Papers by Juan Manuel Saharrea
Tópicos. Revista de Filosofía de Santa Fe
El propósito del presente trabajo es ofrecer una contextualización de “Las implicancias del pragm... more El propósito del presente trabajo es ofrecer una contextualización de “Las implicancias del pragmatismo para la educación” (MW 4, pp. 178–191), que traducimos en este número de la revista. El artículo está compuesto de tres partes que John Dewey (1859–1952) escribe en diciembre de 1908, febrero y marzo de 1909. Nuestra hipótesis interpretativa es que este texto es fundamental en dos sentidos: en primer lugar, para entender los lazos de Dewey con la tradición pragmatista; en segundo lugar, para comprender su conceptualización del vínculo entre pragmatismo y educación.
El conceptualismo de John McDowell ha sufrido algunas modificaciones importantes desde su formula... more El conceptualismo de John McDowell ha sufrido algunas modificaciones importantes desde su formulación inicial. Nuestro propósito en este trabajo es mostrar que como resultado de dichos ajustes el llamado nuevo conceptualismo de McDowell descarga el contenido conceptual de su carácter justificatorio.John McDowell’s conceptualism has suffered some modifications since its initial formulation. Our objective in this paper is to show that as a result of these adjustments, John MacDowell’s so-called new conceptualism displays the conceptual content of its justifying nature.Fil: Saharrea, Juan Manuel. Universidad Nacional de Córdoba. Instituto de Investigaciones Psicológicas. - Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas. Centro Científico Tecnológico Conicet - Córdoba. Instituto de Investigaciones Psicológicas; Argentin

Sophia, 2022
The relationship between cognitive sciences and philosophy is fruitful and diverse. Nevertheless,... more The relationship between cognitive sciences and philosophy is fruitful and diverse. Nevertheless, there are few philosophical attempts to analyze the concept of learning regarding its link to applications in the education field. The philosophical pragmatism provides a sustainable theoretical framework to complete this task. The aim of this study is to offer an approximation to the concept of learning from the perspective of Robert Brandom's contemporary pragmatism (1994, 2001). Specifically, it analyzes this concept as an instance of the 'social practices' idea based on the normativity conception proposed by Brandom, evaluating the epistemological advantages of this stance. At the same time, it warns about the consequences of limiting learning to causal and natural regularities, as it is the case of the cognitive approach in education. To this end, this work determines the traditional and conceptual affiliations of the idea of 'social practices' in recent philosophy, and based on such reconstruction it shows that a learning approach beyond cognitivism is possible (without questioning its possible contributions). Additionally, it states the relationships between learning and rule, as well as between learning and language. As a result, this analysis enables to place formal learning within the framework of social practices, explain its normative nature and define how language is conditioned by it.
The Pluralist, 2023
(accepted for publication) Our purpose in this paper is to analyze two neglected roots of Dewey's... more (accepted for publication) Our purpose in this paper is to analyze two neglected roots of Dewey's aesthetics: his fragmentary or piecemeal aesthetics and its links with education. Bearing this in mind, we put forward a twofold hypothesis. Firstly, that there is a link between this fragmentary aesthetics and education, which has neither been clearly established by Dewey nor systematically examined in the literature. Secondly, that some of Dewey's educational conceptions-particularly the coherent articulation of occupations, art teaching and overcoming of the vocational-humanistic education dichotomy-are essential to a reevaluation of his aesthetics from a contemporary perspective.
Tópicos. Revista de Filosofía de Santa Fe

Análisis Filosófico, 2021
En este artículo analizamos la crítica que Richard Rorty hace de la apelación al “método experime... more En este artículo analizamos la crítica que Richard Rorty hace de la apelación al “método experimental” por parte de John Dewey. Defendemos que la categórica desestimación que Rorty presenta del vínculo entre el pragmatismo de Dewey y su concepción de método hubiera sido o bien matizada, o bien radicalmente diferente, de haber considerado seriamente la importancia que la reflexión sobre la educación tenía para el filósofo de Vermont. Nuestra estrategia interpretativa se apoya en la recuperación que Henry Cowles hace recientemente de la apelación al método experimental que Dewey lleva a cabo en How We Think (1910 primera edición, 1933 segunda edición) —uno de sus textos educativos más importantes—, en donde se muestra las vinculaciones relevantes entre pragmatismo, evolucionismo y método. Este marco histórico-conceptual nos permitirá cuestionar la reconstrucción de Rorty en torno de este aspecto de la filosofía deweyana tomando en cuenta, fundamentalmente, sus propias reflexiones sobr...
Revista Filosofía UIS
En este trabajo se analiza la propuesta en torno de los pensamientos singulares o “pensamientos d... more En este trabajo se analiza la propuesta en torno de los pensamientos singulares o “pensamientos de re” del filósofo contemporáneo John McDowell. Nuestra estrategia es abordar dicha reconstrucción a partir de la tesis de “la carencia de límites de lo conceptual” desarrollada en su producción más reciente. El contraste entre algunos aspectos de Mind and World (1994) y los artículos previos consagrados al pensamiento singular, asignan un valor explicativo concreto a la tesis de que lo conceptual no tiene límites.

