrarse como bello; en el caso de apreciar una obra, puede afirmarse que en cuanto a forma es fea, pero su valor simbólico, por su elaboración puede ser una obra realmente bella.
El presente trabajo tiene por objeto analizar la calificación jurídica adoptada en la causa caratulada: "Ranieli Germán Walter s/ recurso de casación", Expte. N° FSM 32224/2014/CFC1, la que-desde mi opinión-resulta exigua para el objeto procesal sobre el que versan los autos citados. Pero además se abordan, en forma sucinta, algunas cuestiones sobre el acceso ilegítimo a un sistema o dato informático (contemplado en el artículo 153 bis del Código Penal) y el daño informático (sancionado por el artículo 183, segundo párrafo del mismo código): delitos incorporados por la Ley 26.388 al Derecho Penal argentino. Por último, se ofrece una valoración personal sobre la importancia de este tipo de fallos, y la necesidad de contar con fuerzas policiales y operadores judiciales que persigan con eficacia y eficiencia uno de los flagelos criminales más recientes: el ciberdelito, el que trasciende todas las fronteras y estamentos sociales.
El artículo nace del trabajo pedagógico en seminarios y cursos de Lógica, Argumentación, Derecho y Filosofía del Derecho. Su propósito es, básicamente, pedagógico: busca aportar al desarrollo de la competencia argumentativa y la capacidad para analizar críticamente la argumentación jurídica. Aunque trata de aspectos obvios y elementales sobre la argumentación jurídica, muy conocidos por los juristas y profesionales del derecho, presenta sugerencias y explicaciones claves sobre como fundamentar una demanda (claim), presentadas de manera sencilla y breve, para que los interesados en estos asuntos puedan acceder a ellas, discutirlas y adecuarlas a sus necesidades e intereses. Su tema eje es la argumentación en lengua natural y la cuestión que aborda es ¿Cómo argumentar un caso frente a un tribunal? La tesis central es: la argumentación jurídica implica una dimensión razonable o práctica que no se reduce al argumento puramente racional o lógico formal. Argumentar razonablemente implica algo más que observar la estructura lógica de un razonamiento. Argumentar presupone seguir las condiciones pragmáticas que posibilitan una argumentación inteligible y afortunada.
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Interciencia, 1996
Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho, 1998
Boletín del Instituto de Estudios Constitucionales, 2015
Revista General de Derecho Penal, 2019