Papers by Dora Esther Ayala

La complejidad y celeridad de las decisiones a tomar en tiempo real nos impulsan cada vez mas a r... more La complejidad y celeridad de las decisiones a tomar en tiempo real nos impulsan cada vez mas a reflexionar sobre los alcances de la globalizacion como fenomeno economico y su relacion con el mundo juridico, conexion que se presenta en muchos de sus despliegues, como un nuevo modo de revivir la antigua y consabida disputa entre la Economia y el Derecho por el protagonismo de las Ciencias Sociales. Con ese objetivo, el articulo describe los soportes teoricos del concepto de globalizacion y las respuestas esgrimidas por el derecho; expone la situacion actual y propone algunas hipotesis con miras a superar la tension existente, en un marco constructivista o de creacion de significados mediante el trabajo colaborativo entre disciplinas. Este proceso de integracion no puede atribuirse a un individuo, un grupo o un sector; no es singular ni tampoco unificado, sino compartido y debatido entre saberes; y aceptado socialmente. Para esta perspectiva de analisis, resulta crucial la comprension...
Nos proponemos profundizar en el analisis economico del derecho, teniendo como especial motivacio... more Nos proponemos profundizar en el analisis economico del derecho, teniendo como especial motivacion sus aportes formidables al conocimiento entre disciplinas, al razonamiento y a la metodologia juridicos.
Resumen En el nuevo contexto de formacion juridica a desarrollar en las unidades academicas, es n... more Resumen En el nuevo contexto de formacion juridica a desarrollar en las unidades academicas, es necesario valorar e integrar los distintos tipos de saberes que intervienen en la construccion del conocimiento y trasponer las fronteras disciplinarias tradicionales que, particularmente en el campo juridico, se presentan frecuentemente reducidas a la exclusiva consideracion de normas; y donde el despliegue interdisciplinar, abierto y complejo, puede constituirse en un potente estimulo. Para la mejor comprension de esta idea, valoramos los aportes del trialismo, al que nos adherimos por considerar que es el que mejor representa una posibilidad de crear disenos curriculares que proyecten al conocimiento juridico en perspectiva realista, plural, constructivista y vital. Palabras clave
Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas
Nuestro punto de partida consiste en sostener que el marco referencial del sistema social de Occi... more Nuestro punto de partida consiste en sostener que el marco referencial del sistema social de Occidente, respondió a una construcción patrimonial de la persona que soslayó - y en algunos momentos ocultó - su dimensión personal; y que, esa situación –filosófica y/o antropológica– tuvo sus consecuencias directassobre el ambiente, porque llevó a los bienes hacia un punto de tensión tan extrema que exigió una urgente reconsideración de la humanidad como valor en sí; y del ambiente como parte de ese valor.

Revista de la Facultad de Ciencias Económicas
La relación de la Economía con la Ética se presenta desde el inicio de nuestra tradición discipli... more La relación de la Economía con la Ética se presenta desde el inicio de nuestra tradición disciplinar como foco de conflictos que contribuye a cierto aislamiento respecto de las ciencias sociales hermanas. Este condicionamiento deriva de una tesis fuerte y ampliamente difundida durante el siglo XX que afirma: la actividad económica es un quehacer para optimizar beneficios al máximo y está libre de influencias morales. Abre paso a considerarla como proclive a las prácticas corruptas y compromete a quienes desde la academia abordamos la disciplina, a un gran esfuerzo por rebatirla y superarla; tarea que queda explícitamente planteada como objetivo principal de nuestra colaboración. Partiendo del dato histórico que la Economía surge científicamente en el ámbito de la Ética a partir de la difusión de la obra maestra de Adam Smith (1776) indagamos, con una metodología crítica e integrada en complejidad disciplinar, en las razones por las que se generalizó su uso a aceptar todo tipo de act...

Revista de la Facultad de Ciencias Económicas
En la temporalidad de una nueva era, es necesario reflexionar acerca de los alcances de la global... more En la temporalidad de una nueva era, es necesario reflexionar acerca de los alcances de la globalización como fenómeno económico y su conexión con el mundo jurídico; relación que se presenta en muchos de sus despliegues, como un nuevo modo de revivir la antigua disputa entre la Economía y el Derecho por el protagonismo de las Ciencias Sociales. Con ese objetivo, el artículo describe los soportes teóricos del concepto de globalización y las respuestas del Derecho, expone la situación actual y propone algunas hipótesis con miras a superar la tensión existente, en un marco constructivista o de creación de significados mediante el trabajo colaborativo entre disciplinas. La construcción referida, no es atribuible a un único individuo ni a un grupo, sean personas o disciplinas, tampoco es singular ni unificada, sino compartida socialmente. Se resalta la importancia que tiene para esta perspectiva de análisis, la comprensión del Derecho con un sentido integrador de sus tres dimensiones: so...
Academia Revista Sobre Ensenanza Del Derecho De Buenos Aires, 2013

Revista de la Facultad de Ciencias Económicas
En el nuevo contexto de formación jurídica a desarrollar en las unidades académicas, es necesario... more En el nuevo contexto de formación jurídica a desarrollar en las unidades académicas, es necesario valorar e integrar los distintos tipos de saberes que intervienen en la construcción del conocimiento y trasponer las fronteras disciplinarias tradicionales, que particularmente en el campo jurídico, se presentan frecuentemente reducidas a la exclusiva consideración de normas; y donde el despliegue interdisciplinar, abierto y complejo, puede constituirse en un potente estímulo. Para la mejor comprensión de esta idea, valoramos el realismo crítico como punto de inflexión en la construcción de la teoría del currículum, para continuar con las principales corrientes jus filosóficas ancladas en la antigua y siempre renovada polémica positivismo – jus naturalismo; las nuevas expresiones del neo constitucionalismo; y concluir con los aportes del trialismo, al que nos adherimos por considerar que es el que mejor representa una posibilidad de crear diseños curriculares que proyecten al conocimie...

