Papers by María Cristina Alé

Este trabajo postula el concepto de responsabilidades ecológicas como alternativa teórica a las p... more Este trabajo postula el concepto de responsabilidades ecológicas como alternativa teórica a las propuestas dicotómicas de los derechos humanos y los derechos de la naturaleza. Si bien enfrenta el antropocentrismo que subyace a los derechos humanos, el concepto de derechos de la naturaleza no logra desprenderse ni de la dinámica autorreferencial identitaria del concepto de derecho como pretensión, ni de la escisión moderna entre humano y no humano. Se postula como hipótesis que una concepción del orden jurídico desde el enfoque de la responsabilidad puede contribuir a la revisión de la dinámica jerárquica, dominial y de explotación que atraviesa la arquitectura del derecho hegemónico desde la modernidad. La adjetivación ecológica de las responsabilidades procura señalar en un término común las relaciones tanto entre humanos como con lo no humano. En concordancia con la diversidad que habita tal ecosistema, el acento en las responsabilidades ecológicas auspicia la gestación hacia órdenes regulatorios plurales, inspirados en la apelación jurídica de la responsabilidad por la diferencia, más que en la autoafirmación de identidades. La apelación a la gestación de una convivencia global en la diferencia y en la diversidad tiene potencial para promover órdenes jurídicos dinamizados por la lógica de la hospitalidad —en cuanto acogida de la diferencia—, y no de la hostilidad. El concepto de ‘buen vivir’ es apuntado finalmente como disparador para la recuperación de cosmovisiones y prácticas ecológicas, que inspiren órdenes jurídicos más plurales, más acordes a la diversidad que habita el planeta.

Este trabajo plantea el potencial de la agroecologíacomo estrategia de realización de los derecho... more Este trabajo plantea el potencial de la agroecologíacomo estrategia de realización de los derechos ecológicos en AbyaYala. A partir de un cuestionamiento del impacto socio-ecológicode las empresas transnacionales en el continente, se postula elviraje agroecológico del modelo agroalimentario como auténticaestrategia de efectivización de los derechos (socio-) ecológicos.Se parte de una noción amplia del término ecología, que implicala convivencia entre humanos y no humanos. El conceptode agroecología es recuperado por su vinculación a la gestiónlocal de la producción agroalimentaria. El descarte de losinsumos extranjeros - tanto de semillas como de agroquímicos -contribuye no sólo a la sustentabilidad ecológica, sino también ala independencia social respecto de las empresas transnacionales.Promueve así también la recuperación de los saberes ancestralesrelacionados con la tierra y la cultura.
n book: Nuevas Voces. Contribuciones desde la Academia Latinoamericana para avanzar hacia una cultura de Conducta Empresarial Responsable y respeto por los Derechos Humanos.Publisher: OIT, 2022
Este trabajo presenta una aproximación crítica al concepto de responsabilidad social empresarial ... more Este trabajo presenta una aproximación crítica al concepto de responsabilidad social empresarial a partir de un cuestionamiento del impacto socio-ecológico de las empresas transnacionales en Latinoamérica. Se postula como hipótesis que sólo un enfoque radical de la responsabilidad social empresarial tiene potencial para contribuir a la realización de los derechos (socio-)ecológicos. Las aproximaciones coyunturales y paliativas del término terminan funcionando en cambio como enmiendas, que contribuyen al sostenimiento del sistema de acumulación neo-extractivista.

JURÍDICAS CUC
En contextos de epidemias/pandemias, la salud es un derecho fundamental y es entendido como derec... more En contextos de epidemias/pandemias, la salud es un derecho fundamental y es entendido como derecho-núcleo que funciona como eje articulador desde y hacia dónde se dirigen las acciones de los órganos de gobierno, primariamente, y de los demás actores públicos y privados, secundariamente. La potestad del Estado de invocar legítimamente la protección de la salud colectiva como causa de restricción de ciertos derechos y libertades producirá inevitablemente un conflicto en el ejercicio de otros derechos fundamentales. Así, el objetivo del presente trabajo busca analizar estas dinámicas de colisión. Con este propósito, se realizó una revisión bibliográfica de diversas fuentes, un exhaustivo análisis e identificación de la normativa internacional aplicable, así como del alcance de los principios jurídicos relevantes y de los contenidos mínimos inderogables de los derechos y libertades que puedan presentarse en disputa ante la preponderancia de unos sobre otros, utilizando de base el métod...

