Papers by Julio César Ark's

Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre... more Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre que se cite la fuente y no se comercialicen sus contenidos Impreso y hecho en México Fecha de impresión: septiembre de 2020. INTRODUCCIÓN E l Programa de Mejoramiento Urbano (PMU) se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2019 2024 (PND), publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 12 de julio de 2019, en específico en su apartado II Política Social, numeral 8, referente al programa de "Desarrollo Urbano y Vivienda". A través del PMU, la Sedatu promueve la atención de las necesidades de las personas que habitan en zonas con rezago urbano y social, mediante intervenciones de mejoramiento urbano integral, considerando cuatro aspectos principales: mejoramiento de barrios, vivienda, certeza jurídica en la propiedad y tenencia de la tierra, así como planeación urbana, metropolitana y ordenamiento territorial. De manera específica el PMU busca: a) Mejorar el acceso e inclusión de las personas a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos, de descanso, de esparcimiento, de desarrollo comunitario y de movilidad y conectividad a través del diseño, la planeación, construcción, operación de equipamientos urbanos, espacios públicos e infraestructura. Contribuir al otorgamiento de certeza jurídica mediante el apoyo técnico, jurídico y administrativo para las personas que tienen posesión, pero no certeza jurídica de la tenencia de la tierra. b) Mejorar las condiciones de habitabilidad en la vivienda a través de la sustitución, ampliación o mejoramiento de la misma, priorizando la utilización de mano de obra y materiales locales. En las Reglas de Operación del PMU para el ejercicio fiscal 2020, se establece que los municipios deberán contar con un Programa Territorial Operativo (PTO) como uno de los criterios de elegibilidad para solicitar los recursos asignados al programa (Diario Oficial, 31 de diciembre, 2019). El PTO es un instrumento de planeación establecido en los artículos 90 y 91 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU) que tiene como propósito: a) impulsar estrategias integrales intersectoriales de ordenamiento territorial; b) establecer programas, proyectos estratégicos y acciones en una ubicación específica, y en tiempo determinado con un esquema de financiamiento. La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), a través del Instituto de Geografía (IGg), realizó el presente PTO de manera conjunta con el gobierno municipal del H. Ayuntamiento de Campeche, el Gobierno del Estado de Campeche y la ciudadanía.
i. Estado actual de la propiedad ejidal ii. Tierras de uso común, de asentamiento humano y zona p... more i. Estado actual de la propiedad ejidal ii. Tierras de uso común, de asentamiento humano y zona parcelada iii. Dominio pleno M. MAPA DE ACTORES

Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre... more Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre que se cite la fuente y no se comercialicen sus contenidos Impreso y hecho en México Fecha de impresión: septiembre de 2020. INTRODUCCIÓN E l Programa de Mejoramiento Urbano (PMU) se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2019 2024 (PND), publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 12 de julio de 2019, en específico en su apartado II Política Social, numeral 8, referente al programa de "Desarrollo Urbano y Vivienda". A través del PMU, la Sedatu promueve la atención de las necesidades de las personas que habitan en zonas con rezago urbano y social, mediante intervenciones de mejoramiento urbano integral, considerando cuatro aspectos principales: mejoramiento de barrios, vivienda, certeza jurídica en la propiedad y tenencia de la tierra, así como planeación urbana, metropolitana y ordenamiento territorial. De manera específica el PMU busca: a) Mejorar el acceso e inclusión de las personas a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos, de descanso, de esparcimiento, de desarrollo comunitario y de movilidad y conectividad a través del diseño, la planeación, construcción, operación de equipamientos urbanos, espacios públicos e infraestructura. Contribuir al otorgamiento de certeza jurídica mediante el apoyo técnico, jurídico y administrativo para las personas que tienen posesión, pero no certeza jurídica de la tenencia de la tierra. b) Mejorar las condiciones de habitabilidad en la vivienda a través de la sustitución, ampliación o mejoramiento de la misma, priorizando la utilización de mano de obra y materiales locales. En las Reglas de Operación del PMU para el ejercicio fiscal 2020, se establece que los municipios deberán contar con un Programa Territorial Operativo (PTO) como uno de los criterios de elegibilidad para solicitar los recursos asignados al programa (Diario Oficial, 31 de diciembre, 2019). El PTO es un instrumento de planeación establecido en los artículos 90 y 91 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU) que tiene como propósito: a) impulsar estrategias integrales intersectoriales de ordenamiento territorial; b) establecer programas, proyectos estratégicos y acciones en una ubicación específica, y en tiempo determinado con un esquema de financiamiento. La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), a través del Instituto de Geografía (IGg), realizó el presente PTO de manera conjunta con el gobierno municipal del H. Ayuntamiento de Chimalhuacán, el Gobierno del Estado de México y la ciudadanía.
Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre... more Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre que se cite la fuente y no se comercialicen sus contenidos Impreso y hecho en México Fecha de impresión: septiembre de 2020. viii. Servicios urbanos: plantas de tratamiento residual, cementerios, limpia, recolección, entre otros J. ESPACIOS PÚBLICOS 45 i. Localización, cuantificación y superficie ii. Accesibilidad y movilidad iii. Áreas verdes iv. Mobiliario v. Diagnóstico integral de espacios públicos K. INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS 48 i. Servicios básicos ii. Tecnologías de la información iii. Alcantarillado L. TENENCIA DE LA TIERRA Y FORMACIÓN DE ASENTAMIENTOS IRREGULARES 49 i. Estado actual de la propiedad ejidal M. MAPA DE ACTORES

Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre... more Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre que se cite la fuente y no se comercialicen sus contenidos Impreso y hecho en México Fecha de impresión: septiembre de 2020. INTRODUCCIÓN E l Programa de Mejoramiento Urbano (PMU) se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2019 2024 (PND), publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 12 de julio de 2019, en específico en su apartado II Política Social, numeral 8, referente al programa de "Desarrollo Urbano y Vivienda". A través del PMU, la Sedatu promueve la atención de las necesidades de las personas que habitan en zonas con rezago urbano y social, mediante intervenciones de mejoramiento urbano integral, considerando cuatro aspectos principales: mejoramiento de barrios, vivienda, certeza jurídica en la propiedad y tenencia de la tierra, así como planeación urbana, metropolitana y ordenamiento territorial. De manera específica el PMU busca: a) Mejorar el acceso e inclusión de las personas a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos, de descanso, de esparcimiento, de desarrollo comunitario y de movilidad y conectividad a través del diseño, la planeación, construcción, operación de equipamientos urbanos, espacios públicos e infraestructura. Contribuir al otorgamiento de certeza jurídica mediante el apoyo técnico, jurídico y administrativo para las personas que tienen posesión, pero no certeza jurídica de la tenencia de la tierra. b) Mejorar las condiciones de habitabilidad en la vivienda a través de la sustitución, ampliación o mejoramiento de la misma, priorizando la utilización de mano de obra y materiales locales. En las Reglas de Operación del PMU para el ejercicio fiscal 2020, se establece que los municipios deberán contar con un Programa Territorial Operativo (PTO) como uno de los criterios de elegibilidad para solicitar los recursos asignados al programa (Diario Oficial, 31 de diciembre, 2019). El PTO es un instrumento de planeación establecido en los artículos 90 y 91 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU) que tiene como propósito: a) impulsar estrategias integrales intersectoriales de ordenamiento territorial; b) establecer programas, proyectos estratégicos y acciones en una ubicación específica, y en tiempo determinado con un esquema de financiamiento. La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), a través del Instituto de Geografía (IGg), realizó el presente PTO de manera conjunta con el gobierno municipal del H. Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, el Gobierno del Estado de México y la ciudadanía.

