Papers by DML MADRE DE DIOS

Pág. Introducción 04 A. MODALIDADES DEL ACTO JURÍDICO: EL PLAZO 05 1. Concepto de Plazo 05 2. Car... more Pág. Introducción 04 A. MODALIDADES DEL ACTO JURÍDICO: EL PLAZO 05 1. Concepto de Plazo 05 2. Carácter del Plazo 08 2.1 El plazo debe ser necesariamente pactado 08 2.2 El Plazo debe ser un hecho futuro 09 2.3 El plazo debe ser un hecho cierto 09 B. MODALIDADES DEL ACTO JURÍDICO: ART. 179º -189º 10 1. Artículo Nº 179 Beneficio del Plazo Conclusiones 59 Bibliografía 61 INTRODUCCIÓN Dentro del Estudio del Acto Jurídico, es necesario entender lo correspondiente a su modalidad, la cual vamos a entender como los elementos eventuales que se presentan dentro del propio Acto Jurídico por las partes. Estas modalidades permiten a las partes al momento de celebrar un acto jurídico haciendo uso de su autonomía privada, se pueden acordar determinadas condiciones, un plazo del cumplimiento de sus obligaciones o el modo en que estos se realizaran. Las partes se obligaran a acatar estas modalidades. Para el presente trabajo monográfico, vamos a abarcar el estudio de los Artículos 179º al 189º los cuales se avocan más al plazo y cargo, para ello es pertinente indicar que el termino plazo puede considerarse como los hechos que se deben de cumplir dentro de un tiempo determinado para que pueda darse origen a otro suceso, y el termino cargo como una obligación vinculada a la titularidad de determinados bienes. MODALIDADES DEL ACTO JURÍDICO (ARTÍCULO 179º 189º) A. MODALIDADES DEL ACTO JURÍDICO: EL PLAZO 2 El tiempo es un factor tomado en cuenta por el derecho para atribuirle ciertos efectos como el hecho jurídico. Determina la producción de fenómenos como la prescripción, la caducidad o la mayoría de edad. En el acto jurídico, el plazo (un cierto periodo de tiempo) es legislado como modalidad, o sea, como elemento no necesario pero susceptible de ser incluido en el contenido de un acto jurídico de ser incluido en el contenido de un acto por voluntad de las partes. Surte efectos por prescripción legal en algunos casos, destinada a durar por un lapso limitado y entones los efectos del acto son los transitorios, pues fugaz es la función que está llamada a desempeñar en la vida de relación. En otros supuestos, son las partes los que pactan el plazo y es en esa función que adquiere los atributos de un elemento modal del acto. 1. CONCEPTO DE PLAZO El plazo o término indica el momento desde el cual se inicia o finaliza la eficacia del acto jurídico. "El Plazo como modalidad es el evento futuro y cierto de cuyo acaecimiento se hace depender el nacimiento, la exigibilidad o la finalización de los efectos del acto jurídico" 1 Mediante el plazo, las partes se subordinan a la eficacia de ciertos actos jurídicos o de una obligación hasta una fecha o un acontecimiento futuro o cierto. La certidumbre de que el plazo habrá de cumplirse distingue 1TORRES VÁSQUEZ Aníbal, "ACTO JURÍDICO", 3ra. Edición, Editorial IDEMSA, Lima 2008, Página 546.
Uploads
Papers by DML MADRE DE DIOS