Jurídicas CUC, 2021
En contextos de epidemias/pandemias, la salud es un
derecho fundamental y es entendido como derec... more En contextos de epidemias/pandemias, la salud es un
derecho fundamental y es entendido como derecho-núcleo
que funciona como eje articulador desde y hacia dónde
se dirigen las acciones de los órganos de gobierno, primariamente, y de los demás actores públicos y privados,
secundariamente. La potestad del Estado de invocar legí-
timamente la protección de la salud colectiva como causa
de restricción de ciertos derechos y libertades producirá
inevitablemente un conflicto en el ejercicio de otros derechos fundamentales. Así, el objetivo del presente trabajo
busca analizar estas dinámicas de colisión. Con este
propósito, se realizó una revisión bibliográfica de diversas fuentes, un exhaustivo análisis e identificación de la
normativa internacional aplicable, así como del alcance
de los principios jurídicos relevantes y de los contenidos
mínimos inderogables de los derechos y libertades que
puedan presentarse en disputa ante la preponderancia de
unos sobre otros, utilizando de base el método documental
con un enfoque cualitativo. Se concluye, que en el desarrollo de una epidemia/pandemia, cuanto más amenazada
se encuentra la salud colectiva y los demás derechos
estrechamente vinculados, mayor será el rol del Estado en
la consecución de sus obligaciones de hacer manifestadas
en sus decisiones políticas y políticas públicas. El Estado
—en tanto ente garante y servidor del respeto y realización de los derechos y libertades fundamentales— deberá
armonizar aquellos que estén en conflicto con una mirada
a corto, mediano y largo plazo y siempre direccionado por
el principio de proporcionalidad, en consonancia con los
límites constitucionales y convencionales.

Revista RyD República y Derecho / Volumen V (2020) / ISSN-L 2525–1937 / DosierFacultad de Dereccho / Universidad Nacional de Cuyo / Mendoza – Argentina, 2020
Throughout history, indigenous peoples have been excluded, marginalized, mis-treated and... more Throughout history, indigenous peoples have been excluded, marginalized, mis-treated and disregarded. The United Nations Declaration on the Rights of Indigenous Peoples and the Indigenous and Tribal Peoples Convention, C169 tried to emphasize the need to grant them protection that is both broader and more appropriate while taking their particular characteristics into consideration. However, these protections are insufficient and ineffective in the face of current problems related to expansion of the extractive frontier in its varied forms, which mostly end in controversies among the indigenous communities present in the territories at stake, the States, and the companies who perform such activities. Three interconnected and interrelated cardinal issues that are the most affected are: the principle of non–discrimination, the right to land and natural resources, and the right to participation and consultation.
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Papers by María Cristina Alé
derecho fundamental y es entendido como derecho-núcleo
que funciona como eje articulador desde y hacia dónde
se dirigen las acciones de los órganos de gobierno, primariamente, y de los demás actores públicos y privados,
secundariamente. La potestad del Estado de invocar legí-
timamente la protección de la salud colectiva como causa
de restricción de ciertos derechos y libertades producirá
inevitablemente un conflicto en el ejercicio de otros derechos fundamentales. Así, el objetivo del presente trabajo
busca analizar estas dinámicas de colisión. Con este
propósito, se realizó una revisión bibliográfica de diversas fuentes, un exhaustivo análisis e identificación de la
normativa internacional aplicable, así como del alcance
de los principios jurídicos relevantes y de los contenidos
mínimos inderogables de los derechos y libertades que
puedan presentarse en disputa ante la preponderancia de
unos sobre otros, utilizando de base el método documental
con un enfoque cualitativo. Se concluye, que en el desarrollo de una epidemia/pandemia, cuanto más amenazada
se encuentra la salud colectiva y los demás derechos
estrechamente vinculados, mayor será el rol del Estado en
la consecución de sus obligaciones de hacer manifestadas
en sus decisiones políticas y políticas públicas. El Estado
—en tanto ente garante y servidor del respeto y realización de los derechos y libertades fundamentales— deberá
armonizar aquellos que estén en conflicto con una mirada
a corto, mediano y largo plazo y siempre direccionado por
el principio de proporcionalidad, en consonancia con los
límites constitucionales y convencionales.
derecho fundamental y es entendido como derecho-núcleo
que funciona como eje articulador desde y hacia dónde
se dirigen las acciones de los órganos de gobierno, primariamente, y de los demás actores públicos y privados,
secundariamente. La potestad del Estado de invocar legí-
timamente la protección de la salud colectiva como causa
de restricción de ciertos derechos y libertades producirá
inevitablemente un conflicto en el ejercicio de otros derechos fundamentales. Así, el objetivo del presente trabajo
busca analizar estas dinámicas de colisión. Con este
propósito, se realizó una revisión bibliográfica de diversas fuentes, un exhaustivo análisis e identificación de la
normativa internacional aplicable, así como del alcance
de los principios jurídicos relevantes y de los contenidos
mínimos inderogables de los derechos y libertades que
puedan presentarse en disputa ante la preponderancia de
unos sobre otros, utilizando de base el método documental
con un enfoque cualitativo. Se concluye, que en el desarrollo de una epidemia/pandemia, cuanto más amenazada
se encuentra la salud colectiva y los demás derechos
estrechamente vinculados, mayor será el rol del Estado en
la consecución de sus obligaciones de hacer manifestadas
en sus decisiones políticas y políticas públicas. El Estado
—en tanto ente garante y servidor del respeto y realización de los derechos y libertades fundamentales— deberá
armonizar aquellos que estén en conflicto con una mirada
a corto, mediano y largo plazo y siempre direccionado por
el principio de proporcionalidad, en consonancia con los
límites constitucionales y convencionales.