Revista de la Facultad de Ciencias Económicas
El tributo, en su significado más generalizado, es un recurso público por el que el Estado obtien... more El tributo, en su significado más generalizado, es un recurso público por el que el Estado obtiene ingresos que destina al cumplimiento de sus fines. Sin embargo, este concepto no siempre se interpretó del mismo modo, sino que se fue transformando a medida que las funciones estatales se hicieron cada vez mayores y sus intervenciones se extendieron más allá de las funciones consideradas básicas. En ese trayecto, el tributo fue el motivo principal – y a veces el único – desencadenante de importantes movimientos sociales y políticos en los que contribuyó a poner en evidencia al momento de diseñar la política estatal, la tensión permanente entre el poder soberano y la libertad individual. El debate sobre su legitimidad gira de manera más o menos explícita, alrededor de la necesidad que quienes lo soporten, sean los que más tienen/obtienen; y por lo tanto asumen el deber de contribuir en mayor medida al sostenimiento del Estado y a la distribución de la renta entre los miembros de la com...

Principio de reserva de ley y su relación con los decretos en materia tributaria Pese a los funda... more Principio de reserva de ley y su relación con los decretos en materia tributaria Pese a los fundamentos esbozados en el decreto analizado, no debe desconocerse que la Constitución Nacional es la ley suprema y base sobre la que se erige todo nuestro sistema normativo, en caso de entrar en contradicción con disposiciones normativas inferiores a estas debe interpretarse en forma armónica y en consideración a la norma superior respecto a la inferior. El principio de legalidad establece un límite al ejercicio de las facultades legislativas por el órgano ejecutivo, tal afirmación es desde la mirada y el análisis del caso particular que venimos desarrollando. Para profundizar la mirada y en forma específica a la materia tributaria, la Corte Suprema ha reafirmado la distribución de facultades constitucionales en materia de imposición de tributos y siendo el congreso el único órgano encargado de intervenir en materia impositiva. En el fallo del 2014 "Camaronera Patagónica S.A. c/ Ministerio de Economía y otros s/ amparo", declaró la inconstitucionalidad de la resolución ministerial N°11/02 y 150/02 que se fija el derecho de exportación a las mercaderías procesadas por la empresa pesquera. La CSJN en su análisis sostiene que el órgano habilitado en ejercicio de la función es el congreso y se prohíbe constitucionalmente la delegación legislativa en materia tributaria, por ende, la interpretación de toda delegación debe ser de carácter restrictivo para preservar la competencia del área que corresponde intervenir a cada órganos en la división de poderes; sin que la invocación del interés público sea suficiente para fundar cualquier delegación, debido a que afecta el principio de legalidad y no tendrá fuerza suficiente para salvar cualquier inconstitucionalidad. Dentro del mismo fallo la corte ha sostenido: "Nuestra Ley Fundamental prescribe, de manera reiterada y como regla primordial, tanto en el art. 4° como en los arts. 17 Y 52, que solo el Congreso impone las contribuciones referidas en el primero de ellos. Asimismo, este Tribunal ha expresado categóricamente que "los principios y preceptos

Principio de legalidad tributaria en el decreto 793/2018 sobre los derechos de exportación1, 2018
Principio de legalidad tributaria en el decreto 793/2018 sobre los derechos de exportación 1 (Par... more Principio de legalidad tributaria en el decreto 793/2018 sobre los derechos de exportación 1 (Parte I) Introducción El principio de legalidad o de reserva de ley, se consolida cuando emergen los Estados modernos en el siglo XIX y constituye una garantía a los ciudadanos y un límite a la libre imposición de tributos, albergando la facultad de la aceptación o rechazo a los representantes de la población, reservando dicha facultad en forma exclusiva a estos. Por ende, la imposición debe estar establecida por ley, tal es el conocido aforismo nullum tributum sine lege, que surge como principio para el establecimiento de pena, sanción o imposición que encuentre fundamento en una ley. En nuestro sistema argentino dicho principio se halla presente ya en el acta del Cabildo del 25 de mayo del 1810, que establece que no podrían imponerse ni gravámenes ni contribuciones sin previa consulta al cabildo. El principio de legalidad o de reserva de ley responde a la garantía constitucional del art 19 C.N en referencia a que toda imposición debe estar establecida por ley en razón a cuestiones de legitimidad. El conflicto en cuanto a la legalidad del Decreto 793/18 surge dada la forma de imposición de estos tributos y el sujeto del cual emana dicha carga impositiva. La imposición del Decreto 793/18 en los derechos de exportación que entra en vigor en septiembre del presente año, establece un gravamen a los derechos de exportación en las mercaderías, El decreto en su art 2 establece: " Artículo 2°.-El derecho de exportación establecido en el artículo 1º no podrá exceder de PESOS CUATRO ($ 4) por cada Dólar Estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda. Para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (NCM) detalladas en el Anexo I (IF-2018-43170212-APN-SSPT#MHA) que forma parte de este decreto, ese límite será de PESOS TRES ($ 3) por cada dólar estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda."
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