A través del PMU, la Sedatu promueve la atención de las necesidades de las personas que habitan e... more A través del PMU, la Sedatu promueve la atención de las necesidades de las personas que habitan en zonas con rezago urbano y social, mediante intervenciones de mejoramiento urbano integral, considerando cuatro aspectos principales: mejoramiento de barrios, vivienda, certeza jurídica en la propiedad y tenencia de la tierra, así como planeación urbana, metropolitana y ordenamiento territorial. De manera específica el PMU busca: a) Mejorar el acceso e inclusión de las personas a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos, de descanso, de esparcimiento, de desarrollo comunitario y de movilidad y conectividad a través del diseño, la planeación, construcción, operación de equipamientos urbanos, espacios públicos e infraestructura. Contribuir al otorgamiento de certeza jurídica mediante el apoyo técnico, jurídico y administrativo para las personas que tienen posesión, pero no certeza jurídica de la tenencia de la tierra. b) Mejorar las condiciones de habitabilidad en la vivienda a través de la sustitución, ampliación o mejoramiento de la misma, priorizando la utilización de mano de obra y materiales locales. En las Reglas de Operación del PMU para el ejercicio fiscal 2020, se establece que los municipios deberán contar con un Programa Territorial Operativo (PTO) como uno de los criterios de elegibilidad para solicitar los recursos asignados al programa (Diario Oficial, 31 de diciembre, 2019). El PTO es un instrumento de planeación establecido en los artículos 90 y 91 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU) que tiene como propósito: a) impulsar estrategias integrales intersectoriales de ordenamiento territorial; b) establecer programas, proyectos estratégicos y acciones en una ubicación específica, y en tiempo determinado con un esquema de financiamiento. La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), a través del Instituto de Geografía (IGg), realizó el presente PTO de manera conjunta con el gobierno municipal del H. Ayuntamiento de Seybaplaya, el Gobierno del Estado de Campeche y la ciudadanía. 40 i. Propiedad ejidal, privada y pública ii. Estado actual de la propiedad ejidal iii. Tierras de uso común, de asentamiento humano y zona parcelada iv. Dominio pleno M. MAPA DE ACTORES 40 N. DEFINICIÓN COLECTIVA DE VOCACIÓN DE LA CIUDAD

Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre... more Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre que se cite la fuente y no se comercialicen sus contenidos Impreso y hecho en México Fecha de impresión: septiembre de 2020. INTRODUCCIÓN E l Programa de Mejoramiento Urbano (PMU) se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2019 2024 (PND), publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 12 de julio de 2019, en específico en su apartado II Política Social, numeral 8, referente al programa de "Desarrollo Urbano y Vivienda". A través del PMU, la Sedatu promueve la atención de las necesidades de las personas que habitan en zonas con rezago urbano y social, mediante intervenciones de mejoramiento urbano integral, considerando cuatro aspectos principales: mejoramiento de barrios, vivienda, certeza jurídica en la propiedad y tenencia de la tierra, así como planeación urbana, metropolitana y ordenamiento territorial. De manera específica el PMU busca: a) Mejorar el acceso e inclusión de las personas a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos, de descanso, de esparcimiento, de desarrollo comunitario y de movilidad y conectividad a través del diseño, la planeación, construcción, operación de equipamientos urbanos, espacios públicos e infraestructura. Contribuir al otorgamiento de certeza jurídica mediante el apoyo técnico, jurídico y administrativo para las personas que tienen posesión, pero no certeza jurídica de la tenencia de la tierra. b) Mejorar las condiciones de habitabilidad en la vivienda a través de la sustitución, ampliación o mejoramiento de la misma, priorizando la utilización de mano de obra y materiales locales. En las Reglas de Operación del PMU para el ejercicio fiscal 2020, se establece que los municipios deberán contar con un Programa Territorial Operativo (PTO) como uno de los criterios de elegibilidad para solicitar los recursos asignados al programa (Diario Oficial, 31 de diciembre, 2019). El PTO es un instrumento de planeación establecido en los artículos 90 y 91 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU) que tiene como propósito: a) impulsar estrategias integrales intersectoriales de ordenamiento territorial; b) establecer programas, proyectos estratégicos y acciones en una ubicación específica, y en tiempo determinado con un esquema de financiamiento.

Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre... more Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre que se cite la fuente y no se comercialicen sus contenidos Impreso y hecho en México Fecha de impresión: septiembre de 2020. INTRODUCCIÓN E l Programa de Mejoramiento Urbano (PMU) se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2019 2024 (PND), publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 12 de julio de 2019, en específico en su apartado II Política Social, numeral 8, referente al programa de "Desarrollo Urbano y Vivienda". A través del PMU, la Sedatu promueve la atención de las necesidades de las personas que habitan en zonas con rezago urbano y social, mediante intervenciones de mejoramiento urbano integral, considerando cuatro aspectos principales: mejoramiento de barrios, vivienda, certeza jurídica en la propiedad y tenencia de la tierra, así como planeación urbana, metropolitana y ordenamiento territorial. De manera específica el PMU busca: a) Mejorar el acceso e inclusión de las personas a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos, de descanso, de esparcimiento, de desarrollo comunitario y de movilidad y conectividad a través del diseño, la planeación, construcción, operación de equipamientos urbanos, espacios públicos e infraestructura. Contribuir al otorgamiento de certeza jurídica mediante el apoyo técnico, jurídico y administrativo para las personas que tienen posesión, pero no certeza jurídica de la tenencia de la tierra. b) Mejorar las condiciones de habitabilidad en la vivienda a través de la sustitución, ampliación o mejoramiento de la misma, priorizando la utilización de mano de obra y materiales locales. En las Reglas de Operación del PMU para el ejercicio fiscal 2020, se establece que los municipios deberán contar con un Programa Territorial Operativo (PTO) como uno de los criterios de elegibilidad para solicitar los recursos asignados al programa (Diario Oficial, 31 de diciembre, 2019). El PTO es un instrumento de planeación establecido en los artículos 90 y 91 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU) que tiene como propósito: a) impulsar estrategias integrales intersectoriales de ordenamiento territorial; b) establecer programas, proyectos estratégicos y acciones en una ubicación específica, y en tiempo determinado con un esquema de financiamiento. La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), a través del Instituto de Geografía (IGg), realizó el presente PTO de manera conjunta con el gobierno municipal del H. Ayuntamiento de Tapachula, el Gobierno del Estado de Chiapas y la ciudadanía. PROGRAMA TERRITORIAL OPERATIVO MUNICIPIO DE TAPACHULA 35 i. Localización, cuantificación y superficie ii.Accesibilidad y movilidad iii. Áreas verdes iv. Diagnóstico integral de espacios públicos

Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre... more Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre que se cite la fuente y no se comercialicen sus contenidos Impreso y hecho en México Fecha de impresión: septiembre de 2020. INTRODUCCIÓN E l Programa de Mejoramiento Urbano (PMU) se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2019 2024 (PND), publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 12 de julio de 2019, en específico en su apartado II Política Social, numeral 8, referente al programa de "Desarrollo Urbano y Vivienda". A través del PMU, la Sedatu promueve la atención de las necesidades de las personas que habitan en zonas con rezago urbano y social, mediante intervenciones de mejoramiento urbano integral, considerando cuatro aspectos principales: mejoramiento de barrios, vivienda, certeza jurídica en la propiedad y tenencia de la tierra, así como planeación urbana, metropolitana y ordenamiento territorial. De manera específica el PMU busca: a) Mejorar el acceso e inclusión de las personas a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos, de descanso, de esparcimiento, de desarrollo comunitario y de movilidad y conectividad a través del diseño, la planeación, construcción, operación de equipamientos urbanos, espacios públicos e infraestructura. Contribuir al otorgamiento de certeza jurídica mediante el apoyo técnico, jurídico y administrativo para las personas que tienen posesión, pero no certeza jurídica de la tenencia de la tierra. b) Mejorar las condiciones de habitabilidad en la vivienda a través de la sustitución, ampliación o mejoramiento de la misma, priorizando la utilización de mano de obra y materiales locales. En las Reglas de Operación del PMU para el ejercicio fiscal 2020, se establece que los municipios deberán contar con un Programa Territorial Operativo (PTO) como uno de los criterios de elegibilidad para solicitar los recursos asignados al programa (Diario Oficial, 31 de diciembre, 2019). El PTO es un instrumento de planeación establecido en los artículos 90 y 91 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU) que tiene como propósito: a) impulsar estrategias integrales intersectoriales de ordenamiento territorial; b) establecer programas, proyectos estratégicos y acciones en una ubicación específica, y en tiempo determinado con un esquema de financiamiento.
El Instituto Metropolitano de Planeación de Tijuana (IMPLAN), realizó el presente PTO de manera c... more El Instituto Metropolitano de Planeación de Tijuana (IMPLAN), realizó el presente PTO de manera conjunta con el gobierno municipal del H. XXIII Ayuntamiento de Tijuana, el Gobierno del Estado de Baja California y su ciudadanía. El análisis espacial para definir los Polígonos de Atención Prioritaria (PAP) constó del uso y sobreposición de los indicadores de grado de marginación, índice de pobreza, índice de rezago social, calidad de vivienda y cobertura de servicios. Esto resulto en la identificación de 16 polígonos a lo largo del municipio, los cuales son los siguientes: Altiplano,

Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre... more Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre que se cite la fuente y no se comercialicen sus contenidos Impreso y hecho en México Fecha de impresión: septiembre de 2020. INTRODUCCIÓN E l Programa de Mejoramiento Urbano (PMU) se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 (PND), publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 12 de julio de 2019, en específico en su apartado II Política Social, numeral 8, referente al programa de "Desarrollo Urbano y Vivienda". A través del PMU, la Sedatu promueve la atención de las necesidades de las personas que habitan en zonas con rezago urbano y social, mediante intervenciones de mejoramiento urbano integral, considerando cuatro aspectos principales: mejoramiento de barrios, vivienda, certeza jurídica en la propiedad y tenencia de la tierra, así como planeación urbana, metropolitana, y ordenamiento territorial. De manera específica, el PMU busca: a) Mejorar el acceso y la inclusión de las personas a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos, de descanso, de esparcimiento, de desarrollo comunitario, de movilidad y conectividad; a través del diseño, planeación, construcción, operación de equipamientos urbanos, espacios públicos e infraestructura. Contribuir al otorgamiento de certeza jurídica mediante el apoyo técnico, jurídico y administrativo para las personas que tienen posesión, pero no certeza jurídica de la tenencia de la tierra. b) Mejorar las condiciones de habitabilidad en la vivienda a través de la sustitución, ampliación o mejoramiento de la misma, priorizando la utilización de mano de obra y materiales locales. En las Reglas de Operación del PMU para el ejercicio fiscal 2020, se establece que los municipios deberán contar con un Programa Territorial Operativo (PTO) como uno de los criterios de elegibilidad para solicitar los recursos asignados al programa (ver Diario Oficial, 31 de diciembre, 2019). El PTO es un instrumento de planeación establecido en los artículos 90 y 91 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU) que tiene como propósito: a) impulsar estrategias integrales intersectoriales de ordenamiento territorial; b) establecer programas, proyectos estratégicos y acciones en una ubicación específica, y en tiempo determinado con un esquema de financiamiento. La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), a través del Instituto de Geografía (IGg), realizó el presente PTO de manera conjunta con el gobierno municipal del H. Ayuntamiento de Ecatepec, el Gobierno del Estado de México y la ciudadanía. PROGRAMA TERRITORIAL OPERATIVO MUNICIPIO DE ECATEPEC J. ESPACIOS PÚBLICOS 33 i. Accesibilidad y movilidad ii. Áreas verdes iii. Diagnóstico integral de espacios públicos K. INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS 35 i. Servicios básicos ii. Tecnologías de la información y comunicación iii. Alcantarillado y plantas iv. Derechos de vía y franjas de protección de infraestructura básica L. TENENCIA DE LA TIERRA Y FORMACIÓN DE ASENTAMIENTOS IRREGULARES 38 i. Estado actual de la propiedad ejidal ii. Tierras de uso común, de asentamiento humano y zona parcelada iii. Dominio pleno iv. Uso y tipología del suelo v. Asentamientos irregulares M. DEFINICIÓN COLECTIVA DE VOCACIÓN DE LA CIUDAD
C. DIAGNÓSTICO DE LOS POLÍGONOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA 43 i. Introducción general sobre los tema... more C. DIAGNÓSTICO DE LOS POLÍGONOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA 43 i. Introducción general sobre los temas para el diagnóstico ii. Tenencia de la tierra y formación de asentamientos irregulares D. POLÍGONO DE ATENCIÓN PRIORITARIA 1 49 i. Descripción general ii. Medio ambiente iii. Movilidad y conectividad I. CONCLUSIONES DEL DIAGNÓSTICO DE PAP DEL MUNICIPIO DE TEXCOCO J. PARTICIPACIÓN COMUNITARIA K. PLAN DE ESTRATEGIAS INTEGRALES (PEI) POR PAP i. Diagnóstico de necesidades detectadas a nivel PAP III. PROYECTOS

Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre... more Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre que se cite la fuente y no se comercialicen sus contenidos Impreso y hecho en México Fecha de impresión: septiembre de 2020. INTRODUCCIÓN E l Programa de Mejoramiento Urbano (PMU) se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2019 2024 (PND), publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 12 de julio de 2019, en específico en su apartado II Política Social, numeral 8, referente al programa de "Desarrollo Urbano y Vivienda". A través del PMU, la Sedatu promueve la atención de las necesidades de las personas que habitan en zonas con rezago urbano y social, mediante intervenciones de mejoramiento urbano integral, considerando cuatro aspectos principales: mejoramiento de barrios, vivienda, certeza jurídica en la propiedad y tenencia de la tierra, así como planeación urbana, metropolitana y ordenamiento territorial. De manera específica el PMU busca: a) Mejorar el acceso e inclusión de las personas a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos, de descanso, de esparcimiento, de desarrollo comunitario y de movilidad y conectividad a través del diseño, la planeación, construcción, operación