Cuestiones de Filosofía, 2021
El artículo reconstruye mediante el análisis conceptual algunos aspectos de Mind and World de Joh... more El artículo reconstruye mediante el análisis conceptual algunos aspectos de Mind and World de John McDowell, orientados a ampliar el rol explicativo de la tesis de la "carencia de límites de lo conceptual". Para esto se vincula dicha tesis (que corre el riesgo de ser objeto de la objeción de idealismo en sus variantes "más perniciosas") con la idea de percepción como "apertura al mundo" (que niega decididamente un idealismo semejante). Si bien la defensa del rol justificatorio del contenido perceptivo da cuenta de esta última tesis, no muestra relaciones posibles con la primera (al menos explícitamente). Este artículo, en cambio, propone resolver esta tensión. Así reconstruye la posible respuesta del conceptualismo de McDowell al argumento por la ilusión. De este modo, a partir de la distinción entre posibilidad ordinaria de error perceptual y posibilidad en principio (de error perceptual)-derivada del tratamiento de McDowell sobre la incorregibilidad perceptual-se concluye que la "carencia de límites de lo conceptual" y la afirmación de que ordinariamente la percepción nos proporciona conocimiento directo de hechos del mundo, no son incompatibles desde la perspectiva de la posibilidad ordinaria.
26, 2020
John McDowell’s conceptualism has suffered some modifications since its initial formulation. Our ... more John McDowell’s conceptualism has suffered some modifications since its initial formulation. Our objective in this paper is to show that as a result of these adjustments, John MacDowell’s so-called new conceptualism displays the conceptual content of its justifying nature.

Question, Jun 28, 2013
Para los interesados en filosofía, sin ser necesariamente filósofos académicos, la plataforma con... more Para los interesados en filosofía, sin ser necesariamente filósofos académicos, la plataforma conceptual del debate en torno a cómo se ajusta el relato periodístico con los hechos es al menos tan vieja como Platón. A la vez al interés en esa pregunta en términos generales -¿cómo se ajustan nuestras descripciones con el mundo?-la filosofía no ha dejado de considerarlo una inquietud habitual de cualquier individuo en cualquier época. Un modo de explicar esa permanencia, quizá, sea debido a que ese interés es tan conocido y tan ordinario como la necesidad de que, ante la discrepancia con otras personas, sean nuestras opiniones las que coincidan con la realidad. "Así es la realidad" -decimos-o "las cosas son así", o "así son los hechos", entre otras expresiones. Y todas ellas son, además, frases recurrentes que ponen de relieve nuestro afán corriente por señalar algo indiscutible, un límite en el debate, una especie de roca al fondo del río de lo opinable. Claro que no es siempre fácil alcanzar ese acuerdo y es probable que el punto más fuerte de una disputa esté en la discrepancia en torno a en qué consiste ese acuerdo, esto es, en qué sea la realidad o en qué sean los hechos respecto del tema que debatimos. En filosofía, tradicionalmente todas estas cuestiones convergen en el denominado problema de la verdad, un problema casi siempre de índole epistemológica (i.e. referido al origen y justificación de nuestras creencias) y metafísica (i.e. referido a la pregunta acerca de cómo es la realidad independientemente de cualquiera que pueda verla). Pero a partir, más o menos, del último siglo, los filósofos debaten este problema centrados en el análisis del lenguaje y del significado. Desde esa óptica (que involucra las otras, sin dudas) reflexionan sobre qué sea la realidad, los hechos o la objetividad.
Revista Praxis Filosofíca, 2014
La discusión sobre seguir una regla plantea cuestiones centrales sobre
la naturaleza de nuestros ... more La discusión sobre seguir una regla plantea cuestiones centrales sobre
la naturaleza de nuestros conceptos. En el presente ensayo situamos y
discutimos una tesis del enfoque de Crispin Wright, a saber: el seguimiento de reglas conlleva siempre un compromiso epistémico. De acuerdo a nuestro punto de vista, el seguimiento de reglas para los casos que Wright llama “casos básicos” (casos que no pueden reducirse a una estructura de razonamiento modus ponens) no conlleva un compromiso epistémico.
Tales casos básicos son compromisos lingüísticos que, sin ser verdaderos o falsos, permiten que el resto de nuestro edificio conceptual pueda juzgarse verdadero o falso. Así, acordamos con Wright en que todo caso de captación de regla es un caso que requiere de competencia racional pero discutimos su criterio para señalar la racionalidad de la regla
Drafts by Juan Manuel Saharrea
Revista Signos, 2018
Charles Sanders Peirce made enormous contributions to different branches of philosophy. Among the... more Charles Sanders Peirce made enormous contributions to different branches of philosophy. Among the topics discussed was, more fi rmly in his maturity, the issue of perception and specifi cally the relationship between perception (percept) and empirical judgment. Taking into account a certain general picture of pragmatism, we propose to situate Peirce in the context of the current debate about the nature of empirical content. The result of this operation is a critique of the current schematic options for approaching the nature of perception. Under this hermeneutical key, Peirce's originality in the aforementioned topic can be highlighted.

Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario, 2017
Este artículo apareció por primera vez en American Journal of Jurisprudence, 50, 2005: 71-105.
T... more Este artículo apareció por primera vez en American Journal of Jurisprudence, 50, 2005: 71-105.
Todo esto empieza con un par de preguntas que suenan aparentemente muy sencillas: «¿Qué es el pragmatismo jurídico?» y «¿hay algo valioso en él?». Sin embargo, termina con respuestas no tan simples: «Aquello que hoy en día se llama “pragmatismo jurídico” es muy diferente del antiguo estilo de pragmatismo jurídico asociado tradicionalmente a Oliver Wendell Holmes; y hay elementos valiosos en la concepción del Derecho que pone de relieve la lectura de “The Path of the Law” a la luz de la filosofía de tradición pragmatista clásica, aunque menos en el neopragmatismo jurídico contemporáneo». A medida que yo articule y defienda estas respuestas, mis reflexiones sobre las variedades de pragmatismo –filosófico y jurídico, antiguo y nuevo–le darán un marco a mi exploración del significado de “The Path of the Law” y a las fortalezas y debilidades de sus argumentos (Haack p 448).
En una reunión de sábado, después de cenar una carne asada, en el patio de la casa de un colega j... more En una reunión de sábado, después de cenar una carne asada, en el patio de la casa de un colega joven, un psicólogo con intereses en neurociencia, bromeé en relación a su disciplina predilecta:-¿El cerebro aprende o las personas aprenden? El colega sonrió y ese fue el inicio de un intercambio acerca no tanto de las neurociencias sino de su divulgación y de alguno de sus usos menos rigurosos, en especial en el ámbito educativo.
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Papers by Juan Manuel Saharrea
la naturaleza de nuestros conceptos. En el presente ensayo situamos y
discutimos una tesis del enfoque de Crispin Wright, a saber: el seguimiento de reglas conlleva siempre un compromiso epistémico. De acuerdo a nuestro punto de vista, el seguimiento de reglas para los casos que Wright llama “casos básicos” (casos que no pueden reducirse a una estructura de razonamiento modus ponens) no conlleva un compromiso epistémico.
Tales casos básicos son compromisos lingüísticos que, sin ser verdaderos o falsos, permiten que el resto de nuestro edificio conceptual pueda juzgarse verdadero o falso. Así, acordamos con Wright en que todo caso de captación de regla es un caso que requiere de competencia racional pero discutimos su criterio para señalar la racionalidad de la regla
Drafts by Juan Manuel Saharrea
Todo esto empieza con un par de preguntas que suenan aparentemente muy sencillas: «¿Qué es el pragmatismo jurídico?» y «¿hay algo valioso en él?». Sin embargo, termina con respuestas no tan simples: «Aquello que hoy en día se llama “pragmatismo jurídico” es muy diferente del antiguo estilo de pragmatismo jurídico asociado tradicionalmente a Oliver Wendell Holmes; y hay elementos valiosos en la concepción del Derecho que pone de relieve la lectura de “The Path of the Law” a la luz de la filosofía de tradición pragmatista clásica, aunque menos en el neopragmatismo jurídico contemporáneo». A medida que yo articule y defienda estas respuestas, mis reflexiones sobre las variedades de pragmatismo –filosófico y jurídico, antiguo y nuevo–le darán un marco a mi exploración del significado de “The Path of the Law” y a las fortalezas y debilidades de sus argumentos (Haack p 448).
la naturaleza de nuestros conceptos. En el presente ensayo situamos y
discutimos una tesis del enfoque de Crispin Wright, a saber: el seguimiento de reglas conlleva siempre un compromiso epistémico. De acuerdo a nuestro punto de vista, el seguimiento de reglas para los casos que Wright llama “casos básicos” (casos que no pueden reducirse a una estructura de razonamiento modus ponens) no conlleva un compromiso epistémico.
Tales casos básicos son compromisos lingüísticos que, sin ser verdaderos o falsos, permiten que el resto de nuestro edificio conceptual pueda juzgarse verdadero o falso. Así, acordamos con Wright en que todo caso de captación de regla es un caso que requiere de competencia racional pero discutimos su criterio para señalar la racionalidad de la regla
Todo esto empieza con un par de preguntas que suenan aparentemente muy sencillas: «¿Qué es el pragmatismo jurídico?» y «¿hay algo valioso en él?». Sin embargo, termina con respuestas no tan simples: «Aquello que hoy en día se llama “pragmatismo jurídico” es muy diferente del antiguo estilo de pragmatismo jurídico asociado tradicionalmente a Oliver Wendell Holmes; y hay elementos valiosos en la concepción del Derecho que pone de relieve la lectura de “The Path of the Law” a la luz de la filosofía de tradición pragmatista clásica, aunque menos en el neopragmatismo jurídico contemporáneo». A medida que yo articule y defienda estas respuestas, mis reflexiones sobre las variedades de pragmatismo –filosófico y jurídico, antiguo y nuevo–le darán un marco a mi exploración del significado de “The Path of the Law” y a las fortalezas y debilidades de sus argumentos (Haack p 448).