Beneficios familiares
Si usted es un adulto que recibe beneficios del Seguro por Discapacidad del Seguro Social (SSDI), es posible que sus familiares puedan recibir beneficios con base en sus antecedentes laborales, entre ellos su:
- Cónyuge
- de más de 62 años, a menos que cobre un beneficio de Seguro Social más alto con base en sus ingresos, o
- de cualquier edad si se ocupa de un hijo de 16 años, o que tuvo una discapacidad antes de los 22 años de edad y tiene derecho a beneficios
- Cónyuge divorciado
- que estuvo casado con usted durante al menos 10 años y actualmente no está casado
- tiene al menos 62 años de edad
- no es elegible para un beneficio igual o superior con base en su propio registro del Seguro Social, o en el registro del Seguro Social de alguna otra persona
- Hijos (incluso biológicos, adoptados o hijastros)
- Hijos adultos con una discapacidad (si la discapacidad comenzó antes de los 22 años de edad)
Con base en una fórmula, cada miembro de la familia podría recibir un beneficio mensual de hasta el 50 % del importe de su beneficio por discapacidad. Sin embargo, ese importe tiene un límite para la familia. Habitualmente, el importe total que usted y su familia pueden recibir es aproximadamente del 150 al 180 % de su beneficio por discapacidad.
Nota: los beneficios de un cónyuge divorciado no están incluidos en el máximo de su familia.
Para que su hijo reciba beneficios, el hijo no debe estar casado. Habitualmente, los hijos dejan de recibir beneficios familiares cuando cumplen 18 años, a menos que tengan una discapacidad. No obstante, si su hijo
todavía está en la escuela a tiempo completo en una escuela primaria o secundaria a los 18 años, los beneficios continuarán hasta que finalice la escuela o durante un máximo de 2 meses después de que cumpla 19 años de edad, lo que suceda primero.
Para más información sobre beneficios familiares: ssa.gov/benefits/disability/family.html.