de equipamientos urbanos, espacios públicos e infraestructura. Contribuir al otorgamiento de certeza jurídica mediante el apoyo técnico, jurídico y administrativo para las personas que tienen posesión, pero no certeza jurídica de la tenencia de la tierra. b) Mejorar las condiciones de habitabilidad en la vivienda a través de la sustitución, ampliación o mejoramiento de la misma, priorizando la utilización de mano de obra y materiales locales. En las Reglas de Operación del PMU para el ejercicio fiscal 2020, se establece que los municipios deberán contar con un Programa Territorial Operativo (PTO) como uno de los criterios de elegibilidad para solicitar los recursos asignados al programa (Diario Oficial, 31 de diciembre, 2019). El PTO es un instrumento de planeación establecido en los artículos 90 y 91 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU) que tiene como propósito: a) impulsar estrategias integrales intersectoriales de ordenamiento territorial; b) establecer programas, proyectos estratégicos y acciones en una ubicación específica, y en tiempo determinado con un esquema de financiamiento. La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), a través del Instituto de Geografía (IGg), realizó el presente PTO de manera conjunta con el gobierno municipal del H. Ayuntamiento de Salina Cruz, el Gobierno del Estado de Oaxaca y la ciudadanía. PROGRAMA TERRITORIAL OPERATIVO MUNICIPIO DE SALINA CRUZ 35 i. Identificación de los espacios públicos y áreas verdes, por régimen de propiedad L. INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS 38 i. Servicios básicos M. MAPA DE ACTORES 40 N. DEFINICIÓN COLECTIVA DE VOCACIÓN DE LA CIUDAD
Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre... more Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre que se cite la fuente y no se comercialicen sus contenidos Impreso y hecho en México Fecha de impresión: septiembre de 2020.

Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre... more Esta publicación puede ser utilizada con fines de orientación, educativos e informativos, siempre que se cite la fuente y no se comercialicen sus contenidos Impreso y hecho en México Fecha de impresión: septiembre de 2020. INTRODUCCIÓN E l Programa de Mejoramiento Urbano (PMU) se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2019 2024 (PND), publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 12 de julio de 2019, en específico en su apartado II Política Social, numeral 8, referente al programa de "Desarrollo Urbano y Vivienda". A través del PMU, la Sedatu promueve la atención de las necesidades de las personas que habitan en zonas con rezago urbano y social, mediante intervenciones de mejoramiento urbano integral, considerando cuatro aspectos principales: mejoramiento de barrios, vivienda, certeza jurídica en la propiedad y tenencia de la tierra, así como planeación urbana, metropolitana y ordenamiento territorial. De manera específica el PMU busca: a) Mejorar el acceso e inclusión de las personas a servicios artísticos, culturales, deportivos, turísticos, de descanso, de esparcimiento, de desarrollo comunitario y de movilidad y conectividad a través del diseño, la planeación, construcción, operación de equipamientos urbanos, espacios públicos e infraestructura. Contribuir al otorgamiento de certeza jurídica mediante el apoyo técnico, jurídico y administrativo para las personas que tienen posesión, pero no certeza jurídica de la tenencia de la tierra. b) Mejorar las condiciones de habitabilidad en la vivienda a través de la sustitución, ampliación o mejoramiento de la misma, priorizando la utilización de mano de obra y materiales locales. En las Reglas de Operación del PMU para el ejercicio fiscal 2020, se establece que los municipios deberán contar con un Programa Territorial Operativo (PTO) como uno de los criterios de elegibilidad para solicitar los recursos asignados al programa (Diario Oficial, 31 de diciembre, 2019). El PTO es un instrumento de planeación establecido en los artículos 90 y 91 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU) que tiene como propósito: a) impulsar estrategias integrales intersectoriales de ordenamiento territorial; b) establecer programas, proyectos estratégicos y acciones en una ubicación específica, y en tiempo determinado con un esquema de financiamiento. La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), a través del Instituto de Geografía (IGg), realizó el presente PTO de manera conjunta con el gobierno municipal del H. Ayuntamiento de Chalco, el Gobierno del Estado de México y la ciudadanía. PROGRAMA TERRITORIAL OPERATIVO MUNICIPIO DE CHALCO vii. Servicios urbanos: plantas de tratamiento residual, cementerios, limpia, recolección, entre otros J. ESPACIOS PÚBLICOS 35 i. Diagnóstico integral de espacios públicos K. INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS 36 i. Servicios básicos ii. Usos del suelo adyacentes iii. Funcionalidad L. TENENCIA DE LA TIERRA Y FORMACIÓN DE ASENTAMIENTOS IRREGULARES 39 i. Evolución de la propiedad de la tierra en el municipio ii. Estado actual de la propiedad ejidal iii. Tierras de uso común, de asentamiento humano y zona parcelada iv. Dominio pleno v. Uso y tipología del suelo M. MAPA DE ACTORES
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